Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2011 (09/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
US $ 1,780.80 US $ 1, 320.00 US $ 22.00 US $ 3,122.80

453045

Pasajes (incluye TUUA) Viaticos Service fee TOTAL

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado profesional debera presentar al Titular del Sector, con MORDAZA a las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Administracion, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a ley. Articulo 4º.- Encargar al senor MORDAZA REINIERO MORDAZA MORDAZA, Director de la Oficina de Estadistica, las funciones de Director General de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, en adicion a sus funciones, a partir del 09 de noviembre de 2011 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de cualquier clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Ministro de la Produccion 713942-1

Que, en tal sentido se ha dispuesto modificar el nivel profesional, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza, como Agregada Cultural en la Embajada del Peru en los Estados Unidos de America; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; los articulos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en concordancia con los articulos 12°, 16° y 18° del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza, la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico; y el Decreto Supremo N° 0009-1988-RE, Estatuto del Servicio Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el nivel profesional, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza, como Agregada Cultural en la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 1°.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Agregada Cultural, Nivel SPE, de la Embajada del Peru en los Estados Unidos, a partir del 01 de octubre de 2011". Articulo 2°.- Dejar subsistente en todo lo demas el contenido de la Resolucion Ministerial N° 0802-2011-RE y de la Resolucion Ministerial N° 0699-2011-RE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 713481-1

RELACIONES EXTERIORES
Modifican nivel profesional de funcionaria por el de Agregada Cultural de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1077/RE MORDAZA, 7 de noviembre de 2011 VISTAS: La Resolucion Ministerial N° 0699-2011-RE, que designa a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza, nivel STE, como Agregada Cultural en la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 18 de agosto de 2011; La Resolucion Ministerial N° 0802-2011-RE, que modifica la fecha en que la citada funcionaria asumira funciones como Agregada Cultural en la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, a partir del 01 de octubre de 2011; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 12° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, la confianza no es calificativo del cargo sino atribuible a la persona por designar, tomando en cuenta su idoneidad basada en su versacion o experiencia para desempenar las funciones del respectivo cargo; Que, el articulo 16° del Decreto Supremo N° 005-90PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, senala que los grupos ocupacionales son categorias que permiten organizar a los servidores en razon a su formacion, capacitacion o experiencia reconocida. Los grupos ocupacionales son: profesional, tecnico y auxiliar; Que, el articulo 18° del Decreto Supremo N° 005-90PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, establece que el grupo profesional esta constituido por servidores con titulo profesional o grado de academico reconocido por la Ley Universitaria; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es abogada titulada por la Universidad de San MORDAZA de Porres, egresada de la Maestria en Derecho por la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA y cuenta con estudios de post grado en Derecho;

Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en la III Ronda de Negociaciones para alcanzar un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre Peru y Venezuela
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1078/RE MORDAZA, 7 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, las preferencias arancelarias establecidas por el Programa de Liberalizacion, en el MORDAZA del Acuerdo de Cartagena, fueron extendidas en dos oportunidades, por 90 dias cada una, mediante los siguientes intercambios de notas: Notas RE (GAB) Nº 6-24/19, de la Republica del Peru y RE 000092 de Republica Bolivariana de Venezuela, de fecha 15 de MORDAZA de 2011; y Notas RE (GAB) Nº 06/27 de la Republica del Peru y I.DVMALC Nº 1248 de la Republica Bolivariana de Venezuela, del 18 y 20 de MORDAZA de 2011, respectivamente; Que, de acuerdo al programa de trabajo establecido, la III Ronda de Negociaciones para alcanzar un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre la Republica del Peru y la Republica Bolivariana de Venezuela, se realizara en la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 09 al 11 de octubre de 2011; Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0751/2011, de la Direccion General para Asuntos Economicos, de 27 de octubre de 2011; y (OPP) N° OPP2259/2011, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de 07 de noviembre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje;