Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2013 (08/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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Articulo Quinto.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo Regional de la Juventud, tiene la siguiente Estructura: - Consejo Directivo de la Juventud. - Comite Tecnico Regional. - Asamblea. Articulo Sexto.- Del Consejo Directivo de la Juventud El Consejo Directivo es el organo de direccion del dialogo y la agenda que resulte de la concertacion de la asamblea o del consejo directivo o del comite tecnico regional, y esta compuesto por un consejero regional designado por el Consejo Regional en merito a su funcion de representacion, normativo y fiscalizador al ser elegidos por MORDAZA popular; un funcionario designado por el Presidente Regional en merito a su funcion tecnica y ejecutiva, quien MORDAZA el soporte institucional correspondiente; y un miembro de la asamblea, designado por la misma; todos por el periodo de un ano. Articulo Septimo.- Del Comite Tecnico Regional El Comite Tecnico Regional, es el organo de asesoramiento y consulta que recibe, evalua, coadyuva a formular y proponer politicas, iniciativas legislativas, programas, planes y proyectos orientados a la promocion y desarrollo social, economico y ambiental de los jovenes, con enfoque de genero e igualdad de oportunidades, desarrollo humano e interculturalidad. Esta conformado por: - Una representante de la Direccion Regional de Educacion. - Un o una representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. - Un o una representante de la Direccion Regional de Salud. - Un o una representante del Ministerio Publico. - Un o una representante del Poder Judicial. - Un o una representante de la Policia Nacional. - Un o una representante de la Gerencia de Desarrollo Economico. - Un o una representante de la Gerencia de Recursos Naturales. - Un o una representante de la Universidad Nacional de Ucayali. - Un o una representante de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. - Un o una representante del Instituto Tecnologico Suiza. - Un o una representante de los CETPROS. - Un o una representante de la Gerencia de Desarrollo Social. Articulo Octavo.- Asamblea Es el espacio de concertacion y participacion democratica de los jovenes, instituciones y organismos involucrados en temas de juventud en el que se definen las propuestas y acciones del Consejo Regional de la Juventud. La asamblea puede designar a uno de sus miembros para que integre el consejo directivo por tema especifico o en general. Y esta conformado por: 1) Los miembros del Consejo Directivo. 2) Los miembros del Comite Consultivo. 3) Un representante de cada una de las direcciones regionales sectoriales: Educacion, Trabajo y Promocion del Empleo, Salud, Comercio Exterior y Turismo, Produccion, Agricultura y demas que se consideren pertinentes. La participacion de los representantes sectoriales permitira que las respectivas instituciones se involucren e incorporen en sus planes operativos acciones dirigidas hacia la poblacion joven. 4) Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. 5) Un representante de las universidades, un representante de los institutos superiores de la region, y dos representantes de los CETPROS el cual seran elegidos a traves de la Direccion Regional de Educacion. 6) Un representante de autoridades jovenes distritales. 7) Un representante de cada uno de los siguientes estamentos juveniles: (01) organizaciones juveniles, (01)

El Peruano Miercoles 8 de MORDAZA de 2013

politicas, (01) sociales, (01) culturales, (01) deportivas, (01) religiosos evangelicos por cada provincia, (01) religiosos catolicos por cada provincia, (01) religiosos adventistas por cada provincia, (01) religiosos testigos de Jehova por cada provincia, (01) de otras congregaciones por cada provincia, (01) ambientales, (01) comunidades campesinas, (01) comunidades indigenas, (01) habilidades diferentes, (01) organizacion de mujeres, (05) de los municipios escolares de la provincia de MORDAZA Portillo, (01) municipios escolares de la provincia de Padre MORDAZA, (01) municipios escolares de la provincia de Purus, (02) municipios escolares de la provincia de Atalaya, (01) de las escuelas agropecuarias, (02) escuelas privadas, (09) representantes del MORDAZA superior de los colegios secundarios de acuerdo al porcentaje de los representantes de los municipios escolares por provincia, (01) organizaciones de jovenes agricolas, (01) organizaciones de jovenes trabajadores, (01) organizaciones de jovenes emprendedores, (01) organizaciones de ciencia y tecnologia juvenil, (01) organizaciones de jovenes e innovacion, (01) organizaciones de comunicacion para el desarrollo de jovenes, (01) organizaciones de jovenes dedicados al comercio e industria; (02) ONG o Asociacion Civil que demuestren trabajo en el tema juvenil por mas de 4 anos y un representante de UNICEF. La conformacion del Consejo Regional de la Juventud sera conforme a los fundamentos expuestos en el cuerpo de la presente ordenanza. Articulo Noveno.- El Presidente Regional designara al funcionario correspondiente, quien tendra el nivel de gerente, para que conforme el Consejo Directivo, quien realizara las labores de soporte institucional y asistencia tecnica al Consejo Regional de la Juventud. Articulo Decimo.- ENCARGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y en un diario de circulacion regional; asimismo encargar a la Oficina de Sistemas, su difusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www.regionucayali.gob.p) . Articulo Decimo Primero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veintiun dias del mes de febrero del ano dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintisiete dias del mes de febrero del ano dos mil trece. MORDAZA F. HENDERSON MORDAZA Presidente Regional (e) 933273-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Crean el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA
ORDENANZA N° 1697 LA ALCALDESA METROPOLIANA DE MORDAZA