Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2013 (24/11/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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la subsanacion correspondiente, para lo cual se le concedio un plazo de tres (03) dias habiles; Que, mediante Parte Diario Nº 149130 de fecha 11 de octubre del 2013, SENATI adjunto diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el considerando precedente. Que, del analisis de los documentos presentados, se advierte que en ellos se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA mixta y una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA pesada, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 17092013-MTC/15.03.AA.vh, siendo este parte integrante de la presente Resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que SENATI, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RENOVAR la autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular al SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 9388-2008-MTC/15 (modificada por Resolucion Directoral Nº 299-2010-MTC/15) por el plazo de cinco (05) anos contando a partir del 10 de setiembre del 2013 para operar con una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA mixta y una (01) linea de inspeccion tecnica vehicular MORDAZA pesada, en el local ubicado en la Carretera Panamericana Norte Km. 555, Lote 28-A, MORDAZA Industrial, Distrito de La MORDAZA, Provincia de MORDAZA y Departamento de La Libertad. Articulo Segundo.- Es responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 13 de junio del 2014 13 de junio del 2015 13 de junio del 2016 13 de junio del 2017 13 de junio del 2018

El Peruano MORDAZA 24 de noviembre de 2013

Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:
ACTO Fecha MORDAZA de MORDAZA

Primera renovacion o contratacion de nueva 3 de MORDAZA del 2014 poliza MORDAZA renovacion o contratacion de 3 de MORDAZA del 2015 nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva 3 de MORDAZA del 2016 poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva 3 de MORDAZA del 2017 poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva 3 de MORDAZA del 2018 poliza

En caso que la empresa, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte del SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo del SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1016000-1

Autorizan a Motorgas Import S.A.C. como taller de conversion a gas natural vehicular - GNV en local ubicado en el departamento de Ica
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4652-2013-MTC/15 MORDAZA, 4 de noviembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 127175, 152478, 152481 y 152485 presentados por la empresa denominada MOTORGAS IMPORT S.A.C., mediante los cuales solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV a vehiculos de las categorias M1, M2 y M3 en el local ubicado en la Carretera Panamericana Sur Km 199 Nº 719, Distrito de Chincha Alta, Provincia y Departamento de Ica, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008 MTC, sobre "Regimen de autorizacion

En caso que la empresa no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- El SERVICIO NACIONAL DE ADIESTRAMIENTO EN TRABAJO INDUSTRIAL ­ SENATI, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de