Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2012 (12/11/2012)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano MORDAZA, lunes 12 de noviembre de 2012
NORMAS LEGALES
VALOR COMERCIAL (US$) 715.94 256.82 264.13 861.34 311.77 241.46 1137.02 286.56 1273.93 491.90
478447
ITEM 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 864415-1
CODIGO COD_08_09_84 COD_08_09_86 COD_08_09_87 COD_08_09_88 COD_08_09_89 COD_08_09_92 COD_08_09_93 COD_08_09_94 COD_08_09_95 COD_08_09_96
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Inician procedimiento administrativo sancionador a consorcio conformado por MORDAZA Enterprise S.A.C. y AGMIN Italy S.R.L.
(Se publica el presente Acuerdo a solicitud del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, mediante oficio N° 303-2012/OA, recibido el 9 de noviembre de 2012) EN SESION DEL 16-09-2011, LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, HA APROBADO EL SIGUIENTE ACUERDO: EXPEDIENTE Nº 1428.2010.TC.- RELACIONADO CON EL MORDAZA ADMINISTRATIVO SANCIONADOR CONTRA EL CONSORCIO MORDAZA ENTERPRISES S.A.C. - AGMIN ITALY S.R.L. ACUERDO N° 637/2011.TC-S1 DE FECHA 16 de Septiembre de 2011 VISTO, los antecedentes del Expediente N° 1428/2010. TC; CONSIDERANDO: 1) Mediante publicacion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE) de fecha 16 de febrero de 2007, El Seguro Social de Salud ESSALUD (en adelante la Entidad) convoco a la Licitacion Publica por MORDAZA de Seleccion Abreviado segun relacion de items Nº 0799AL0021 (LP-2-2007-ESSALUD/GCA), para la adquisicion de equipamiento biomedico, por un valor referencial total ascendente a S/. 78´ 220 707.63 (Setenta Y Ocho Millones Doscientos Veinte Mil Setecientos Siete Con 63/100 Nuevos Soles), incluidos el Impuesto General a las Ventas (I.G.V.), dentro de la cual se encuentran entre otros, el item Nº 78 (Ventilador Volumetrico + PVC Basico), por un valor referencial de S/. 2´459,771.16 (Dos Millones Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Setenta y un con 16/100 Nuevos Soles). 2) El 07 de marzo de 2007, se llevo a cabo el acto de evaluacion de propuestas economicas y otorgamiento de la Buena Pro del item Nº 78, siendo adjudicada a favor del postor CONSORCIO conformado por las empresas MORDAZA ENTERPRISE S.A.C., y AGMIN ITALY S.R.L. 3) El 19 de Marzo de 2007, la Entidad suscribio el Contrato Nº 4600025417, con el
CONSORCIO conformado por las empresas MORDAZA ENTERPRISE S.A.C., y AGMIN ITALY S.R.L., por el monto de S./ 1´ 721, 839.82 (Un Millon Setecientos Veintiun Mil Ochocientos Treinta y Nueve con 82/100 Nuevos Soles). 4) El 07 de octubre de 2010, la Entidad comunico al Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, que el CONSORCIO conformado por las empresas MORDAZA ENTERPRISE S.A.C., y AGMIN ITALY S.R.L., en adelante el Contratista, habria incurrido en causal de sancion consistente en haber dado lugar a la resolucion de contrato Nº 4600025417, por causal atribuible a su parte, derivado de la Licitacion Publica por PSA N° 002-2007/ESSALUD/GCL. Como sustento de sus aseveraciones, indico lo siguiente: (i) Con fecha 19 de marzo de 2007, se suscribio el Contrato Nº 4600025417 con el CONSORCIO conformado por las empresas MORDAZA ENTERPRISE S.A.C., y AGMIN ITALY S.R.L., por el periodo comprendido desde el 20 de marzo de 2007 al 31 de diciembre de 2011. (ii) Mediante Carta Nº 013OIHS-RAA-ESSALUD-2009 de fecha 08 de enero de 2009, la Red Asistencial Almenara, comunica el incumplimiento del contratista, al no atender las fallas operativas que presentan los ventiladores volumetricos + PVC Basico, asignados al Hospital Grau, siendo dicha solicitud remitida al contratista el 24 de noviembre de 2008, sin haber obtenido respuesta. (iii) Mediante Carta Notarial Nº 39-SGCSyAP-GA-GCL-OGA-ESSALUD-2009, de fecha 26 de enero de 2009, recibida el 28 de enero del mismo ano, esta Sub. Gerencia requirio al contratista realizar la reparacion de las dos (02) unidades del Equipo Ventilador Volumetrico + PVC Basico, asignado al Hospital de Emergencia Grau de la Red Asistencial Almenara, en el plazo de dos (02) dias calendario, bajo apercibimiento de resolver el contrato. (iv) Con la Carta Nº 179-UIHySOA-GRATA-ESSALUD-2009, de fecha 30 de marzo de 2009, la Red Asistencial de Tacna, comunica al contratista que ha incumplido con el mantenimiento preventivo de tres (03) unidades del Equipo Ventilador Volumetrico + PVC Basico.(v)Mediante Carta Notarial Nº 156-SGCSyAPGA-GCL-OGA-ESSALUD-2009, de fecha 23 de MORDAZA de 2009, recibida el 27 de MORDAZA de 2009, esta Sub. Gerencia requirio al contratista, cumplir con sus obligaciones contractuales, otorgandole un plazo de cuatro (04) dias calendario para que ejecute el mantenimiento preventivo de las tres (03) unidades del Equipo Ventilador Volumetrico + PVC Basico, asignados al Hospital III MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Red Asistencial Tacna, bajo apercibimiento de resolver el contrato. (vi) Con Carta Nº 1106-GRAJESSALUD2009, de fecha 23 de junio de 2009, la Red Asistencial MORDAZA, informa el incumplimiento del contratista para reparar los Ventiladores Volumetricos de series Nros. IV 17715 y IV17706. (vii) Mediante Carta Notarial Nº 204SGCSyAP-GA-GCL-OGA-ESSALU-2009, de fecha 01 de MORDAZA de 2009, recibida el 02 de MORDAZA de 2009, esta Sub Gerencia requirio al contratista que ejecute el mantenimiento correctivo de los Ventiladores Volumetricos, otorgandosele un plazo de tres (03) dias calendario, bajo apercibimiento de resolver el contrato. (viii) El Contratista mediante Carta s/n de fecha 02 de MORDAZA de 2009, comunica que el rol de atencion de mantenimiento para la Red Asistencial MORDAZA esta programada a partir del 08 de MORDAZA de 2009. (ix) Mediante Carta Nº 659-D-RATAR-ESSALUD2009, la Red Asistencial Tarapoto comunica que el contratista no ha realizado la entrega de filtros de entrada de aire y adjunta un reporte en el cual registra el incumplimiento del primer y MORDAZA mantenimiento preventivo en las dos (02) unidades, habiendo vencido el plazo para la ejecucion. (x) Con Carta Notarial Nº 248SGCSyAP-GA-GCL-OGA-ESSALUD-2009 de fecha 05 de Agosto de 2009, recibida el 06 de Agosto de 2009, esta Sub Gerencia requirio al contratista que cumpla con la ejecucion del mantenimiento preventivo del Ventilador Volumetrico + PVC Basico, asignado a la Red de Tarapoto, en un plazo de cuatro (04) dias calendario, bajo apercibimiento de resolver el contrato. (xi) Mediante Carta Notarial Nº 255-SGCSyAP-GA-GCL-OGA-ESSALUD2009, de fecha 17 de Agosto de 2009, recibida el 19 de agosto de 2009, se requirio al contratista la ejecucion de mantenimiento preventivo del Equipo Ventilador Volumetrico + PVC Basico, asignados a las Redes Asistenciales: Almenara, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA,