Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2013 (29/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Viernes 29 de noviembre de 2013

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disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, referente a la transmision radial y televisiva de ofertas laborales del sector publico y privado, dispone que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, con 10 dias habiles de anticipacion al inicio del concurso; Que, asimismo, el articulo 2° del Decreto Supremo N° 012-2013-TR establece que la asignacion del responsable de remitir las ofertas de empleo, debe realizarse mediante resolucion del titular de la entidad y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Unica Disposicion Complementaria y Final del Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, del 26 de MORDAZA el 2011, que establece modificaciones al Reglamento del Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), senala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), aprobara el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios, los mismos que seran publicados en el MORDAZA institucional de SERVIR y en el MORDAZA del Estado Peruano; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE, de fecha 13 de setiembre de 2011, se aprobo el Modelo de Convocatoria para la Contratacion Administrativa de Servicios, que incluye la obligacion de las entidades publicas de publicar las convocatorias para la contratacion de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el articulo 1° de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 170-2011-SERVIR/PE, de fecha 28 de diciembre de 2011, dispuso que el inicio de la vigencia de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011SERVIR/PE, sera a partir del 28 de febrero de 2012; Que, en ese sentido, atendiendo a lo dispuesto por la normatividad senalada en los considerandos precedentes, resulta necesario designar al funcionario que se encargara de remitir las ofertas de empleo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para la difusion correspondiente; De conformidad a lo previsto en la Ley N° 27736 ­ Ley para la Transmision Radial y Televisiva de Ofertas Laborales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0122004-TR; Decreto Supremo N° 081-2011-PCM por el cual se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" y sus modificatorias; Resolucion Ministerial N° 065-2012MIDIS y la Resolucion Ministerial N° 177-2012-MIDIS; SE RESUELVE:

6 de diciembre de 2013; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 1 y su retorno el 7 de diciembre de 2013. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aereos: MORDAZA - Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil) - MORDAZA US$ 1,200.00 US$. 1,200.00 Viaticos: US$ 370.00 x 5 dias US$. 1,850.00 ----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 3,050.00
Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 4º.- El Tecnico designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1021032-3

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 076-2013-MIDIS/P65-DE
MORDAZA, 19 de noviembre de 2013. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", destinado a otorgar subvenciones economicas a los adultos en condicion de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) anos de edad que cumplan con los requisitos establecidos para tal fin; Que, por Resolucion Ministerial Nº 065-2012-MIDIS se formalizo la creacion de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario responsable de dicha unidad ejecutora al Director Ejecutivo del Programa; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo N° 012-2013TR, del 19 de octubre de 2004, con el cual se dictan

Articulo Unico.- Designar al Coordinador de Recursos Humanos del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", como el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 012-2004-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. MORDAZA ANANOS Directora Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65"

1020035-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican a representante del Banco Central de Reserva del Peru ante el Consejo Normativo de Contabilidad
RESOLUCION Nº 003-2013-EF/30
MORDAZA, 26 de noviembre de 2013 VISTO: La Carta N° 0092-2013-BCRP de la Gerencia General del Banco Central de Reserva del Peru. CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad senala como