Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2013 (18/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano Miercoles 18 de diciembre de 2013

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Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; mientras que el articulo 38º de la misma Ley Organica prescribe que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, el Consejo Regional, en Sesion Ordinaria, desarrollada el dia 04 de octubre del 2013, en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo MORDAZA ­ Tarapoto, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DISPONER que todas las Unidades Ejecutoras, Proyectos Especiales, Direcciones Regionales y Organos Desconcentrados del Gobierno Regional ­puesta en conocimiento de los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales ­ exijan en las bases para las contrataciones y adquisiciones publicas en los que esten incluidos productos forestales y de fauna MORDAZA, la certificacion de origen expedida por la Direccion Ejecutiva de Administracion y Conservacion de Recursos Naturales ­ DEACRN ­ de la Autoridad Regional Ambiental. Articulo Segundo: DISPONER que en un plazo de 60 dias calendarios, la Direccion Ejecutiva de Administracion y Conservacion de Recursos Naturales ­ DEACRN ­ alcance al Consejo Regional el texto modificatorio del MORDAZA, para su analisis y discusion, en el que precise los requisitos, procedimiento y costo para el otorgamiento del certificado de origen legal de los recursos forestales y de fauna MORDAZA en el Departamento de San MORDAZA, denominado "Certificado de Origen de Recurso Forestal y/o de Fauna Silvestre". El mismo plazo rige para que las Unidades Ejecutoras y Administrativas proyecten las directivas que establezcan el "Certificado de Origen de Recurso Forestal y/o de Fauna Silvestre"; como requisito para la adquisicion de recursos forestales y/o de fauna silvestre. Articulo Tercero: DISPONER que ­ una vez aprobados los cambios del MORDAZA de la DEACRN mencionado en el articulo MORDAZA de la presente Ordenanza Regional ­ las Unidades Ejecutoras y Administrativas del Pliego 459 Gobierno Regional de San MORDAZA, emitan las directivas para incorporar como requisito para la adquisicion de recursos forestales y/o de fauna MORDAZA el "Certificado de Origen de Recursos Forestales y Fauna Silvestre". Articulo Cuarto: DISPONER la suspension de los efectos de la presente Ordenanza Regional hasta la aprobacion y promulgacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ de la Autoridad Regional Ambiental; por las consideraciones contenidas en la presente ordenanza. Articulo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Sexto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA, a los quince dias del mes de Octubre del dos mil trece. Por tanto: Mando se Publique y Cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan la subdivision de lote MORDAZA sin obras con fines de acumulacion, ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 140-2013- MML-GDU-SPHU
MORDAZA, 15 de octubre de 2013 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 137388-2013, de fecha 10 de MORDAZA de 2013, la Congregacion denominada RELIGIOSAS FRANCISCANAS MISIONERAS DE LA MORDAZA DEL DIVINO MORDAZA, solicitan la Subdivision de Lote MORDAZA Sin Obras Complementarias, del terreno de 5,615.30 m², calificado con zonificacion Equipamiento Educativo ­ E1, constituido por el Lote 18 de la Mz. 25 de la Urbanizacion Chacra MORDAZA, ubicado en la Avenida Naciones Unidas esquina con Av. Prolongacion MORDAZA Nº 2102 -2130, jurisdiccion del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, a traves del Expediente Nº 137388-2013, de fecha 10 de MORDAZA de 2013, promovido por la Congregacion denominada RELIGIOSAS FRANCISCANAS MISIONERAS DE LA MORDAZA DEL DIVINO MORDAZA, debidamente representada por M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicitan la Subdivision de Lote MORDAZA Sin Obras Complementarias, del terreno de 5,615.30 m², calificado con zonificacion Equipamiento Educativo ­ E1, constituido por el Lote 18 de la Mz. 25 de la Urbanizacion Chacra MORDAZA, ubicado en la Avenida Naciones Unidas esquina con Av. Prolongacion MORDAZA Nº 2102 -2130, jurisdiccion del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Que, mediante Informe Nº 404-2013-MML-GDU-SPHUDCO, de fecha 23 de MORDAZA de 2013 (fs. 27 y 28), emitido por la Division de Control de Obras de esta Subgerencia, manifiesta que de acuerdo a la Ordenanza Nº 893-MML publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 27 de diciembre del 2005, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo del Cercado de MORDAZA, el terreno materia del presente esta calificado con el Uso de Equipamiento Educativo- E1; asimismo el Reglamento Nacional de Edificaciones, en el Capitulo II de la MORDAZA GH.010, establece que las subdivisiones constituyen las particiones de predios ya habilitados y se sujetan a las condiciones propias de los lotes normativos de cada zonificacion; ademas en la aludida Ordenanza establece que el tamano de Lote Normativo para uso de Educacion en un area minima de 5,000.00 m²; Que, el citado Informe agrega que, la propuesta presentada, los dos (02) Sublotes resultantes de la Subdivision del Lote matriz denominados SUBLOTE 18A con un area del terreno: 2,607.86 m² y el SUBLOTE 18-B con un area del terreno: 3,007.44 m², los lotes resultantes presentan areas y frentes que se consideran conformes, contando con acceso directo a traves de las Avenidas Naciones Unidas y Prolongacion MORDAZA a partir de las cuales se abastecen de servicios basicos, el SUBLOTE 18-B debera ser acumulado al lote 5 con un area de 2,006.65 m², de propiedad de la administrada a fin de conformar una sola unidad inmobiliaria, y asi mantener el area normativa establecida en el Reglamento Nacional de Edificaciones, ademas, se desprende de la documentacion, el presente tramite se orienta a regularizar los usos y/o actividades que se desarrollan en el lote 18, en la cual existe una MORDAZA Convento que ocupa la Congregacion Religiosas Franciscanas Misioneras de la MORDAZA del Divino MORDAZA y la otra parte del terreno esta destinado a complementar las funciones educativas del Colegio MORDAZA MORDAZA de Hungria, construido sobre el lote 5 colindante, de su propiedad;

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