Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2013 (30/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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que el redondeo a dos decimales del Cargo Adicional de incentivo, le ocasionaria un perjuicio economico, no resulta exacto; ello debido a que habiendose realizado una simulacion del calculo, considerando el Cargo Adicional con cuatro decimales, se ha verificado que los resultados obtenidos para el caso de Hidrandina, son los mismos que cuando se redondea el mencionado cargo a dos decimales, por lo que no habria ningun perjuicio economico para la empresa; Que, finalmente, con relacion al recurso de apelacion se ha expedido el Informe Legal N° 345-2013-GART, elaborado por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN, el mismo que contiene la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, el Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo N° 052-2007-EM y en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 24-2013; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar improcedente el recurso de apelacion interpuesto por Hidrandina contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 140-2013-OS/CD, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada junto con el Informe Legal N° 345-2013-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 981095-2

El Peruano Viernes 30 de agosto de 2013

caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en atencion a lo senalado en el considerando precedente, corresponde publicar en el diario oficial El Peruano, la resolucion que aprueba la publicacion de la propuesta de modificacion de la MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision", aprobada por Resolucion OSINERGMIN Nº 050-2011-OS/CD. Asimismo, corresponde disponer que dicha resolucion sea consignada conjuntamente con el proyecto normativo, exposicion de motivos e informes que lo sustentan, en la pagina Web de OSINERGMIN, para la recepcion de comentarios y sugerencias por parte de los interesados, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y el Articulo 14º del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Nº 370-2013-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 371-2013GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, con los cuales se complementa la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; y, en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesion Nº 24-2013; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion en la pagina Web institucional de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob. pe., del proyecto de MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision", conjuntamente con su exposicion de motivos y los informes Nº 370-2013-GART y Nº 371-2013-GART, que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Definir un plazo de veinte (20) dias calendarios, contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada Nº 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico Nº 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: NT2013@ osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la publicacion dispuesta, la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias que presenten los interesados respecto al proyecto publicado, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Articulo 4º.- La presente resolucion, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Vicepresidente del Consejo Directivo Encargado de la Presidencia 981095-3

Disponen la publicacion en la pagina web institucional del proyecto de MORDAZA "Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmision y Sistemas Complementarios de Transmision"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 175-2013-OS/CD MORDAZA, 27 de agosto de 2013 CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 14º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas de caracter general que MORDAZA de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitiran que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, no tendran