Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2011 (02/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449365

Articulo 2º.- Los Factores de Liquidacion "V" precisados en el articulo precedente, se aplicaran segun la formula aprobada por Resolucion Jefatural Nº 022-94 INEI, donde "V" corresponde al mes efectivo de pago de la valorizacion. Articulo 3º.- Los Factores de Liquidacion "V" de la presente Resolucion, se aplicaran exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidacion "V" anterior. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 685038-2

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Disponen publicacion del proyecto de Reglamento del Registro Unico de Infractores y Sanciones Ambientales RUISA
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 008-2011-OEFA/CD MORDAZA, 26 de agosto del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, a traves de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, en el inciso e) del articulo 11° de la Ley N° 29325, se establece que el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA tiene, entre otras, la funcion normativa, la cual comprende la facultad de dictar en el ambito y materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, y otras de caracter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o juridicas, publicas o privadas que fiscaliza; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29325, establece que el OEFA, mediante resolucion de su Consejo Directivo, aprobara los reglamentos que regulen las funciones de supervision directa, fiscalizacion y sancion en materia ambiental que se encuentren dentro de sus competencias; Que, el articulo 139° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece la implementacion dentro del Sistema Nacional de Informacion Ambiental, de un Registro de Buenas Practicas y de Infractores Ambientales, en el cual se registra a toda persona, natural o juridica, que cumpla con sus compromisos ambientales y promueva buenas practicas ambientales, asi como de aquellos que no hayan cumplido con sus obligaciones ambientales y cuya responsabilidad MORDAZA sido determinada por la autoridad competente; considerando infractor ambiental a quien ejerciendo o habiendo ejercido cualquier actividad economica o de servicio, genera de manera reiterada impactos ambientales por incumplimiento de las normas ambientales o de las obligaciones a que se MORDAZA comprometido en sus instrumentos de gestion ambiental; Que, en tal sentido, resulta necesario contar con un Reglamento que regule la implementacion, contenido y funcionalidad del Registro Unico de Infractores y Sanciones Ambientales y su difusion a traves del Sistema de Informacion en Materia de Fiscalizacion Ambiental, propiciando la transparencia y difusion de la informacion relacionada a las sanciones impuestas por el OEFA y las Entidades de Fiscalizacion Ambiental por el incumplimiento de la normativa ambiental vigente; Que, en el literal b) del articulo 28° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 0022009-MINAM, se dispone la participacion ciudadana en el diseno y aplicacion de politicas, normas e instrumentos

Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 2011
RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2011-INEI MORDAZA, 1 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-08-2011/ DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 2011, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de agosto de 2011, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, tal como se detalla a continuacion: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 685038-3 AGOSTO 2011 360,63 537,15 366,50 448,29 238,59 823,89