Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2011 (03/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de noviembre de 2011

Articulo 4º.- De los Grupos Familiares inscritos en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 176-2011VIVIENDA Los Grupos Familiares Potencialmente Elegibles de todas las zonas focalizadas, inscritos a la fecha, en el MORDAZA de la MORDAZA Convocatoria 2011, que no hayan sido incluidos en el listado de Grupos Familiares Elegibles, conservaran su condicion en la presente convocatoria complementaria, siempre que acrediten ante el Fondo MIVIVIENDA S.A. su calidad de damnificado conforme a lo establecido en el articulo 3 de la presente Resolucion Ministerial, para lo cual contaran con un plazo de veinte (20) dias calendario, contados desde la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Para dichos efectos, el Fondo MIVIVIENDA S.A., debera publicar a traves de su Pagina Web y en las sedes de las municipalidades provinciales y distritales que correspondan, la relacion de los Grupos Familiares Potencialmente Elegibles que no resultaron favorecidos con los 2,000 BFH de la MORDAZA Convocatoria. El Fondo MIVIVIENDA S.A a traves de los medios de comunicacion masiva local debera difundir los lugares donde la poblacion podra consultar la relacion mencionada en el parrafo anterior. Articulo 5º.- Convocatoria de Entidades Tecnicas para la provincia de MORDAZA Convoquese a las personas naturales o juridicas que no se encuentren inscritas como postulantes a Entidad Tecnica del Programa Techo Propio en la MORDAZA Convocatoria 2011, y que desarrollan sus actividades en la provincia de MORDAZA, a participar en la presente convocatoria complementaria, para lo cual deberan postular a traves del Fondo MIVIVIENDA S.A., en un plazo de veinte (20) dias calendario contados a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 6º.- Publicacion de los Grupos Familiares Elegibles de la MORDAZA Convocatoria Complementaria El listado de los Grupos Familiares Elegibles sera publicado en la sede de la municipalidad provincial y de las municipalidades distritales que correspondan, y en la pagina web del Fondo MIVIVIENDA S.A., en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados a partir de la calificacion y/o sorteo respectivo, a efecto que la ciudadania pueda formular las impugnaciones a los Grupos Familiares Elegibles, las mismas que seran evaluadas y resueltas por el Fondo MIVIVIENDA S.A. El listado de los Grupos Familiares Elegibles, sera publicado en la sede de la municipalidad distrital correspondiente y en la pagina web del Fondo MIVIVIENDA S.A., en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de culminada la calificacion y/o sorteo respectivo, a efectos que la ciudadania pueda formular las impugnaciones que crea conveniente, las mismas que seran evaluadas y resueltas por el Fondo MIVIVIENDA S.A. Articulo 7º.- Excepcion Exceptuese la presente convocatoria complementaria de lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 091-2011VIVIENDA, respecto a la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.-Sistema de calificacion para el Registro Facultese al Fondo MIVIVIENDA S.A., a determinar mediante normativa interna, un sistema de calificacion para el Registro de Entidades Tecnicas y el numero MORDAZA de BFH a asignar a las Entidades Tecnicas participantes de la MORDAZA Convocatoria 2011 y su complementaria, para lo cual los postulantes deberan presentar la documentacion solicitada oportunamente por dicho Fondo. Segunda.-Evaluacion de Postulantes a Entidades Tecnicas Para efectos de la evaluacion de los postulantes a Entidad Tecnica indicada en el articulo anterior, se podra presentar informacion actualizada correspondiente al ejercicio 2011.

Tercera.- De la atencion de los Grupos Familiares De existir un numero mayor de Grupos Familiares Potencialmente Elegibles que BFH ofertados, la declaratoria de elegibilidad sera definida mediante Sorteo Publico debiendo contar con la fe notarial correspondiente. Cuarta.- De las Entidades Tecnicas inscritas en la Primera Convocatoria 2011 y su complementaria Precisese que la Primera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial Nº194-2011-VIVIENDA, solo sera aplicable a las Entidades Tecnicas inscritas en el MORDAZA de la Primera Convocatoria 2011 y su complementaria, que soliciten desembolsos con la MORDAZA del Certificado de Finalizacion de Obra emitido por la Municipalidad correspondiente y el Acta de conformidad suscrita por la Jefatura Familiar con firmas legalizadas ante Notario Publico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Unica.- Del Registro de las Entidades Tecnicas Facultese al Fondo MIVIVIENDA S.A., a realizar el registro de los postulantes al Programa como Entidad Tecnica en el MORDAZA de la MORDAZA Convocatoria 2011 y su complementaria siempre que califiquen como aptas, a efectos que puedan iniciar sus operaciones luego de la publicacion del listado de Grupos Familiares Elegibles correspondiente. Estas Entidades Tecnicas seran complementadas con las Entidades Tecnicas que resulten registradas en aplicacion del articulo 6 de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 711335-1

Convocan a poblacion damnificada por sismos ocurridos en el departamento de Ica para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales - BFH en el MORDAZA del Programa Techo Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 224-2011-VIVIENDA MORDAZA, 2 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BFH como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el mismo que se otorga en los ambitos MORDAZA y rural, por una sola vez al grupo familiar beneficiario, sin cargo de restitucion por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una Vivienda de Interes Social; en el MORDAZA del MORDAZA de distribucion regional y descentralizada, de acuerdo a las necesidades de vivienda, a efectos de lograr la mayor colocacion del BFH en las zonas rurales y urbanas; Que, con Resolucion Ministerial N° 054-2002VIVIENDA se declara de utilidad publica la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio con el objetivo de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los sectores populares a una vivienda MORDAZA y estimular la participacion del sector privado en la construccion de viviendas de interes social; Que, mediante Convenio de Transferencia Financiera entre la Municipalidad Provincial de Ica y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se establecieron medidas para el financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales para el desarrollo de Programas de Vivienda en la circunscripcion territorial de la referida