Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2014 (26/07/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 108

528738
Articulo 3°.- DE LAS ACCIONES MUNICIPALES Entendiendo que las practicas de discriminacion constituyen un problema social que implica ser enfocado y abordado de manera integral tanto por los diversos estamentos estatales, como por la sociedad civil; promoviendo asi, la implementacion de politicas publicas locales o la accion conjunta para enfrentar este problema; la Municipalidad de MORDAZA, a efectos de cumplir el objeto de la presente ordenanza, se compromete a: a) Promover una igualdad real de derechos entre las personas en el distrito de MORDAZA, realizando acciones de atencion efectiva de denuncias las 24 horas del dia, de aquellas personas que se sientan discriminadas. b) Exigir el cumplimiento de la Ley de Atencion Preferente para lograr que las personas con discapacidad, los adultos mayores y las madres gestantes o con ninos en brazos, no deban esperar mas de lo estrictamente necesario para ser atendidas. c) Sancionar al veri carse la realizacion de alguna practica discriminatoria en la jurisdiccion del distrito. Articulo 4°.- REVOCACION DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y CLAUSURA DEFINITIVA DE ESTABLECIMIENTO Agreguese la reincidencia en la discriminacion a las personas como causal de Revocatoria de la Licencia de Funcionamiento, ordenandose la Clausura De nitiva del local al titular del establecimiento comercial, si se comprueba la realizacion de actos discriminatorios a los que se re MORDAZA la presente norma. Articulo 5°.- PUBLICACION DE CARTEL A efectos de promover y difundir el objeto de la presente MORDAZA, todos los establecimientos comerciales abiertos al publico estan obligados a exhibir en un lugar visible a su publico un anuncio gra co con el siguiente texto: "En este local y en todo MORDAZA esta prohibida toda forma de Discriminacion" Este cartel tendra un fondo MORDAZA, con una dimension de 30 x 50 centimetros, con borde en color negro de 1 cm y letras en color negro, asimismo se debera indica un numero de Telefono, direccion o email en casos de Quejas o Denuncias. Articulo 6°.- PROHIBICION DE TODO MORDAZA DE PUBLICIDAD DISCRIMINATORIA Queda terminantemente prohibido exhibir carteles, banners, gigantografias, paneles u otros elementos gra cos, spots visuales o auditivos, televisivos, radiales o web, que incluya publicidad que consigne frases discriminatorias, tales como "nos reservamos el derecho de admision", "buena presencia", u otras similares. En caso que resultase ser estrictamente necesario, por la naturaleza misma de la actividad comercial, presentar CODIGO

El Peruano Sabado 26 de MORDAZA de 2014

alguna restriccion, esta debe ser razonable y objetiva; constando ademas de manera expresa. Esta disposicion es de aplicacion general en todos los establecimientos comerciales abiertos al publico en el distrito de Piura. Articulo 7°.- CHARLAS INFORMATIVAS Todo personal de la Municipalidad Provincial de MORDAZA recibira charlas informativas sobre la problematica de la discriminacion. Tambien se generaran espacios de informacion, sensibilizacion y capacitacion para todos los ciudadanos. Articulo 8°.- DENUNCIAS Toda persona que se sienta afectada por alguna practica discriminatoria, o que sea testigo y compruebe la realizacion de acciones de discriminacion; podra presentar su denuncia a traves de la Unidad de Atencion al Ciudadano; o telefonicamente a la Central de Emergencias de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal de la Municipalidad de MORDAZA quien realizara las constataciones y actuaciones que correspondan a n de detener o eliminar inmediatamente tal situacion. La constatacion anterior implicara tambien la aplicacion de las medidas administrativas previstas o las denuncias penales que correspondan segun prescribe el articulo 323 del Codigo Penal. Articulo 9° REINCIDENCIA Se considera reincidencia, cuando el infractor de la presente ordenanza, cometa un MORDAZA acto de discriminacion, dentro de un plazo menor a sesenta dias de producida la primera infraccion; o acumule al menos tres sanciones por causa de discriminacion. Articulo 10°.- RESPONSABILIDAD Cuando en la diligencia de constatacion de la situacion discriminatoria no se llegue a identi car al infractor o responsable de un establecimiento, se presumira la responsabilidad administrativa de quien gure como propietario del inmueble. De veri carse discriminacion relacionada con anuncios publicitarios o propaganda radial, web o televisiva; es responsable la persona natural o la persona juridica que resulte propietaria de los elementos de publicidad y es responsable solidario quien ha contratado tal servicio publicitario. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTASE a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar las normas tecnicas o reglamentarias que resulten necesarias para lograr la efectiva implementacion de la presente Ordenanza. Segunda.- INCORPORESE al cuadro unico de infracciones y sanciones aprobado mediante Ordenanza N° 125, las siguientes infracciones:

DESCRIPCION MULTA MEDIDA COMPLEMENTARIA Por incurrir el titular o personal 1° vez: 25% de una 1° vez: Clausura Temporal por 10 dias 2° vez: Clausura Temporal por 30 dias del establecimiento comercial, UIT. 3° vez: Clausura De nitiva y Revocatoria industrial o de servicios en practicas discriminatorias. 2° vez: 50% de una de Licencia de Funcionamiento UIT. 3° vez: 1 UIT Por no colocar el cartel a que se re MORDAZA 10% de una UIT el articulo 5° de la Ordenanza. Por publicar anuncios u otros elementos 1 UIT de publicidad; o ubicar anuncios en establecimientos abiertos al publico que consignen frases discriminatorias.

Retiro y/o decomiso del anuncio o medio publicitario empleado

Tercera.- La Presente Ordenanza entrara en vigencia dentro de treinta (30) dias naturales de publicada en el diario O cial el Peruano. Cuarta.- Dese cuenta a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad y Control Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Asesoria Juridica, Gerencia de Administracion, para su cocimiento y nes consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Alcaldesa 1115850-1