Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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en la Gerencia Regional de Educacion de MORDAZA y sus Unidades de Gestion Educativa Local, el mismo que consta de III Titulos, III Capitulos, 32 Articulos, 10 Disposiciones Complementarias y un Anexo, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2°: Vigencia La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3°: De la publicacion Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de MORDAZA, y la publicidad electronica en la pagina web del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme al articulo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. La tramitacion de la publicacion sera a cargo de la Secretaria del Consejo Regional, mientras que el costo que esta irrogue sera cubierto por el Organo Ejecutivo Regional. DISPOSICION DEROGATORIA Unica.- Deroguese la Ordenanza Regional N° 155AREQUIPA y sus modificaciones. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del 2013. MORDAZA CARCAMO MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 929608-1

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Otorgan concesion definitiva a favor de Central Hidroelectrica de Langui S.A. para desarrollar actividades de generacion de energia electrica en el distrito de Langui, provincia de Canas
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0030-2013-DREM-GR.CUSCO MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El expediente, Nº 4744 del fecha 28 de diciembre de 2012 presentado por la Empresa Central Hidroelectrica de Langui S.A., persona juridica inscrita en la Partida Electronica Nº 11610492 del Registro de Sociedades Anonimas de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA sobre solicitud de Ampliacion de Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Generacion de Energia Electrica con Recursos Energeticos Renovables, CONSIDERANDO: Que, el inciso "d" del articulo 59º de la Ley 27867,Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es

funcion de los gobiernos regionales "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como el aprovechamiento de hidrocarburos de la region; asimismo otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2008MEM-DM, publicada con fecha 16 DE ENERO DEL 2008, en el Diario Oficial El Peruano, se declaro que el Gobierno Regional MORDAZA concluyo el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que, el procedimiento administrativo de otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables se encuentra regulado en las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, el 02 de MORDAZA del 2008 se publico el Decreto Legislativo Nº 1002, en cuyo articulo 3º se establecio que la generacion hidraulica es calificada como recurso energetico renovable siempre que la capacidad instalada no sobrepase los 20 Mw, para cuyo efecto la Primera Disposicion Modificatoria del citado decreto, modifico los articulos 3º, 4º y 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, las modificaciones MORDAZA referidas, giraron en torno a los siguientes aspectos: a) Se incorporo el Derecho Electrico de Concesion Definitiva de Generacion de Recursos Energeticos Renovable, con capacidad instalada mayor de 500 Kw; b) Se elimino del articulo 4º la autorizacion para Centrales Hidroelectricas, y c) El tramite de aprobacion de una concesion definitiva de generacion de recursos energeticos renovable con capacidad Mayor a 500 Kw, quedo sujeto al procedimiento correspondiente al de una concesion definitiva; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de la energia electrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 Mw, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorizacion de la Generacion Electrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor a 10 Mw, como el otorgamiento de concesiones definitivas para generacion con recursos energeticos renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor a 10 MW siempre que se encuentre en la respectiva Region; Que mediante Resolucion Directoral Nº0024-2012DREM-GR.CUSCO, del 9 de agosto de 2012, la Direccion Regional de Energia y Minas GR.CUSCO, otorgo una concesion definitiva de generacion a favor de la empresa Central Hidroelectrica de Langui S.A., identificada con el codigo Nº 0001-DREM MORDAZA, para desarrollar actividades de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables, con una potencia instalada de 3,2 MW. Asi como aprobo la suscripcion del contrato de concesion Nº 0001-2012-CE; Que con fecha 21 de setiembre del 2012 el contrato de concesion Nº 0001-2012 fue elevado a escritura publica ante el notario de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Delahaza, encontrandose inscrito en la partida registral Nº 12923323 del registro de propiedad inmueble ­ concesion para explotar servicios publicos de la Oficina Registral de Lima; Que, en el expediente materia de la presente Resolucion obra la solicitud formulada por la empresa Central Hidroelectrica de Langui S.A., mediante documento con Registro Nº 4744 de fecha 28 de diciembre 2012, presentado ante la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional MORDAZA, solicitando la ampliacion de la capacidad instalada de la central hidroelectrica de Langui de 3,2 MW a 6,2 MW. Que, con carta COES/D/DP-869-2012, la Direccion de Planificacion de Transmision COES, otorga la conformidad al Estudio de Pre Operatividad para la conexion al MORDAZA de la ampliacion de la Central Hidroelectrica de Langui (Proyecto Central Hidroelectrica de Langui II). Que, mediante Resolucion Directoral Nº 0029-2013GRC/DREM-Cusco/ATE se aprobo la Declaracion de Impacto Ambiental para la ampliacion de la Central