Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2014 (11/02/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
El Peruano Martes 11 de febrero de 2014
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Articulo Segundo.- Disponer que por Secretaria General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorizacion de Funcionamiento, el que debera ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la MORDAZA en uno de extensa circulacion nacional, debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1048724-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan el funcionamiento de "Aseguradora Magallanes Peru S.A. Compania de Seguros", como una empresa de seguros generales
RESOLUCION SBS Nº 394-2014 MORDAZA, 22 de enero de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Aseguradora Magallanes S.A. para que se autorice el funcionamiento de una empresa de seguros que operaria en el ramo de riesgos generales, denominada "ASEGURADORA MAGALLANES PERU S.A. COMPANIA DE SEGUROS"; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorizacion de organizacion otorgada por esta Superintendencia mediante Resolucion SBS Nº 2252-2013 del 05 de MORDAZA de 2013, se ha constituido la empresa "ASEGURADORA MAGALLANES PERU S.A. COMPANIA DE SEGUROS", mediante Escritura Publica extendida ante el Notario MORDAZA Noya De la MORDAZA, de fecha 14 de MORDAZA de 2013, y se ha registrado la constitucion de la sociedad anonima en la Partida Nº 13025514 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion SBS Nº 10440-2008 del 16 de octubre de 2008, Reglamento para la constitucion, reorganizacion y establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, y en el articulo 26º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, se ha verificado que "ASEGURADORA MAGALLANES PERU S.A. COMPANIA DE SEGUROS" ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 13º de la referida Resolucion, encontrandose tecnica y administrativamente capacitada para el inicio de sus operaciones; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision de Seguros "B", el Departamento de Supervision de Reaseguros, el Departamento de Supervision Actuarial y de Reservas Tecnicas, el Departamento Legal, el Departamento de Supervision de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervision de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones, el Departamento de Supervision de Inversiones, el Departamento de Supervision de Riesgos de MORDAZA de Activos y Financiamiento del Terrorismo; y con la conformidad de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, Riesgos y Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 27º de la Ley General y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 349º de la citada Ley; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a partir de la fecha, el funcionamiento de "ASEGURADORA MAGALLANES PERU S.A COMPANIA DE SEGUROS", como una empresa de seguros generales, la misma que podra realizar las operaciones facultadas por su objeto social al que se refiere el articulo 318º de la Ley General.
GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Reglamento para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados y dan inicio al MORDAZA correspondiente al Ano Fiscal 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 285-2014/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053; y, demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 60º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, establece entre las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia; y, promover la participacion ciudadana en la planificacion, administracion y vigilancia de los programas de desarrollo e inversion social en sus diversas modalidades, brindando la asesoria y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y sus modificatorias Ley Nº 29298, modificada con Ley Nº 29298, establece las fases del MORDAZA participativo, senalando que la adecuacion de fases y actividades que se requieran para el mejor cumplimiento del MORDAZA, considerando la realidad territorial, seran reguladas por Ordenanza, siendo los Titulares de Pliego los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0072010-EF/76.01, del 12 de MORDAZA de 2010, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 denominado "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", que establece mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; y en su numeral 2.2, establece como Roles del Consejo Regional en el Presupuesto Participativo: aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso; fiscalizar el desarrollo oportuno de cada DEL GOBIERNO