Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2010 (09/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2010

los recursos jurel y caballa durante el periodo 2000, 2002, y 2005, los cuales no correspondian a la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL-3027-CM; Que, a traves del Oficio Nº 3967-2010-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 12 de MORDAZA de 2010 se notifico a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA TEMPORA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA el inicio del procedimiento de caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL3027-CM, de conformidad con lo dispuesto en MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, al haberse verificado que la citada embarcacion no ha ejercido esfuerzo pesquero durante el periodo comprendido desde la obtencion del permiso de pesca (11 de MORDAZA 2003) y a la entrada en vigencia del mencionado Reglamento (14 de MORDAZA de 2007), otorgandoles un plazo diez (10) dias habiles para que ejerzan su derecho a defensa y demuestren el esfuerzo de pesca ejercido por su embarcacion; Que, el Registro de Declaraciones Juradas Mensuales por Concepto de Pago de Derechos de Pesca que posee el Area de Computo de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero en torno a la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL-3027CM no evidencia ejercicio de esfuerzo de pesca minimo para los recursos jurel y caballa correspondiente a los anos 2004 al 2007; Que, mediante Memorando Nº 569-2010-PRODUCE/ OGTIE, de fecha 15 de MORDAZA de 2010, la Oficina General de Tecnologia de de la Informacion y Estadistica, informo que respecto a la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL-3027-CM, no se encuentra registrada informacion sobre desembarques de la especie jurel y caballa para el periodo comprendido entre los anos 2003 a la fecha; Que, pesar de haberseles notificado validamente el inicio del procedimiento de caducidad de su permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa, asi como haberseles otorgado un plazo razonable para que MORDAZA uso de su derecho de defensa, los administrados no han presentado argumentos o pruebas que justifiquen el incumplimiento del esfuerzo pesquero minimo de su embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL-3027-CM, durante los anos 2004 al 2007; Que, de la evaluacion de los documentos obrantes en el expediente se desprende que la embarcacion MORDAZA EN TI CONFIO I, de matricula PL-3027-CM, no realizo el esfuerzo de pesca minimo durante los anos 2004 al 2007, por lo que resulta procedente la declaracion de caducidad del permiso de pesca correspondiente a la citada embarcacion referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa, de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE de fecha 12 de MORDAZA 2007; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 4952010-PRODUCE/DGEPP-Dch; y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; y De conformidad a lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA EN TI CONFIO I con matricula PL-3027-CM, otorgada con Resolucion Directoral Nº 194-2003-PRODUCE-DNEPP de fecha 11 de MORDAZA de 2003, unicamente en el extremo referido a los recursos jurel y caballa por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del

Ministerio de Defensa, como tambien debera consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 553183-3 RESOLUCION DIRECTORAL N° 608-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de Setiembre del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 58360 de fecha 22 de MORDAZA de 2010, el senor MORDAZA MORDAZA SIR representante de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA EIRL; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 425-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 13 de noviembre 2006, en estricto cumplimiento de la resolucion numero TRES del 28 de agosto del 2006 y ratificada mediante Resolucion DIEZ de fecha 30 de octubre del 2006, y bajo responsabilidad del Tercer Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA de la Corte Superior de MORDAZA, se otorgo permiso de pesca a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA para operar la embarcacion de MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA 2 con matricula PL- 4303-CM y de 98.87 m3 de capacidad de bodega, para extraer los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con el empleo de redes de cerco de tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas de la costa para la extraccion de los recursos jurel y caballa; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 1912009-PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de marzo de 2009, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA EIRL, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA DE MORDAZA 2 de matricula PL4303-CM, en los mismos terminos que fue otorgado su permiso de pesca con Resolucion Directoral Nº 425-2006PRODUCE/DGEPP; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE de fecha 12 de MORDAZA 2007, se aprobo el Reglamento del Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa el cual en su MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria establece que los permisos de pesca autorizados y otorgados para embarcaciones dedicadas a la extraccion de jurel y caballa que a la entrada en vigencia del citado Decreto Supremo no hayan realizado esfuerzo pesquero sobre dichos recursos para el consumo humano directo, conforme a lo previsto en las pertinentes normas del Reglamento de la Ley General de Pesca, seran declarados caducos debiendo el Ministerio de la Produccion emitir las resoluciones correspondientes; Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE de fecha 13 de marzo 2001, establece en su articulo 33 numeral 33.8 que los armadores que incumplan en dos anos consecutivos con demostrar que han realizado actividades de pesca y que cuente con las condiciones de operacion establecidas, seran sancionados con la caducidad del permiso de pesca de sus embarcaciones, salvo lo dispuesto en los numerales 33.4 y 33.7 del citado articulo; Que, el Registro de Declaraciones Juradas Mensuales por Concepto de Pago de Derechos de Pesca que posee el Area de Computo de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero en torno a la embarcacion pesquera MORDAZA DE MORDAZA 2 de matricula PT-4302-CM no evidencia ejercicio de esfuerzo de pesca para los recursos jurel y caballa correspondiente a los anos 2006 hasta la fecha; Que, mediante Memorando Nº 570-2010-PRODUCE/ OGTIE de fecha 15 de MORDAZA de 2010, la Oficina General de