Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2014 (26/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Lunes 26 de MORDAZA de 2014

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publica, pistas y veredas; adicionalmente, el terreno podra contar con redes para la distribucion de gas y redes de comunicaciones; concepto del que se desprende su naturaleza eminentemente tecnica del procedimiento de habilitacion MORDAZA y por ende tambien del tramite de regularizacion habilitacion MORDAZA ejecutada. En tal sentido, el Informe Nº 138-2014-GRND-SGCyHU-GDUMDSMP, constituye el sustento principal para continuar con el tramite que corresponda, coadyuvado por el informe legal, para resolver el pedido; Que, habiendo cumplido la empresa recurrente con los requisitos y disposiciones que senala el citado informe tecnico, cuya opinion es favorable, y estando la titularidad del predio por parte de CONSTRUCTORA MORDAZA MORDAZA S.A. que demuestra personeria juridica y representacion, corresponde aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, en atencion a las disposiciones de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones - Ley Nº 29090 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo Nº 012-2013-VIVIENDA; Que, de acuerdo al Procedimiento Nº 4.3.9 del MORDAZA de la MDSMP, aprobado con Ordenanza Nº 351-MDSMP del 18 de Setiembre del 2013, la Unidad Organica encargada de resolver los tramites de aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, como el caso de autos, es la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, que debe emitir el acto administrativo correspondiente en concordancia con la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la MDSMP, aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP y modificatorias, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 016-2011/MDSMP, publicado en el diario oficial El Peruano el 20/07/2011, por el que las subgerencias estan facultadas a emitir resoluciones en primera instancia en los asuntos de su competencia, como el caso de autos, debiendo aprobar el pedido de la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada solicitada, en concordancia con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado que senala que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo", siendo competentes, entre otros, para: Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; del Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­ LOM que senala que: "Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; en estricto desempeno de sus atribuciones como autoridad local establecidas en el numeral 3) del articulo 79º de la LOM, en cuanto organizacion del espacio fisico y uso del suelo; Que, del mismo modo, debe tenerse presente que, con el Informe Nº 283-2012-GAJ/MDSMP del 11 de Agosto de 2012, la Gerencia de Asesoria Juridica de esta Corporacion MORDAZA opina que, en los procedimientos de habilitaciones urbanas para efectos del calculo de los aportes reglamentarios, debera tenerse en cuenta lo dispuesto por el RNE, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, publicado el 08/06/2006, por ser MORDAZA juridica de nivel jerarquico superior a la Ordenanza Nº 836-MML. Del mismo modo, el literal a) del numeral 16.9) del articulo 16º del D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA modificado por el articulo 3º del D.S. Nº 012-2013VIVIENDA, establece que los aportes reglamentarios a que se encuentren obligados de efectuar los titulares de predios rusticos que requieran iniciar procesos de habilitacion MORDAZA se regulan por lo previsto en la MORDAZA Tecnica G.H. 020 del RNE; Que, con Informe Nº 115-2014-CAST-SGCHU-GDUMDSMP de fecha 29 de MORDAZA del 2014, emitido por el Asesor Legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, recomienda emitir el acto administrativo correspondiente, aprobando el pedido de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, conforme a los articulos 38º y 39º del Reglamento, y otros conforme al Proyecto que adjunta el Informe Nº 138-2014-GRND-SGCyHUGDU-MDSMP, Notificandose conforme a Ley; Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa, conforme a la normativa glosada y a las situaciones senaladas, conforme al MORDAZA y al ROF de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en estricta sujecion a la Constitucion Politica del Estado, a la Ley

se remite a CONSTRUCTORA MORDAZA MORDAZA S.A., a traves de su apoderada Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Valorizacion Nº 007-2014-SGCHUGDU-MDSMP por el deficit de aporte correspondiente a Otros Fines, producto del calculo correspondiendole al area de 1,166.48 m2, ascendiendo al monto total de S/. 46,659.20 nuevos soles, cancelados en la Tesoreria de esta corporacion segun Recibo de Pago Nº 3914017484 de fecha 29 de MORDAZA de 2014; Que, el profesional tecnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, a traves del Informe Nº 138-2014-GRND-SGCyHU-GDU-MDSMP del 29 de MORDAZA de 2014, senala que: "...habiendose efectuado la inspeccion ocular al terreno materia de autos, se advierte que el proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para uso Residencial Densidad Media "R4" viene respetando los Planes Urbanos, asi como cuenta con las obras concluidas de agua potable, alcantarillado, electrificacion, quedando pendiente las obras de pavimentacion de pistas y veredas. Respecto al cumplimiento de los Planes Urbanos, en lo que respecta a Zonificacion, el predio se encuentra afecto a la zonificacion Residencial de Densidad Media "R-4"; en lo que respecta a Vias, de conformidad a la Ordenanza Nº 341-MML de fecha 06 de Diciembre de 2001, el predio se encuentra afecto por la Av. Pacasmayo, presentando una seccion fisica variable minima de 28.00 ml, sin embargo, cumple con las variaciones menores (del orden ± 10% y no mayor de 5 metros) en relacion al ancho total previsto para la seccion normativa, establecida en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 341-MML; y en lo que respecta a Aportes Reglamentarios, dichos calculos resultantes se encuentran establecidos de acuerdo a los porcentajes del Reglamento Nacional de Edificaciones. Asimismo, se aprecia que se ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y su modificatoria, el Reglamento Nacional de Edificaciones y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por esta Corporacion Municipal vigente durante el inicio del tramite; recomendando la derivacion de los actuados al area legal de la Subgerencia a efectos del Visto MORDAZA respecto del Proyecto de Resolucion que aprobaria la Regularizacion de la Habilitacion MORDAZA Ejecutada de autos. Se procedio al calculo de los aportes reglamentarios estableciendo para Recreacion Publica el area de 3,110.62 m2, para el Ministerio de Educacion el area de 777.66 m2 y para Otros Fines el area de 1,166.48 m2. La presente habilitacion MORDAZA ejecutada ha dejado en el terreno el area de 3,900.81 m2 destinado al aporte de Recreacion Publica y el area de 777.98 m2 destinado al aporte de Ministerio de Educacion, quedando como deficit el area de 1,166.48 m2 por aporte de Otros Fines; Que, el articulo 23º de la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones ­ Ley Nº 29090 y modificatorias establece los requisitos y el procedimiento a seguir respecto de la aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, procedimiento al que se acoge la empresa CONSTRUCTORA MORDAZA MORDAZA S.A. y otros; del mismo modo, en los articulos 38º y 39º del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013VIVIENDA, regula la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, estableciendo los requisitos y el procedimiento para su aprobacion, senalando que de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion y de ser el caso la recepcion de obras; de existir observaciones al expediente, estas seran comunicadas expresamente y por escrito al recurrente, quien podra subsanarlas en el plazo MORDAZA de siete (07) dias habiles, de ser conforme la solicitud, la Municipalidad, emitira la Resolucion de aprobacion dentro de los dos (02) dias habiles siguiente, la misma que constituye titulo suficiente para su inscripcion en el Registro de Predios, como ocurre en el caso de autos, tal como senala el referido informe tecnico; Que, el tramite de Habilitacion MORDAZA, en general, en sus diversas variantes (Nueva, Regularizacion y de Oficio) y modalidades, que establece la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, es el MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA o eriazo en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, de distribucion de agua y recoleccion de desague, de distribucion de energia e iluminacion