Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2014 (18/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Martes 18 de marzo de 2014

519063
Superintendencia Nacional Administracion Tributaria de Aduanas y de

y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales pertinentes. De conformidad con el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 022-97-EM, si vencido el plazo mencionado en el articulo 1 de la presente Resolucion, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraidas en su solicitud, respecto a la ejecucion de los estudios y al cumplimiento del Cronograma de Ejecucion de Estudios, la Direccion General de Electricidad ejecutara la garantia otorgada. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1061721-1

Registrese, comuniquese y publiquese. EDA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores Resumen Sustantivo de la Resolucion del Consejo de Seguridad Nº 2140 (2014) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7119º Sesion el 26 de Febrero de 2014 "El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones 2014 (2011) y 2051 (2012) y la declaracion de su Presidencia de 15 de febrero de 2013, Reiterando su firme compromiso con la unidad, la soberania, la independencia y la integridad territorial del Yemen, ... Reafirmando su resolucion 2133 (2014) y exhortando a todos los Estados Miembros a que impidan que los terroristas se beneficien directa o indirectamente del pago de rescates o de concesiones politicas y a que aseguren la liberacion de los rehenes en condiciones de seguridad, ... Habiendo determinado que la situacion en el Yemen constituye una amenaza para la paz y la seguridad en la region, Actuando en virtud del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Reafirma la necesidad de que se lleve a cabo de manera plena y oportuna la transicion politica tras la celebracion de la Conferencia de Dialogo Nacional amplio, en consonancia con la Iniciativa del CCG y su Mecanismo de Ejecucion y de conformidad con las resoluciones 2014 (2011) y 2051 (2012), teniendo en cuenta las expectativas del pueblo yemeni; ... Medidas adicionales 11. Decide que, por un periodo inicial de un ano a partir de la fecha de aprobacion de la presente resolucion, todos los Estados Miembros deberan congelar sin demora todos los fondos y otros activos financieros y recursos economicos que se encuentren en sus territorios y que MORDAZA de propiedad o esten bajo el control directo o indirecto de las personas o entidades designadas por el Comite establecido en virtud del parrafo 19 infra, o de personas o entidades que actuen en su nombre o bajo su direccion, o de entidades que MORDAZA de propiedad o esten bajo su control, y decide tambien que todos los Estados Miembros deberan cerciorarse de que sus nacionales u otras personas o entidades que se encuentran en sus territorios no pongan fondos, activos financieros ni recursos economicos a disposicion de las personas o entidades designadas por el Comite ni los utilicen en beneficio de estas; 12. Decide que las medidas establecidas en el parrafo 11 de la presente resolucion no se aplicaran a los fondos, otros activos financieros o recursos economicos cuando los Estados Miembros que corresponda hayan determinado que: a) Son necesarios para sufragar gastos basicos, entre ellos, el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamiento medico, impuestos, primas de seguros y tarifas de servicios publicos o exclusivamente para el pago de honorarios profesionales de monto razonable y el reembolso de gastos efectuados en relacion con la prestacion de servicios juridicos u honorarios o tasas, de conformidad con la legislacion nacional, por servicios de administracion o mantenimiento ordinario de fondos congelados, otros activos financieros y recursos economicos, previa notificacion de esos Estados

RELACIONES EXTERIORES
Disponen la publicacion de resumen de parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 2140 (2014), sobre situacion en Yemen
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0171/RE-2014 MORDAZA, 13 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 016-2007-RE, del 24 de marzo de 2007, establece disposiciones relativas a la publicidad de las resoluciones del Consejo de Seguridad que se adopten en el MORDAZA del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; Que, el 26 de febrero de 2014, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobo la Resolucion 2140 (2014), sobre la situacion en Yemen, siendo esta de obligatorio cumplimiento para los Estados Miembros de las Naciones Unidas conforme a lo senalado en la Carta de la Organizacion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Publicar, para conocimiento y debida observancia de sus disposiciones, un resumen de los parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 2140 (2014), sobre la situacion en Yemen. El texto completo de dicha resolucion se encuentra publicado en el MORDAZA de Internet de la Organizacion de las Naciones Unidas (www.un.org). Articulo 2°.- Sin caracter restrictivo, entiendase que las instituciones involucradas en el cumplimiento de la Resolucion 2140 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas son las siguientes: Ministerio del Interior Ministerio de Defensa Superintendencia de Banca, Seguros y AFP