Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2012 (13/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de octubre de 2012

NORMAS LEGALES

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y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administracion Publica, y; la Resolucion Ministerial N° 108-2012-MIDIS, que aprobo la Directiva N° 002-2012MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebese el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65", cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Publicidad Disponer la publicacion de la presente resolucion ministerial y del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el MORDAZA Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65" (www.pension65.gob.pe). Articulo 3º.- Derogacion 3.1. Deroguese la Resolucion Ministerial N° 069-2012MIDIS, asi como aquellas disposiciones que se opongan a la presente resolucion ministerial. 3.2. Deroguese la Resolucion Ministerial N° 0152012-MIDIS, en el extremo relacionado con el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pension 65". Articulo 4º.- Vigencia La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVELLI MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 853058-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2012-MIDIS MORDAZA, 3 de octubre de 2012 VISTOS: El Oficio N° 811-2012-MIDIS/FONCODES/DE emitido por la Direccion Ejecutiva del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES); el Informe Nº 140-2012-MIDISSG/OGPP, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 226-2012-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 38 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situacion critica, o implementar una politica publica especifica en el ambito de competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 657, se creo el Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES), con el objeto de financiar infraestructura social, economica y productiva mediante su intervencion directa en las zonas rurales y urbano-marginales con altos niveles de pobreza; Que, mediante Ley Nº 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; asimismo, se establece que el sector desarrollo e inclusion social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las politicas nacionales en materia de promocion del desarrollo social, la inclusion y la equidad; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29792, dispuso la adscripcion del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social (FONCODES) al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la cual opero a partir del 1 de enero de 2012; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-MIDIS, se autorizo al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a evaluar las prestaciones y actividades de caracter temporal de cada uno de sus programas sociales, y reorganizarlos con la finalidad de lograr que su estructura, conformacion y organizacion MORDAZA idoneos para la adecuada ejecucion de las actividades y prestaciones que se encuentran a su cargo; Que, en ese contexto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, mediante Resolucion Ministerial N° 108-2012-MIDIS, aprobo la Directiva N° 002-2012MIDIS, "Lineamientos para la elaboracion del manual de operaciones de los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social", con la finalidad que los programas sociales adscritos al mismo cuenten con instrumentos que optimicen su gestion y la prestacion de los servicios a su cargo; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2012-MIDIS, se declaro concluidos los procesos de evaluacion y reorganizacion a que se refiere el Decreto Supremo N° 002-2012-MIDIS, disponiendose que el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social apruebe los manuales de operaciones de sus programas sociales hasta el 30 de setiembre de 2012; Que, el articulo 36 de los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administracion Publica", aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contaran con un manual de operaciones en el que se consignara, por lo menos: i) La descripcion del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripcion de este y la identificacion de entidades, organos o unidades organicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyectos; ii) La organizacion, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como programacion y aprobacion de actividades, ejecucion de recursos, procesos de coordinacion, desembolsos, segun corresponda; y iv) Procesos de supervision, seguimiento y evaluacion: Supervision tecnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorias, inspeccion y supervision, segun corresponda; Que, mediante Informe Nº 140-2012-MIDIS-SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de organo tecnico competente en la materia, emitio opinion favorable sobre el proyecto de manual de operaciones del Fondo de Cooperacion para el Desarrollo

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION