Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2013 (27/09/2013)
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TEXTO DE LA PÁGINA 3
El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013
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Que, el ultimo parrafo del articulo 26° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que para la coordinacion de temas multisectoriales, los Viceministros, convocados y bajo la direccion del Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros, forman la Comision de Coordinacion Viceministerial; Que, asimismo, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, senala en el numeral 11.5. de su articulo 11°, que el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, presidir la Comision de Coordinacion Viceministerial; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 2292002-PCM, se aprobaron los "Lineamientos para el funcionamiento de la Comision de Coordinacion Viceministerial"; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 0632007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA La presente MORDAZA tiene por objeto aprobar las reglas generales que regulen el funcionamiento de la Comision de Coordinacion Viceministerial. Articulo 2°.- Finalidad de la Comision de Coordinacion Viceministerial La Comision de Coordinacion Viceministerial tiene
PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban Reglas Generales de la Comision de Coordinacion Viceministerial y dejan sin efecto la R.M. N° 229-2002-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 251-2013-PCM MORDAZA, 26 de setiembre de 2013 Vistos: el Memorandum N° 408-2013-PCM/SC (19SET2013); y, el Informe N°003-2013-PCM/SC-JCR (19SET2013); y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 17° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, asi como de las relaciones con los demas Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;
REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION