Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2012 (24/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 24 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464819

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Modifican Anexo Nº 01 "Plan Complementario SIS" de la Directiva Nº 05-2010-SIS/GO
RESOLUCION JEFATURAL Nº 063-2012/SIS MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Memorando Nº 01-2012-SIS-GREP-GNF de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando Nº 188-2012-SIS-GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y los Informes Nº 063 y Nº 105-2012-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO Que, por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud (SIS), como un Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, calificado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008PCM como Organismo Publico Ejecutor, cuya mision es administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion mas pobre y vulnerable carente de seguro de salud, de conformidad con la politica del Sector; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el articulo 32º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, senala que la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de Prestaciones es el organo de linea que propone politicas y mecanismos de control de las prestaciones financiadas por el regimen subsidiado y semicontributivo y el cumplimiento de las garantias, normas e instrucciones que dicte el Ministerio de Salud, tanto por parte de los prestadores, como de los beneficiarios, con los cuales el SIS tenga convenios o contratos; Que, el articulo 34º del precitado Reglamento senala que la Gerencia de Negocios y Financiamiento es el organo de linea encargado de desarrollar, implementar y conducir los procesos financieros de los procesos de negocios (compra ­ venta) de aseguramiento, para la administracion optima de los seguros que brinde el SIS; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, senala que el aseguramiento universal en salud es un MORDAZA orientado a lograr que toda la poblacion residente en el territorio nacional disponga de un seguro de salud que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y de dignidad sobre la base del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), dentro de un criterio de gradualidad y progresividad; Que, el articulo 7º de la acotada Ley, considera al Seguro Integral de Salud como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) y en su articulo 17º establece que estas pueden ofrecer planes que complementen al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS); Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-SA se aprueba el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), como el listado de Condiciones Asegurables, Intervenciones y Prestaciones y las Garantias Explicitas,

que como minimo son financiadas a todos los asegurados por las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud, MORDAZA publicas, privadas o mixtas; Que, el articulo 99º del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pueden ofrecer Planes Complementarios al PEAS; asimismo en su articulo 100º, faculta a las IAFAS a estructurar planes complementarios respetando las condiciones del PEAS y senala que el valor de los mismos es determinado en funcion de la extension y caracteristicas de la cobertura ofertada; Que, mediante Resolucion de Intendencia de Regulacion, Autorizacion y Registro Nº 00101-2012SUNASA/IRAR de fecha 02 de marzo de 2012, se aprueba la inscripcion del Seguro Integral de Salud en el Registro de Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), con el certificado de Registro Nº 10001; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 133-2010/SIS, se aprobo la Directiva Nº 05-2010-SIS/GO, "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas"; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 134-2010/SIS, se aprobo la Directiva Nº 01-2010-SIS/J "Directiva que establece disposiciones sobre el Plan Complementario al PEAS, denominado Cobertura Extraordinaria de Enfermedades para el Regimen Subsidiado del Seguro Integral de Salud en el ambito del Aseguramiento Universal en Salud"; Que, de acuerdo al documento de vistos, la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, manifiestan que resulta necesario modificar la Resolucion Jefatural Nº 133-2010/ SIS de manera que el codigo CIE 10 Z13.9 "Examen de Pesquisa Especial No especificado" sea incluido en el Anexo Nº 01 "Plan Complementario SIS" de la Directiva Nº 05-2010-SIS/GO "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", para financiar la confirmacion diagnostica hasta un tope de 1.5 UIT de codigos CIE 10 correspondientes a diagnosticos PRESUNTIVOS que MORDAZA tributarios de Cobertura Extraordinaria; Con el visto MORDAZA de Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incluir en la parte final del Anexo Nº 01 "Plan Complementario SIS" de la Directiva Nº 05-2010SIS/GO "Directiva que regula la cobertura prestacional del Regimen de Financiamiento Subsidiado en el MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, el Plan Complementario al PEAS y las Exclusiones Especificas", aprobada por Resolucion Jefatural Nº 133-2010/SIS, el siguiente parrafo: "Para poder realizar los examenes auxiliares que se necesiten para definir un diagnostico tributario de Cobertura Extraordinaria, y mientras sea PRESUNTIVO, se debera registrar el codigo CIE 10 del diagnostico(s) en mencion, marcandolo como presuntivo y adicionalmente el codigo CIE 10 Z13.9 "Examen de Pesquisa Especial No especificado", sin necesidad de solicitar Cobertura Extraordinaria, hasta un tope de 1.5 UIT por evento."