Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, el Ministerio de Economia y Finanzas, esta autorizado para realizar operaciones de administracion de deuda dirigidas a disminuir los riesgos de refinanciamiento y/o de mercado; Que, mediante Nota Verbal N° 0317/2008 del 16 de junio de 2008, la Republica Federal de Alemania informo que su Parlamento autorizo el desarrollo de operaciones de canje de deudas con el Gobierno Peruano, hasta por un total de EUR 48 440 000,00 (CUARENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 EUROS); Que, con cargo al monto MORDAZA indicado, el Gobierno del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau - KfW de Alemania han acordado celebrar una operacion de administracion de deuda, bajo la modalidad de canje de deuda, que comprende a los vencimientos por concepto de principal e intereses, de fecha 30 de junio de 2011 y 30 de junio de 2012, hasta por EUR 7 998 907,01 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SIETE Y 01/100 EUROS), correspondientes a las operaciones de endeudamiento aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 397, 448 y 506, y los Decretos Supremos Nº 299-81EF, 428-83-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 502-84-EFC, 488-85-EF, 143-93-EF, 159-93-EF, 153-94-EF, 124-95-EF, 065-96-EF, 129-96-EF, 131-96-EF, 160-97-EF, 184-97-EF y 171-99-EF; Que, con los recursos provenientes del canje de deuda MORDAZA citado, se constituira un Fondo Contravalor, que sera administrado por el Fondo de Promocion de las Areas Naturales Protegidas del Peru - PROFONANPE, y que se destinara a financiar tres (03) proyectos que han sido acordados con el Gobierno de Alemania; Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º y la Octava Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563 disponen que las operaciones de administracion de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas; Que, de acuerdo con el Articulo 38º de la acotada Ley General, las operaciones de conversion de deuda del Gobierno Nacional se formalizan mediante la suscripcion de acuerdos bilaterales entre la Republica del Peru y el acreedor, precisandose que en el MORDAZA de dichas operaciones, pueden constituirse fondos contravalor destinados a financiar proyectos y/o programas prioritarios; Que, sobre la referida operacion de administracion de deuda ha opinado favorablemente la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 17) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion administracion de deuda de operacion de

Apruebese la operacion de administracion de deuda, bajo la modalidad de canje de deuda, que comprende a los vencimientos por concepto de principal e intereses, de fecha 30 de junio de 2011 y 30 de junio de 2012, hasta por EUR 7 998 907,01 (SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SIETE Y 01/100 EUROS), correspondientes a las operaciones de endeudamiento aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 397, 448 y 506, y los Decretos Supremos Nº 299-81-EF, 42883-EFC, 230-84-EFC, 379-84-EFC, 502-84-EFC, 48885-EF, 143-93-EF, 159-93-EF, 153-94-EF, 124-95-EF, 065-96-EF, 129-96-EF, 131-96-EF, 160-97-EF, 18497-EF y 171-99-EF, cuyo detalle esta contenido en el Anexo que forma parte de este decreto supremo, con el objeto de financiar el Proyecto de Gestion Efectiva de Areas Naturales Protegidas ­ SINANPE III; el Proyecto de Fortalecimiento de la Conservacion de la Biodiversidad a traves del Programa Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ PRONANP; y el Proyecto para la Conservacion de las Areas Protegidas Marinas y Costeras del Peru, con enfasis en la Reserva Nacional del Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras ­ Tercera Fase del Programa Proteccion de Areas Naturales ­ PAN III. Articulo 2°.- Fondo Contravalor Dispongase la constitucion del Fondo Contravalor con los recursos provenientes de la operacion de administracion de deuda que se aprueba en el articulo precedente, que sera administrado por el Fondo de Promocion de las Areas Naturales Protegidas del Peru - PROFONANPE, en los terminos y condiciones a ser acordados con el Gobierno de Alemania. Articulo 3°.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el convenio que formalice la operacion de administracion de deuda que se aprueba mediante este Decreto Supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los demas documentos que se requieran para la implementacion de dicha operacion. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

DIARIO OFICIAL

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION