Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

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setiembre de 2012, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo del procedimiento sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, mediante los Informes N° 1257-2012-MTC/29.02 y N° 1900-2013MTC/29.02, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones da cuenta de los resultados de las inspecciones tecnicas realizadas el 15 de marzo de 2012 y 25 de MORDAZA de 2013, respectivamente, a la estacion autorizada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, verificandose que opera el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) conforme a las condiciones esenciales, las caracteristicas tecnicas autorizadas y de acuerdo con las Normas Tecnicas de Radiodifusion; y que, asimismo, cumple con el objetivo de su proyecto de comunicacion; Que, con Resolucion Viceministerial N° 120-2004MTC/03, y sus modificatorias, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de San MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Juanjui - Bellavista, incluyendose en esta al distrito y provincia de Bellavista, departamento de San Martin; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 2433-2013MTC/28, MORDAZA con Informe N° 2662-2013-MTC/28, opina que es viable declarar aprobada al 15 de setiembre de 2012 la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Viceministerial N° 111-2002-MTC/15.03, en aplicacion del silencio administrativo positivo, emitiendose la resolucion correspondiente; al haber cumplido con la MORDAZA de los requisitos y con las condiciones previstas para tal efecto, y que no se encuentra incurso en los impedimentos o causales para denegar la renovacion de autorizacion, previstas en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el MORDAZA del Ministerio, la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley N° 29060, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 15 de setiembre de 2012, la renovacion de autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 111-2002MTC/15.03 a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 26 de MORDAZA de 2022, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad Juanjui ­ Bellavista, departamento de San Martin. Articulo 2°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el Articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3°.- El titular de la autorizacion renovada debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del Articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1050015-1

Declaran aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, renovacion de autorizacion que fuera renovada mediante R.VM. N° 410-2010MTC/03, de titularidad de CRP Medios y Entretenimiento S.A.C.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 058-2014-MTC/03 MORDAZA, 30 de Enero del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-020319, mediante el cual la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C 1 solicita la renovacion de la autorizacion que le fue otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chimbote, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 319-97MTC/15.19 del 16 de MORDAZA de 1997, se otorgo autorizacion a la empresa RADIO MAR S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA y departamento de Ancash; con vigencia hasta el 23 de octubre de 2002; Que, por Resolucion Viceministerial N° 805-2007MTC/03 del 19 de octubre de 2007, se resolvio entre otros, declarar aprobada a partir del 13 de diciembre de 2006, la transferencia de ciento ocho (108) autorizaciones, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a la empresa RADIOMAR S.A.C., a favor de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., reconociendola como su nueva titular y asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de las respectivas autorizaciones, asi como de otros procedimientos en tramite vinculados a tales autorizaciones, comprendiendo la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial N° 319-97-MTC/15.19; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 410-2010MTC/03 del 28 de MORDAZA de 2010, se declaro aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada con Resolucion Ministerial N° 319-97-MTC/15.19 de titularidad de la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chimbote, departamento de Ancash; con vigencia hasta el 23 de octubre de 2012; Que, mediante el escrito de Visto, la empresa CORPORACION RADIAL DEL PERU S.A.C. (actualmente CRP MEDIOS Y ENTRETENIMIENTO S.A.C.) solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 319-97-MTC/15.19; Que, el Articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los Articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los Articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el Articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del Articulo 71° de su

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La empresa Corporacion Radial del Peru S.A.C. ha cambiado su denominacion social a CRP MEDIOS Y ENTRETENIMIENTO S.A.C., de acuerdo a lo indicado en las copias literales de los Asientos B00011 y D00010, inscrita en la Partida N° 11031389 de la Oficina Registral de Lima.