Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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objeto de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1115678-3

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

de apelacion en contra de la Resolucion Nº 01, de fecha 6 de MORDAZA de 2014, emitida por el JEEC, en la que senala fundamentalmente que: a) Todos los candidatos fueron elegidos, mediante un MORDAZA electoral, por los militantes del partido conforme a la exigencia estatutaria legal y en el plazo oportuno. b) En la lista de inscripcion no ha existido designacion de candidatos por invitacion, ya que se ha respetado la voluntad de los militantes expresada en elecciones internas. c) El ROP dejo de recibir, de todos los partidos politicos, solicitudes de incremento del padron partidario a partir del 7 de junio de 2014, con el argumento de que se habia producido el cierre del padron electoral, siendo el caso que para la organizacion politica Alianza para el Progreso se les nego la recepcion de mas de 35 mil afiliaciones y la MORDAZA de 89 libros de comites provinciales, con mas de 5 mil adherentes. CUESTION EN DISCUSION La cuestion que debe resolver este Supremo Tribunal Electoral consiste en determinar si la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincia de Canete, presentada por el partido politico Alianza para el Progreso, cumple con las normas de democracia interna en el MORDAZA de eleccion de estos. CONSIDERANDOS Sobre la calificacion de las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos 1. A tenor de lo dispuesto en el articulo 36, inciso f de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, corresponde a los Jurados Electorales Especiales conocer en primera instancia procesos electorales, tales como la inscripcion de candidatos presentados por las organizaciones politicas, debiendo resaltarse que en la verificacion del cumplimiento de los requisitos que deben satisfacer las solicitudes de inscripcion, se aplican la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, modificada por las Leyes Nº 28624, Nº 28711 y Nº 29490 (en adelante LPP), la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), asi como el Reglamento de Inscripcion de Candidatos para Elecciones Municipales (en adelante, el Reglamento). Sobre las normas que regulan el ejercicio de la democracia interna 2. De conformidad con lo establecido en el articulo 19 de la LPP, la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna de la referida ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. Asi tambien, el articulo 20 de la citada MORDAZA establece que la eleccion de los candidatos a cargos publicos de eleccion popular es realizada por un organo electoral central conformado por un minimo de tres miembros. 3. Conforme a ello, el articulo 24 de la LPP regula las siguientes modalidades de eleccion de candidatos, en el MORDAZA de un MORDAZA de elecciones internas que resulta exigible a los partidos politicos (organizaciones politicas de alcance nacional) y a los movimientos de alcance regional y departamental: "a) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a traves de los delegados elegidos por los organos partidarios, conforme lo disponga el estatuto". Sobre la acreditacion del cumplimiento de las normas que regulan el ejercicio de la democracia interna 4. Con arreglo a lo establecido en el articulo 22 de la LPP, en concordancia con el articulo 25, numeral 25.2, del Reglamento, en el caso de los partidos politicos, movimientos regionales, o alianzas electorales, es necesario que, al momento de solicitar la inscripcion de sus formulas y listas de candidatos, presenten el acta original,

Revocan resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Canete, que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Provincial de Canete, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 657-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00791 CANETE - MORDAZA JEE CANETE (EXPEDIENTE Nº 00025-2014-070) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 MORDAZA, diecisiete de MORDAZA de dos mil catorce. VISTA en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Alianza para el Progreso, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Canete, en contra de la Resolucion Nº 01, de fecha 6 de MORDAZA 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Canete, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Canete, departamento de MORDAZA, para participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2014. ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos Con fecha 3 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico Alianza para el Progreso, presento la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos de la referida agrupacion politica para el Concejo Provincial de Canete, departamento de MORDAZA, a fin de participar en las elecciones municipales de 2014. Respecto de la decision del MORDAZA Electoral Especial de Canete Mediante Resolucion Nº 01, de fecha 6 de MORDAZA de 2014 (fojas 6 y 7), el MORDAZA Electoral Especial de Canete (en adelante JEEC), declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Canete presentado por el partido politico Alianza para el Progreso, argumentando que de la busqueda de consulta de afiliados en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones (en adelante ROP), se verifico que los candidatos Isela MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Camayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Newva MORDAZA Vilcapuma no se encontraban afiliados a la referida organizacion politica, por lo que concluyeron que afectaron las normas de democracia interna al excederse en el numero de candidatos no afiliados. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 8 de MORDAZA de 2014, dentro del plazo establecido por ley, el personero legal interpone recurso