Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2013 (05/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 3042012-EF, se establecen los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto, a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2013, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerado el Seguro Integral de Salud; aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que, es pertinente publicar en el Diario Oficial El Peruano, la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfieren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos Nº 01"Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y Nº 02 "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 934-2010/ MINSA se modifica el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago mas adecuados para el financiamiento de las prestaciones que se cubran en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/ MINSA, asi como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el MORDAZA de reestructuracion y adecuacion del SIS a su MORDAZA rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa Nº 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica Nº 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; por lo que, en los Convenios de Gestion suscritos entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al parrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su titulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: "La Oficina de Administracion del SIS (OA), a traves de los sistemas administrativos, formalizara la operacion bancaria para el pago del subsidio a traves de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS";

El Peruano Miercoles 5 de junio de 2013

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando Nº 029-2013-SIS/OGPPDO, aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestal Nº 047 de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y Nº 049 de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados para el pago de los subsidios por sepelio; asimismo, mediante el Memorando Nº 2282013-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestal Nº 0228, por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para atender las transferencias del mes de MORDAZA de 2013; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49'138,574.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de MORDAZA 2013, detallado en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Resolucion.
ANEXO 01: TOTAL 00-Recursos Ordinarios S/. 49'138,574.00

Articulo 2º.- Aprobar la liquidacion de la produccion MORDAZA del mes de febrero y marzo 2013 por DIECINUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 94/100 NUEVOS SOLES (S/. 19'153,398.94) y VEINTE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 76/100 NUEVOS SOLES (S/. 20'661,879.76) respectivamente, detallada en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO Y 60/100 NUEVOS SOLES, (S/. 3'361,185.60), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios y 09-Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al cierre de produccion del mes MORDAZA 2013, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 3'358,185.60 S/. 3,000.00 S/. 3'361,185.60

Articulo 4º.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relacion a los programas no estrategicos debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud en su Region, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina General de Imagen Institucional