Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2014 (10/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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servicios y demas funciones que desarrollan los Institutos Especializados, Hospitales y Direcciones de Red de Salud de MORDAZA Metropolitana; asi como del Programa "Sistema de Atencion Movil de Urgencias"; Que, en ese contexto, a fin de garantizar la continuidad de la prestacion de los servicios y demas funciones que desarrollan los Institutos Especializados, Hospitales y Direcciones de Redes de Salud de MORDAZA Metropolitana, asi como del Programa "Sistema de Atencion Movil de Urgencias" y afectos de implementar el MORDAZA de nombramiento dispuesto en la Ley N° 29682, Ley que autoriza el nombramiento de los medicos cirujanos contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos publicos y Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 019-2011SA; resulta necesario modificar algunas disposiciones de la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.02 "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del articulo 25° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar los literales a) y b) del numeral 5.3.6 y el literal c) del numeral 5.3.7 de la Directiva N° 007-MINSA/OGPP-V.01, "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 6032006/MINSA y sus modificatorias, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "5.3.6 Informe previo a la aprobacion del CAP a) Las Direcciones de Red de Salud, Hospitales de MORDAZA Metropolitana e Institutos Especializados, deberan presentar sus proyectos de CAP a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud para su evaluacion y opinion. b) El Proyecto de CAP, debe ser remitido para informe previo tal como se establece a continuacion: · A la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el caso del Ministerio de Salud y sus Organismos Publicos. · A la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, en el caso de las Direcciones de Salud y los organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios Salud, en tanto se apruebe e implemente los documentos de gestion del citado Instituto. (...) 5.3.7 Aprobacion del CAP (...) c) Direcciones de Salud, organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios Salud. Los proyectos de CAP se aprueban mediante Resolucion Ministerial con el informe previo de la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud." Articulo 2°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 1035620-1

El Peruano Viernes 10 de enero de 2014

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Incargo Air S.A.C., permiso de operacion de aviacion comercial: transporte aereo especial
RESOLUCION DIRECTORAL N° 605-2013-MTC/12 MORDAZA, 28 de noviembre del 2013 Vista la solicitud de la compania INCARGO AIR S.A.C., sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Documento de Registro N° 2013059025 del 30 de setiembre del 2013, Documento de Registro N° 2013-059025-A del 10 de octubre del 2013 y Documento de Registro N° 157653 del 28 de octubre del 2013 la compania INCARGO AIR S.A.C. solicita Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial; Que, segun los terminos del Memorando Nº 16022013-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 406-2013-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Tecnico de Certificaciones, Memorando Nº 225-2013-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Tecnico de Licencias e Informe Nº 338-2013-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones que forman parte de la presente resolucion segun lo dispuesto por el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del articulo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la compania INCARGO AIR S.A.C., Permiso de Operacion de Aviacion Comercial: Transporte Aereo Especial de acuerdo a las caracteristicas senaladas en la presente Resolucion, por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". El presente Permiso de Operacion tiene caracter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aereas la compania INCARGO AIR S.A.C. debera contar con el Certificado de Explotador correspondiente, asi como sus Especificaciones Tecnicas de Operacion, con