Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2013 (21/03/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de marzo de 2013

3.13. Consejos Educativos Institucionales 3.14. Municipios Escolares Articulo 4°: Objetivos del SIREPAV Son objetivos del SIREPAV: 4.1. Generales 4.1.1 Difundir, sensibilizar y capacitar a la comunidad educativa (directores, profesores, alumnos y padres de familia en general) y sociedad en general sobre la problematica, causas, consecuencias, medidas de prevencion y atencion, y alternativas de solucion a la violencia escolar y familiar. 4.1.2 Facilitar el uso e intercambio de la informacion entre los integrantes del SIREPAV y la comunidad en general, de modo tal que se manejen iguales criterios de atencion de la problematica. 4.2. En cuanto a violencia escolar 4.2.1 Elaborar e implementar un plan multisectorial tendiente a: ((a)) establecer los mecanismos para la implementacion de acciones para lograr una convivencia democratica en las instituciones educativas de la jurisdiccion; ((b)) gestionar la incorporacion de la convivencia democratica en los Proyectos Educativos Regionales; ((c)) brindar asesoria tecnica y legal a los Consejos Educativos Institucionales y a todos los agentes involucrados en la problematica; ((d)) elaborar un diagnostico situacional de la problematica con estadisticas relaciondas a la incidencia sobre violencia y acoso entre estudiantes en el ambito regional; ((e)) establecer mecanismos de supervision, monitoreo y evaluacion de los indices de la problematica; ((f)) lograr la contratacion de profesionales psicologos y/o trabajadores sociales en todas las instuciones educativas de la Region; ((g)) elaborar iniciativas legislativas de ambito regional y nacional, tendientes a establecer mecanismos de control sobre los programas y publicidad emitidos por los medios de comunicacion, proscribiendo los contenidos violentos en horarios de proteccion al menor; ((h)) establecer mecanismos de identificacion, control y sancion para los autores de ciberbullying (acoso escolar por internet). 4.3. En cuanto a la violencia intrafamiliar 4.3.1. Elaborar e implementar un plan multisectorial tendiente a: ((a)) brindar asistencia legal y psicologica a las mujeres victimas de violencia; ((b)) establecer centrales de denuncias que puedan derivarlas a las instancias competentes; ((c)) elaborar un diagnostico situacional de la problematica con estadisticas relaciondas a la incidencia sobre violencia intrafamiliar en el ambito regional; ((d)) establecer mecanismos de supervision, monitoreo y evaluacion de los indices de la problematica. Articulo 5°: Medidas especificas a tener en cuenta Para el cumplimiento de los objetivos generales, senalados en el Articulo precedente, los responsables deberan tener en consideracion, entre otras que puedan definir independientemente, las siguientes medidas y/o acciones especificas: 5.1. Elaboracion de una Guia de Prevencion y atencion de la Violencia Escolar y Violencia Intrafamiliar de la Region MORDAZA, tendiente a ser difundida en la comunidad educativa, en forma fisica y a traves de las paginas webs de las entidades que son parte del Sistema. 5.2. Conformacion de un grupo tecnico multisectorial que cumpla labores de capacitacion, sensibilizacion, control y vigilancia. 5.3. Elaboracion de propuesta de Reglamento y Cuadro de Sanciones para infractores en el tema de Violencia Escolar, tales como trabajos de apoyo dentro de la institucion educativa (Biblioteca, auxiliares de limpieza, cocina, talleres, entre otros), organizacion de actividades, control de disciplina de otros estudiantes, desarrollo de campanas pro disciplina, lectura de documentos

relacionados al tema y evaluacion sobre ello, participacion en reuniones psicologicas sobre el tema. 5.4. Elaborar el Registro Regional de Estadistica para el caso de Violencia Escolar y Familiar. 5.5. Gestionar la habilitacion de una linea gratuita para la recepcion de denuncias y/u orientacion en materia de violencia escolar e intrafamiliar. 5.6. Gestionar y establecer centros de refugio de victimas de violencia. 5.7. Gestionar la suscripcion de un convenio con el Colegio de Abogados de MORDAZA, y Consultorios Juridicos de las Universidades de la MORDAZA, tendiente a que las victimas de violencia reciban asesoria legal gratuita. 5.8. Gestionar la suscripcion de convenios con los Colegios Profesionales de Psicologos y Trabajadores Sociales, tendientes a que las victimas de violencia reciban asesoria especializada gratuita. 5.9. Gestionar ante los Rectores de las Universidades Publicas y Privadas de la Region MORDAZA, a efecto de que los estudiantes de los ultimos anos de las Carreras de Psicologia y Servicio Social puedan realizar practicas pre ­ profesionales en las instituciones educativas que no cuenten con dichos servicios. Articulo 6°: Ente Responsable del SIREPAV El Area de Gestion Cultural y Social y la Gerencia Regional de Educacion, a traves de sus representantes designados por el Organo Ejecutivo Regional, en un plazo MORDAZA de quince (15) dia habiles desde la vigencia de la presente Ordenanza, seran los entes encargados de coordinar con las organizaciones conformantes de la SIREPAV, su organizacion, instalacion y funcionamiento, tendiente al cumplimiento de los objetivos planteados en la presente norma. Articulo 7°: De la publicacion y vigencia Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; la misma que entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- El Organo Ejecutivo Regional, conforme a la disponibilidad presupuestal, priorizara el destino de recursos necesarios para la implementacion y funcionamiento del SIREPAV, debiendo gestionar la participacion y compromiso en este aspecto de todos sus integrantes. Segunda.- Los organismos publicos y no gubernamentales, que a la fecha vienen desarrollando politicas, planes y acciones, relacionados al tema materia de la presente Ordenanza, deberan procurar realizar las mismas a traves del SIREPAV, con el fin de articular esfuerzos hacia el mismo objetivo. Tercera.- Encargar al Organo Ejecutivo Regional, para que en coordinacion con el Area de Gestion Cultural y Social y la Gerencia Regional de Educacion, reglamenten la presente Ordenanza Regional, en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario desde su publicacion, con conocimiento al Consejo Regional. Cuarta- La elaboracion de los planes multisectoriales dispuestos en el Articulo 4° de la presente ordenanza, no podra exceder los noventa (90) dias calendario, desde la publicacion de la presente norma. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA