Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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facultad normativa del Presidente de la Republica emitir decisiones de caracter especifico mediante Resoluciones Supremas; Estando a la propuesta efectuada por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Trasladar a la Cripta de los Heroes ubicada en el Cementerio "Presbitero Maestro", los restos mortales de quien fuera Ministro de MORDAZA, General MORDAZA MORDAZA en su condicion de Jefe del Primer Cuerpo del Ejercito en las batallas de San MORDAZA y Chorrillos, y vencedor de la batalla de San Juan. Articulo 2º.- Instalar en la Cripta de los Heroes ubicada en el Cementerio "Presbitero Maestro" una placa que guarde la memoria del MORDAZA MORDAZA Pinglo Pinglo y del MORDAZA 2º MORDAZA MORDAZA MORDAZA, heroes del Ejercito del Peru, caidos en accion de MORDAZA en el combate de La Pedrera del 11 de MORDAZA de 1911. Articulo 3º.- Autorizar al Ministerio de Defensa para que realice las demas acciones de homenaje que corresponden por el centenario de este importante episodio en la historia militar del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 657010-11

Ascienden a personal militar EP a los MORDAZA de Suboficial de MORDAZA y Suboficial de Tercera por hechos meritorios en accion de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 255-2011-DE/ MORDAZA, 22 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru prescribe, en su articulo 167º, que el Presidente de la Republica es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional y; asimismo, en su posterior articulo 168º que las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organizacion, las funciones, las especialidades, la preparacion y el empleo; y MORDAZA la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 29605, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, de fecha 22 de octubre de 2010, establece que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el organo de ejecucion del Ministerio de Defensa, encargado de planificar, organizar, dirigir y conducir las operaciones y acciones militares conjuntas de las Fuerzas Armadas en funcion de los objetivos de la politica de seguridad y defensa nacional; asegurar la interoperabilidad, el accionar, la capacitacion y el entrenamiento conjunto de las Fuerzas Armadas, asi como la centralizacion de las actividades de inteligencia en el ambito militar; participar en la MORDAZA y ejecucion de la politica de seguridad y defensa nacional; y participar en la supervision y control del sistema de vigilancia de fronteras; Que, el Texto Unico Ordenado de Situacion Militar de Personal de Tecnicos, Suboficiales y Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas del Peru, aprobado por D.S. Nº 0192004-DE/SG de fecha 20 de octubre de 2004, define y garantiza los derechos y obligaciones fundamentales del personal de Tecnicos, Suboficiales y Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, en funcion de la categoria, MORDAZA y empleo y determina su situacion militar con relacion al Servicio, asimismo, en su articulo 11º dispone que el personal de Tecnicos, Suboficiales y Oficiales de Mar

tiene derecho a los MORDAZA inmediatos superiores con sujecion a los requisitos establecidos en los reglamentos respectivos; Que, la Ley del Servicio Militar, promulgada por Ley Nº 29248 de fecha 28 de junio de 2008, tiene por objeto regular el Servicio Militar Voluntario, su organizacion, alcances, modalidades, procedimientos y su relacion con la movilizacion, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru y los Convenios Internacionales de los cuales el Peru es parte y; particularmente, preve en su articulo 42º que el personal militar reenganchado puede acceder directamente a la jerarquia de Sub Oficial u Oficial de Mar, siempre y cuando cumplan con los requisitos y las condiciones que determine para tal efecto cada Institucion de las Fuerzas Armadas; Que, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para efectos del cumplimiento de sus funciones, tiene mando y autoridad sobre los Comandos Operacionales y Especiales y fuerzas militares a ellos asignadas, puestas a disposicion por las Instituciones Armadas, debidamente preparadas y alistadas, incluyendo recursos materiales y logisticos, conforme a lo dispuesto en el articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2011DE/ de fecha 30 de marzo de 2011; Que, el Ministro de Defensa ha propuesto otorgar el ascenso al grado inmediato superior del SO3 EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, SO3 EP MORDAZA MORDAZA Wildo y SGTO 1º (REE) EP MORDAZA MERA MORDAZA, a consecuencia de la recomendacion presentada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que guarda relacion con los hechos meritorios en accion de MORDAZA efectuados por estos efectivos militares el dia 04 de junio ultimo durante su desplazamiento en la MORDAZA de Incahuasi de la localidad de Choquetira, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA, para brindar seguridad y garantizar el desarrollo del MORDAZA Electoral - MORDAZA Vuelta Presidencial; donde como personal sobreviviente de la emboscada que fue objeto la patrulla "Leon D-2" del Batallon de Fuerzas Especiales "My EP MORDAZA MORDAZA SCHENONE" Nº 116, perteneciente a la 2da. Brigada de Infanteria del Ejercito del Peru, actuando con valentia, intrepidez, sacrificio superiores al cumplimiento del deber y poniendo en riesgo su propia MORDAZA repelieron el ataque ejecutado por delincuentes terroristas, impidiendo que se ultime al personal militar herido, asi como la apropiacion de armamento y equipos militares con que se contaba; Que, los hechos meritorios en accion de MORDAZA del referido personal militar deben senalarse como ejemplo de abnegacion y cumplimiento de sus deberes militares, que enaltece a quienes visten el uniforme militar; Estando a lo recomendado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ascender a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, al grado de Suboficial de MORDAZA EP, por los hechos meritorios en accion de MORDAZA, detallados en la parte considerativa de la presente resolucion, al personal militar perteneciente al Batallon de Fuerzas Especiales "My EP MORDAZA MORDAZA SCHENONE" Nº 116 - 2da. Brigada de Infanteria del Ejercito del Peru, que a continuacion se detalla: SO3 EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA SO3 EP MORDAZA MORDAZA Wildo Articulo 2º.- Ascender al grado de Suboficial de Tercera EP, por los hechos meritorios en accion de MORDAZA, detallados en la parte considerativa de la presente resolucion, al SGTO 1º (REE) EP MORDAZA MERA MORDAZA, perteneciente al Batallon de Fuerzas Especiales "My EP MORDAZA MORDAZA SCHENONE" Nº 116 - 2da. Brigada de Infanteria del Ejercito del Peru. Articulo 3º.- La presente resolucion sera refrendada por el Ministro de Defensa.