Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2012 (09/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

460608

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de febrero de 2012

Delegan diversas facultades en el Director General de la Oficina de Administracion y en el Director de la Unidad de Logistica de la Oficina de Administracion del Ministerio durante el Ejercicio Fiscal 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0027-2012-AG
MORDAZA, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado, faculta al titular de la entidad, a delegar mediante resolucion, la autoridad que la referida ley le otorga; senalando ademas, que no pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el reglamento; Que, conforme a lo prescrito en el articulo 53º de la Ley de Contrataciones del Estado, las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un MORDAZA de seleccion, solamente podran dar lugar a la interposicion del recurso de apelacion, el cual sera conocido y resuelto por el titular de la Entidad, siempre y cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias, pudiendo delegar tal potestad, siendo el funcionario a quien se delegue dicha facultad responsable por la emision del acto que resuelva el recurso; Que de manera complementaria, el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008EF, establece que el titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la facultad de resolver recursos de apelacion, sin que en ningun caso dicha delegacion pueda recaer en los miembros del Comite Especial o en el organo encargado de las contrataciones de la Entidad, segun corresponda; Que, el articulo 35º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Oficina de Administracion es la encargada de administrar los recursos materiales y humanos, y conducir la ejecucion presupuestaria, con el fin de apoyar el cumplimiento de los objetivos y metas de los sistemas que operan en la administracion central del Ministerio de Agricultura, contribuyendo al mejoramiento continuo de la calidad del servicio que se brinda al usuario, mediante una gestion moderna y altamente competitiva; Que, el ultimo parrafo del articulo 25º de la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado, pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion, siempre que la normativa lo autorice, concordante con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, que senala que el Ministro de Agricultura puede delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion; Que, dentro del MORDAZA legal de los considerandos precedentes, para garantizar una oportuna gestion en materia de contrataciones y lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa del ministerio, resulta necesario, delegar ciertas facultades en el Director General de la Oficina de Administracion y en el Director de la Unidad de Logistica del Ministerio de Agricultura, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, que permitan cumplir con la programacion de las metas institucionales para el presente ejercicio fiscal 2012. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG;

Articulo 1º.- Delegar en el Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, durante el Ejercicio Fiscal 2012, y respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, las facultades senaladas a continuacion: 1. Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones (PAC), asi como evaluar y supervisar su ejecucion. 2. Aprobar los expedientes de contratacion a que hace referencia las normas de Contrataciones del Estado. 3. Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicacion Directa, Concurso Publico y de Licitacion Publica. 4. Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el MORDAZA permitido por Ley. 5. Autorizar la reduccion de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el MORDAZA permitido por Ley. 6. Resolver las solicitudes de ampliacion de plazo contractual. 7. Aprobar la resolucion de los contratos por causales reguladas en la normatividad vigente sobre contrataciones del Estado. 8. Designar a los miembros de los Comites Especiales y Comites Especiales Permanentes. 9. Aprobar el otorgamiento de la Buena Pro de las propuestas economicas que superen el valor referencial, en procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA previsto por la Ley. 10. Comunicar al Tribunal de Contrataciones del Estado los hechos producidos por los proveedores, participantes, postores, contratistas y expertos independientes que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. 11. Suscribir convenios interinstitucionales para encargar procesos de seleccion a entidades publicas y privadas nacionales, asi como aprobar el expediente de contratacion y las bases en calidad de ente encargante, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2012. Articulo 2º.- Delegar en el Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, durante el Ejercicio Fiscal 2012, y respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, la facultad de pronunciarse y/o resolver los recursos de apelacion que interpongan los participantes o postores en los procesos de seleccion sujetos a la normativa sobre contrataciones del Estado, cuyo valor referencial sea inferior a las seiscientas (600) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sin eximirlas de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Articulo 3º.- Delegar en el Director de la Unidad de Logistica de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, durante el Ejercicio Fiscal 2012, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, las facultades senaladas a continuacion. 1. Celebrar los contratos derivados de los procesos de seleccion y de las exoneraciones, para la contratacion de bienes, servicios y obras, asi como suscribir addendas para su modificacion, de corresponder. 2. Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. 3. Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 4º.- La delegacion de facultades a que se refiere la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 5º.- El Director General de la Oficina de Administracion MORDAZA cuenta ante el Despacho Ministerial, el primer dia util de cada mes, sobre los actos realizados en virtud de la delegacion dispuesta por la presente Resolucion Ministerial. Articulo 6º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion Ministerial.