Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2011 (07/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 428-2010-CE-PJ

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de marzo de 2011

la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 610165-16

MORDAZA, 28 de diciembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 047-2010-CGDAM-JM, cursado por representantes del Comite de Gestion de Desarrollo del Asentamiento Humano "Jesus Maria" - Sullana, y el Informe Nº 260-2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, representantes del Comite de Gestion de Desarrollo del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA ­ Sullana, solicitan informacion respecto a la creacion del Juzgado de Paz en dicho Asentamiento Humano, Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura; Segundo: Que, teniendo en cuenta el Acuerdo adoptado en Sala Plena Ordinaria del 11 de MORDAZA de 1995, mediante el cual se creo el Juzgado de Paz del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA, y la Resolucion Administrativa Nº 400-2000-P expedida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA con fecha 15 de setiembre de 2000, donde se designo a los Jueces de Paz y Accesitarios del citado Distrito Judicial, figurando entre los designados el Juez del Juzgado de Paz del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura; implica que el mencionado organo jurisdiccional esta en funcionamiento, situacion que es necesario regularizar; Tercero: Que, del analisis del acervo documentario que guarda relacion con las creaciones de los Juzgados de Paz, no aparece que a nivel de este Organo de Gobierno se MORDAZA procedido con la expedicion de la respectiva resolucion de creacion, motivo por el cual resulta necesario proceder a la evaluacion del caso, a fin de adoptar la mejor decision posible; Cuarto: Que, en tal sentido, conforme a la revision precedentemente senalada, y teniendo en cuenta que su poblacion aproximada es de 2,515 habitantes, conjuntamente con el Asentamiento Humano 15 de Marzo, y ademas que existe necesidad de contar con una autoridad judicial que resuelva los conflictos que se presenten de naturaleza civil, penal, de familia; asi como asuntos notariales; estando a las dificultades de acceso a los Juzgados de Paz mas proximos y por geografia de la zona; deviene en pertinente adoptar decision sobre el particular; Quinto: Que, en ese orden de ideas, el Informe Nº 260-2010-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible regularizar la creacion del Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA con competencia territorial ademas en el Asentamiento Humano 15 de Marzo y Relleno Sanitario; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 24 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear, en via de regularizacion y en estricta atencion a la naturaleza especial de la justicia de paz, con efectividad al 11 de MORDAZA de 1995, el Juzgado de Paz del Asentamiento Humano MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de Sullana, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, cuya competencia territorial comprende ademas el Asentamiento Humano 15 de Marzo y Relleno Sanitario. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de

Incorporan diversos Centros Poblados y Caserios a la competencia jurisdiccional de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Yanahuanca, Distrito Judicial de Pasco
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 429-2010-CE-PJ MORDAZA, 28 de diciembre de 2010 VISTOS: Los Oficios Nº 169-2010-P-CSJPA/PJ y Nº 8852010-P-CSJHN/PJ, cursados por las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Pasco y de MORDAZA, respectivamente; el Memorial de la Comunidad Campesina San MORDAZA de MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento de Pasco, y el Informe Nº 147-2010-SEP-GP-GG-PJ, emitido por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Gobernador del Distrito de MORDAZA, Distrito de MORDAZA, Provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento de Pasco, somete a consideracion de este Organo de Gobierno propuesta de incorporacion de los Centros Poblados Ocho de Diciembre, Independencia y los Caserios de Mesapata, Chira y Tambillo de la Provincia de Lauricocha, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, a la competencia de los organos jurisdiccionales de Yanahuanca, Provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de Pasco; Segundo: Que, las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Pasco y MORDAZA, refieren que por razones de acceso, los Centros Poblados de Ocho de Diciembre, Independencia y los Caserios de Mesapata, Chira y Tambillo de la Provincia de Lauricocha, deberian ser incorporados dentro de la jurisdiccion de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Yanahuanca de la Provincia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de Pasco; Tercero: Que, de conformidad con los datos publicados en la pagina web del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), respecto al IX Censo de Poblacion y IV de Vivienda del ano 2003, los Centros Poblados de Ocho de Diciembre, Independencia, y el Caserio Mesapata, del Distrito de San MORDAZA de Cauri, Provincia de Lauricocha, contaban con 124 habitantes aproximadamente, respecto a los Caserios: Chira y Tambillo, no se cuenta con informacion estadistica por estar conformados por poblacion dispersa; Cuarto: Que, los pobladores de los Centros Poblados de Ocho de Diciembre, Independencia y