Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2013 (28/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Jueves 28 de noviembre de 2013

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Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Hunt Oil Company of Peru LLC., Sucursal del Peru, en su calidad de originador; a Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; a Credicorp Capital Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Credicorp Capital Servicios Financieros S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1019982-1

ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del diario oficial El Peruano y del MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333 de la Ley del MORDAZA de Valores y los articulos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como el articulo 38 numeral 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF. RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir los valores correspondientes a las emisiones denominadas "Decima Emision del Tercer Programa de Bonos de Titulizacion ­ HOCP" hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 131 435 000,00 (ciento treinta y un millones cuatrocientos treinta y cinco mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) y "Decimo Primera Emision del Tercer Programa de Bonos de Titulizacion ­ HOCP" hasta por un monto MORDAZA de emision de US$ 131 435 000,00 (ciento treinta y un millones cuatrocientos treinta y cinco mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America); y, disponer el registro de los complementos de prospecto MORDAZA correspondientes en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La oferta publica de los valores a que se refiere el articulo 1º debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a la Superintendencia del MORDAZA de Valores la documentacion e informacion a que se refiere el articulo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los articulos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Articulo 3º.- La inscripcion y registro a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas de la inversion. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores.

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan, aceptan declinaciones, dejan sin efecto designacion, reasignan y disponen la incorporacion a la labor jurisdiccional de magistrados en diversos organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 923-2013-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 22 de noviembre de 2013

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION