Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2013 (20/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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concesionarias del servicio publico movil y el OSIPTEL realicen las adecuaciones y pruebas tecnicas necesarias para que se realice el intercambio a traves del sistema de intercambio centralizado. 2.2 Regimen de Infracciones y Sanciones correspondiente a la Ley N° 28774 y disposiciones reglamentarias. Para el adecuado cumplimiento de la Ley N° 28774, y disposiciones reglamentarias, corresponde que el OSIPTEL, en el MORDAZA de sus competencias, establezca el regimen de infracciones y sanciones aplicable. 3. CONCLUSIONES. 3.1 Resulta necesario establecer el MORDAZA procedimiento a ser aplicado por las empresas concesionarias del servicio publico movil para entregar al OSIPTEL de manera obligatoria, la informacion de los equipos terminales moviles reportados como sustraidos, perdidos y recuperados y la forma de acceso a dicha informacion, via la base de datos centralizada unica a nivel nacional, a cargo del OSIPTEL. 3.2 Las empresas concesionarias del servicio publico movil deberan entregar al OSIPTEL la informacion de los equipos terminales moviles reportados como sustraidos, perdidos y recuperados. Para dicho fin emplearan el "Sistema de Intercambio Centralizado". 3.3 Como parte del procedimiento, se han establecido los formatos y plazos para realizar el intercambio de informacion entre las empresas concesionarias del servicio publico movil y el OSIPTEL. 3.4 Se establece un plazo de sesenta (60) dias calendario para que las empresas concesionarias del servicio publico movil y el OSIPTEL realicen las adecuaciones y pruebas tecnicas necesarias para que se realice el intercambio a traves del sistema de intercambio centralizado. 3.5 Se establece el regimen de infracciones y sanciones aplicable, para el adecuado cumplimiento de la Ley N° 28774, que creo el Registro Nacional de Terminales de Telefonia Celular y disposiciones reglamentarias. 927033-1

El Peruano Sabado 20 de MORDAZA de 2013

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Autorizan MORDAZA de conversion de los certificados de registro en materia de signos distintivos que administra la Direccion de Signos Distintivos al sistema de microarchivos y microformas digitales, con valor legal
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE INDECOPI Nº 080-2013-INDECOPI/COD MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Nº 681 se dictaron normas destinadas a regular el uso de tecnologias avanzadas en materia de archivo de documentos e

informacion, tanto bajo medios convencionales, como por procedimientos informaticos; siendo que los alcances de dicha MORDAZA fueron ampliados por el Decreto Legislativo Nº 827, a traves del cual las entidades publicas fueron comprendidas en su ambito, a fin de modernizar el sistema de archivos oficiales; Que de conformidad con el articulo 6º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 681, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, gozan de pleno valor probatorio y efecto legal, para su uso en procedimientos administrativos y para su transmision telematica, los documentos archivados por las entidades publicas a traves de medios portadores de microformas, obtenidos con arreglo a las normas del Decreto Legislativo Nº 681; Que el literal a) del articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 827 que amplio los alcances del Decreto Legislativo Nº 681 senala que los archivos oficiales de las Entidades Publicas pueden ser convertidos al sistema de microarchivos, previa aprobacion por Resolucion del funcionario de mayor jerarquia de la entidad; Que el parrafo MORDAZA del articulo 7° del Decreto Legislativo N° 1075, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones Complementarias a la Decision 486 de la Comision de la Comunidad MORDAZA que establece el Regimen Comun sobre Propiedad Industrial, contempla que la Direccion competente establecera la forma de organizacion de sus respectivos registros y dictara las disposiciones de inscripcion que MORDAZA necesarias. Que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, como entidad encargada de promover y defender la MORDAZA y honesta competencia, asi como proteger los derechos de los consumidores y de los titulares de propiedad intelectual, requiere para el mejor cumplimiento de sus objetivos, hacer uso de tecnologias avanzadas en materia de archivo de documentos e informacion, que permitan modernizar los procesos documentales que administra, mejorando su eficiencia y productividad; Que en particular, la Direccion de Signos Distintivos ­ DSD, como organo encargado de la administracion y gestion del otorgamiento, registro y proteccion de MORDAZA de producto y/o de servicio, nombres comerciales, lemas comerciales, MORDAZA colectivas, MORDAZA de certificacion y denominaciones de origen, a efectos de cumplir con su mision y objetivos estrategicos, precisa divulgar y difundir a traves de medios digitales, con valor legal, el contenido de los Registros de Propiedad Industrial que administra, conformados por los certificados de registro (partidas registrales) de los derechos de Propiedad Industrial otorgados sobre signos distintivos; Que, en ese sentido, la Direccion de Signos Distintivos, mediante Memorandum Nº 232-2013/DSD, de fecha 15 de enero del 2013, ha solicitado autorizacion para el inicio del MORDAZA de micrograbacion de la totalidad de los certificados de registro existentes a la fecha, emitidos tanto por ITINTEC, como por INDECOPI, consistentes en aproximadamente dos millones de folios, correspondientes a un estimado de cuatrocientos veinte mil certificados de registro de signos distintivos administrados por la mencionada Direccion; Que en el MORDAZA de estos objetivos, el INDECOPI ha impulsado un MORDAZA de modernizacion de su plataforma de gestion documental y de los sistemas de almacenamiento y administracion de la informacion en soporte digital a traves de microformas, por medio de la implementacion del Proyecto "Mejora en la Gestion de los Sistemas de Informacion: Modulo de Generacion de Certificados de Registro y Asientos Electronicos, Modulo de Visualizacion, Busqueda e Impresion de Certificados de Registro y Asientos Electronicos", en el MORDAZA de la Cooperacion Tecnica que brinda USAID | Facilitando Comercio, con fondos encargados por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) al Proyecto USAID | Facilitando Comercio; Que atendiendo a lo expuesto, resulta necesario autorizar el MORDAZA de conversion de los Registros de Propiedad Industrial en materia de signos distintivos, de caracter oficial, que administra la Direccion de Signos Distintivos al sistema de microarchivos y microformas digitales, con valor legal; asi como autorizar la generacion electronica de los certificados y de los asientos respectivos de registro, a traves de la firma de dichos documentos con identificadores biometricos, o con medios equivalentes;