Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2014 (22/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

514772
N° NOMBRE DE LA ACTIVIDAD / PROYECTO UNIDAD EJECUTORA MONTO DE LA DESEMBOLSO TRANSFERENCIA HASTA S/. HASTA S/.

El Peruano Miercoles 22 de enero de 2014

4 Transferencia de 301277 recursos financieros a la MUNICIPALIDAD Municipalidad Distrital del DISTRITAL DE MORDAZA para la ejecucion de MORDAZA acciones preventivas 5 Transferencia de 301281 recursos financieros a la MUNICIPALIDAD Municipalidad Distrital de DISTRITAL DE San MORDAZA de Lurigancho SAN MORDAZA DE para la ejecucion de LURIGANCHO acciones preventivas 6 Transferencia recursos financieros a Municipalidad Provincial MORDAZA para la ejecucion acciones preventivas de 301593 la MUNICIPALIDAD de PROVINCIAL DE de MORDAZA

100,000.00

100,000.00

100,000.00

100,000.00

100,000.00

100,000.00

7 Transferencia de 300449 recursos financieros a la MUNICIPALIDAD Municipalidad Distrital de DISTRITAL DE SAN San MORDAZA MORDAZA para MORDAZA MORDAZA la ejecucion de acciones preventivas - MORDAZA 8 Transferencia de recursos financieros al Instituto Nacional Penitenciario-Sede Central para la ejecucion de acciones preventivas Administracion MORDAZA 001-17: INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIOSEDE CENTRALADMINISTRACION MORDAZA

100,000.00

100,000.00

650,000.00

650,000.00

9 Transferencia de recursos 001-12: GERENCIA financieros al Poder Judicial GENERAL DEL para la ejecucion de PODER JUDICIAL acciones preventivas 10 Transferencia de 301127 recursos financieros a la MUNICIPALIDAD Municipalidad Provincial de PROVINCIAL DE MORDAZA para la ejecucion de MORDAZA acciones preventivas 11 Transferencia de 300682 recursos financieros a la MUNICIPALIDAD Municipalidad Distrital de DISTRITAL DE Ventanilla para la ejecucion VENTANILLA de acciones preventivas TOTAL

350,000.00

350,000.00

100,000.00

100,000.00

100,000.00

100,000.00

1,900,000.00

1,900,000.00

1040742-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen la publicacion del proyecto de Procedimiento de Comiso de Bienes en el MORDAZA institucional de OSINERGMIN
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 014 -2014-OS/CD MORDAZA, 14 de enero de 2014 VISTO: El Memorando GFHL/DPD-3088-2013 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del articulo 3° de la Ley N° 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en

los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a traves de resoluciones; Que, asimismo, de acuerdo al articulo 1° de la Ley N° 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin - el Consejo Directivo esta facultado a disponer, entre otras sanciones, el comiso de bienes; Que, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo N° 253-2006-OS/CD se aprobo el Reglamento del Procedimiento de Comiso de Bienes, mediante el cual se establecio las disposiciones relacionadas al comiso de bienes a traves de los cuales se desarrollan actividades de hidrocarburos que representen peligro para la salud publica o constituyan una infraccion de acuerdo a la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones aprobada; Que, dentro de dicho procedimiento se establecio disposiciones para la destruccion de los bienes comisados relacionadas al incumplimiento de normas ambientales; no obstante, a traves de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se dispuso la creacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, encargado de las funciones de fiscalizacion, supervision, control y sancion en materia ambiental a nivel nacional, funciones que hasta entonces eran competencia de Osinergmin; Que, en atencion a las competencias asignadas y transferidas a la OEFA, corresponde a dicha entidad velar por el cumplimiento de las disposiciones en materia ambiental contenidas en la normativa emitida por el Ministerio de Energia y Minas. Por consiguiente, el Reglamento del Procedimiento de Comiso de Bienes, que es aplicable a las actividades de supervision y fiscalizacion del Osinergmin en materia de hidrocarburos, debe ser modificado, a fin que no contemple disposiciones relacionadas con materia ambiental; Que, de otro lado, atendiendo a que el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de Osinergmin, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 2722012-OS/CD, faculta a ejecutar el comiso de bienes como sancion o medida administrativa, tanto cautelar, correctiva o de seguridad; corresponde acoger y regular el comiso en las modalidades de medida cautelar y medida correctiva, al no encontrarse contempladas en el Reglamento del Procedimiento de Comiso de Bienes; Que, asimismo, la experiencia obtenida desde la entrada en vigencia del mencionado Reglamento ha impulsado a introducir mejoras normativas en materia de comiso de bienes utilizados en las actividades de hidrocarburos que se realizan sin cumplir la normativa vigente; Que, en ese orden de ideas, a efectos de implementar un mecanismo mas eficiente para el comiso de bienes, acorde con los Principios de Eficiencia y Efectividad que rigen la actuacion de Osinergmin, y en favor de una adecuada supervision y fiscalizacion de las disposiciones vigentes, resulta necesario establecer un MORDAZA Procedimiento de Comiso de Bienes y dejar sin efecto el aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo N° 2532006-OS/CD; Que, de conformidad con la politica de transparencia Institucional contemplada en los articulos 8º y 25º del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, para la aprobacion del proyecto normativo mencionado se requiere su publicacion en el diario oficial El Peruano, con el fin de recibir comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, en ese sentido, corresponde ordenar la