Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2011 (03/11/2011)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

452684

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2011

e) Las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en el Acto Electoral. CAPITULO II DE LA CONVOCATORIA Articulo 14°.- CONVOCATORIA Una vez publicada la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, La Convocatoria estara a cargo del Comite Electoral y sera publicada en los diarios de circulacion nacional, en la pagina web, en carteles y lugares visibles de la Municipalidad de Los Olivos. Ademas se notificara a las organizaciones de la Sociedad Civil en el domicilio que figura en el Registro de Organizaciones Sociales de la Municipalidad de Los Olivos", siempre y cuando acrediten personeria juridica (SUNARP o Municipal) y con un minimo de 3 (tres) anos de actividad institucional comprobada establecido en el Articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972. En la Convocatoria se establecera el lugar, fecha y la hora de la realizacion de las elecciones. En ningun caso, el lugar de las elecciones puede llevarse a cabo fuera del distrito. Articulo 15°.- PLAZOS DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se realizara dentro de los cinco dias posteriores a la publicacion de la ordenanza y de acuerdo al cronograma del reglamento del Comite Electoral. CAPITULO III DEL PADRON ELECTORAL Articulo 16°.PARTICIPACION EN LAS ELECCIONES Las organizaciones sociales con inscripcion vigente en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD de la Municipalidad de Los MORDAZA pueden participar en el MORDAZA electoral a que se refiere la presente Ordenanza. Articulo 17°.- PADRON ELECTORAL El Padron sera elaborado y definido por el Comite Electoral, en el cual debe constar los datos de la organizacion participante, los nombres y apellidos y el numero del D.N.I. de los delegados electores, debidamente inscritos en el Registro de Organizaciones Sociales para el CCLD, proporcionado por la Oficina de Participacion Ciudadana. Pueden presentarse tachas contra los delegados electores, debidamente sustentadas ante el Comite Electoral dentro de las 24 horas (horario de oficina) y seran resueltas en el plazo establecido en el Cronograma Electoral. La resolucion que resuelva la relacion de electores habiles (Delegados Inscritos) sera publicada el mismo dia de subsanadas las tachas y de acuerdo a lo que establezca el presente reglamento y el Cronograma Electoral. CAPITULO IV DEL MORDAZA ELECTORAL Articulo 18°.- CANDIDATOS En las elecciones a que se refiere la presente Ordenanza son candidatos elegibles todos los delegadoselectores. Articulo 19°.- CARACTERISTICAS DEL MORDAZA El MORDAZA es secreto y obligatorio. Los delegadoselectores que no concurran a la votacion imposibilitan la participacion de la organizacion social que representan en la eleccion a realizarse. Los nombres de los delegados-electores se publicaran en el Padron Electoral y en el Cartel de Candidatos los nombres de los que postulan. Articulo 20°.- DE LOS CANDIDATOS a. Los candidatos deberan ser los representantes de las organizaciones con personeria juridica, SUNARP o Municipal de las tres (03) zonas del distrito: MORDAZA Norte (entre la Av. Malecon Chillon y la Av. Central), MORDAZA Centro (entre la Av. Central y la Av. Los Alisos - incluida la MORDAZA

industrial) y la MORDAZA Sur (entre las Av. Los Alisos y Av. MORDAZA Valle). b. Una misma persona no puede figurar en mas de una zona. c. El Comite Electoral asignara un numero de acuerdo al Orden de Inscripcion. Articulo 21°.- EL MATERIAL ELECTORAL El material electoral esta conformado por el Padron Electoral, el Cartel de Candidatos, la Cedula de Votacion, una cabina secreta, un anfora, el Acta Electoral, y otros que se consideren necesarios. Articulo 22°.- INSTALACION DEL CENTRO DE SUFRAGIO EL Comite Electoral entregara el material electoral a los miembros de mesa una (01) hora MORDAZA de la instalacion del Centro de Sufragio y del inicio del MORDAZA eleccionario en el lugar de la votacion, para lo cual se considerara a 3 miembros de mesa por cada MORDAZA (Norte, Centro y Sur). Articulo 23°.- DE LOS MIEMBROS DE MESA Participaran en calidad de miembros de mesa los funcionarios y/o trabajadores de la Municipalidad de Los MORDAZA que designe el Comite Electoral, siempre y cuando no MORDAZA miembros del Comite Electoral. Para este acto podran participar los personeros de las listas de candidatos inscritos. Concluyen sus funciones luego del escrutinio y entrega del acta al Comite Electoral. Articulo 24°.- DIFUSION DE LA LISTA DE CANDIDATOS Y DELEGADOS ELECTORES EL Comite Electoral publicara de acuerdo al cronograma electoral el cartel de candidatos inscritos y debera estar debidamente zonificado segun la MORDAZA que corresponda (Zona Norte, Centro y Sur), con la respectiva numeracion de acuerdo a su inscripcion, asi como la relacion de los delegados-electores en los carteles de la Municipalidad de Los MORDAZA, en el Centro de votacion (camara secreta) y en la Pagina Web. Articulo 25°.- VOTACION Los delegados electores, luego de identificarse ante el comite electoral y miembros de mesa, con su documento de identidad, pasaran a la camara secreta a emitir su MORDAZA, el elector marcara la cedula solo con un aspa o una MORDAZA dentro del recuadro que contiene el numero del candidato o candidata de su preferencia (cualquier otra forma de inscripcion invalida el voto), luego de depositar su MORDAZA en el anfora, suscribira el Padron Electoral e imprimira su huella digital. Articulo 26°.- CANDIDATOS ELECTOS Seran considerados como representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital periodo 2011 ­ 2013, los 6 candidatos que obtengan la mayoria simple de los votos emitidos (dos por cada zona). En caso de empate en la MORDAZA, el Comite Electoral sometera a sorteo. Articulo 27°.ELECTORAL EL ESCRUTINIO Y EL ACTA

a. El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, a cargo de los miembros de mesa, pudiendo participar los personeros y supervisada por los miembros del Comite Electoral. b. Los resultados seran anotados en el Acta Electoral y suscritos en tres (3) ejemplares para ser distribuidos de la siguiente manera: Un ejemplar para el Presidente del Comite Electoral. Un ejemplar para la Publicacion en el Centro de Votacion. Un ejemplar para el organismo electoral correspondiente. Articulo 28°.- DESTINO DE LAS CEDULAS DE VOTACION El Comite Electoral destruira las cedulas de votacion utilizadas y no utilizadas, una vez concluido el sufragio.