Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2012 (28/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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VIII. FLUJOGRAMA No aplica. IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS Es aplicable lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.° 1053, su Tabla de Sanciones, aprobada por Decreto Supremo N.° 031-2009-EF, la Ley de los Delitos Aduaneros, Ley N.° 28008 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 121-2003-EF y la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N.° 27444, y normas modificatorias. X. REGISTROS - Solicitudes dirigidas al MINCETUR para verificacion de origen de mercancias importadas bajo el presente procedimiento. Codigo: RC-01-INTA-PE 01.30 MORDAZA de Almacenamiento: Fisico Tiempo de conservacion: Cinco (05) anos Ubicacion: Division de Seguimiento a Tratados Internacionales Responsable: Division de Seguimiento a Tratados Internacionales XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS No aplica Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FRASSINETTI YBARGUEN Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) 783071-1

la SUNAT (www.sunat.gob.pe) el proyecto de la presente norma; En virtud a lo dispuesto en el inciso g) del Articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria aprobado con Decreto Supremo N° 115-2002-PCM, y de conformidad con las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N° 122-2003/SUNAT, la Resolucion de Superintendencia N° 028-2012/SUNAT y el Memorandum N° 94-2012-SUNAT/100000; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el numeral 1, el primer parrafo del numeral 6, el tercer parrafo del numeral 6.1.3, el numeral 6.1.12, el numeral 6.2 y el numeral 6.3 del literal A de la Seccion IV del Instructivo de Trabajo "Valoracion de Vehiculos Usados" INTA-IT.01.08 (version 3) conforme a los siguientes textos: "1. Primer metodo, del valor de transaccion de mercancias: Este metodo no es aplicable para determinar el valor en aduana de los vehiculos usados, reparados o reacondicionados en la ZOFRATACNA y/o en los CETICOS, en tanto tienen un estado diferente respecto a como fueron vendidos para su exportacion" "6. MORDAZA metodo del ultimo recurso: se aplican los criterios establecidos en el articulo 6° de la Resolucion 1456 de la Comunidad MORDAZA "Casos especiales de valoracion aduanera" los cuales se aplican de manera sucesiva y excluyente conforme se indica a continuacion:" "6.1.3 ... Para determinar el valor de los vehiculos usados, adquiridos y procedentes de Estados Unidos de Norteamerica, se utilizan la publicaciones NADA (www.nada.com) o BLACK BOOK, en ese orden. Para la aplicacion de la publicacion NADA, se debera tener en cuenta lo siguiente: a) Para vehiculos usados (Used Cars/Trucks): Se selecciona el valor indicado en la columna "Average TradeIn" para importaciones efectuadas por importadores bajo la condicion de mayoristas o "Clean Retail" para aquellos que tengan la condicion de minoristas. b) Para camiones comerciales (Commercial Trucks): Se selecciona el valor indicado en la columna "Wholesale" para importaciones efectuadas por importadores bajo la condicion de mayoristas y "Retail" para aquellos que tengan la condicion de minoristas. Para la aplicacion de la publicacion BLACK BOOK, se debera tener en cuenta lo siguiente: a) Se selecciona el valor indicado en la columna "Wholesale" del estado Average, para importaciones efectuadas por importadores bajo la condicion de mayoristas. b) Se selecciona el valor indicado en la columna "Retail" del estado Average, para importaciones efectuadas por importadores bajo la condicion de minoristas." "6.1.12 De no identificar referencias de precios de vehiculos similares en las publicaciones, el valor del vehiculo se determina considerando el valor de un vehiculo similar contenido en el SIVEP, el mismo que puede haber sido determinado conforme al 1°, 2°, 3°, 4° o 6° metodo de valoracion." "6.2 De no encontrar referencias de precios en las publicaciones o en el SIVEP, el valor en aduana se calcula de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del articulo 6° de la Resolucion 1456 de la Comunidad MORDAZA, es decir, a partir del precio de la factura comercial o contrato, al cual se le agrega el importe de la reparacion, reacondicionamiento, transformacion o reconstruccion, el costo de los materiales incorporados, de la mano de obra y el beneficio de quien efectuo el trabajo; asimismo, el gasto total por: el transporte internacional, por el transporte interno en el Peru, por el seguro correspondiente al transporte internacional y nacional del vehiculo, por el concepto de ingreso del vehiculo a la ZOFRATACNA

Modifican el Instructivo de Trabajo "Valoracion de Vehiculos Usados", INTA-IT.01.08 (Version 3) aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 1672009/SUNAT/A
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 203-2012/SUNAT/A Callao, 27 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000167-2009/SUNAT/ A, se aprobo la tercera version del Instructivo de Trabajo "Valoracion de Vehiculos Usados", INTA-IT.01.08; Que la Resolucion 1456 de la Comunidad MORDAZA, sobre casos especiales de valoracion aduanera, deroga a la Resolucion 961 que sustenta el primer parrafo del numeral 6 y los numerales 6.2 y 6.3 del literal A) de la Seccion IV del Instructivo de Trabajo "Valoracion de Vehiculos Usados", INTA-IT.01.08, por lo que resulta necesario proceder a su modificacion; Que asimismo resulta conveniente precisar y modificar los numerales 1, 6.1.3, y 6.1.12, del literal A, de la Seccion IV del referido Instructivo, referidos a la no aplicacion del primer metodo de valoracion y la utilizacion de publicaciones para la determinacion del valor en aduanas de vehiculos usados; Que de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, con fecha 24 de MORDAZA del 2012 se publico en el MORDAZA web de