Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2010 (30/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor"; en el presente caso debe tenerse en consideracion que del informe emitido por el Jefe de la Oficina de Logistica se aprecia que la Empresa Telefonica del Peru, es el unico proveedor que puede ofrecernos los servicios de ampliacion de Ancho de Banda de Internet a 10 MBPS y que ademas goza de la proteccion de derechos de propiedad intelectual. Tercero: Que, asimismo de conformidad al articulo 21º de la Ley de Contrataciones del Estado: "Las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad... MORDAZA de dichas resoluciones o acuerdos y los informes que los sustenten deben remitirse a Contraloria General de la Republica y publicarse en el sistema Electronicao de Contratacion del Estado (SEACE) dentro de los diez dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad...", la misma que debe ser concordada con lo dispuesto en el articulo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece: "La resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. En el caso de las empresas publicas, la aprobacion de las exoneraciones le corresponde al Directorio" y con lo dispuesto en el articulo 134º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece:" Las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones y los informes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) del articulo 20º de la Ley, seran publicadas a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda. En el mismo plazo, la referida informacion debera ser comunicada a la Contraloria General de la Republica, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de las Entidades que cuenten con dicho Organo; por lo que en el presente caso se disponga que la remision de documentos sea cumplida por la oficina de Secretaria General y la publicacion por el SEACE por la oficina de Logistica. Cuarto: Que, de conformidad al articulo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado que establece: " La Entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley. La propuesta podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por el organo encargado de las contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. El cumplimiento de los requisitos previstos para las exoneraciones, en la Ley y el presente Reglamento, es responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decision y ejecucion"; por lo que en el presente caso debe de encomendarse dicha funcion a la Direccion de Administracion, debiendo tener en cuenta que el proveedor cumpla con las condiciones exigidas en los literales b), c), e), h) e i) del articulo 26º de la Ley. En consecuencia, OPINA: 1) Que, se exonere el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, de Contratacion para el Servicio de Ampliacion de ancho de Banda Internet, debiendo disponerse la contratacion de la Empresa Telefonica del Peru S.A.A. 2) Que, se encomiende a la Direccion General de Administracion adopte las acciones complementarias para la contratacion de la Empresa, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de Contratacion del Estado. 3) Que, se disponga la publicacion de la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el SEACE dentro de los 10 dias habiles de su emision, se realice a traves de la Direccion de Administracion. 4) Que, se disponga que Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica la Resolucion de Exoneracion y de los Informes que la sustentan dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a

la fecha de aprobacion, con todos sus anexos, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de la UNHEVAL; Que el Rector remite el caso a Secretaria General con el Proveido N° 2018-2010-UNHEVAL-R, para que se emita la Resolucion correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector, por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la UNHEVAL; SE RESUELVE: 1. EXONERAR el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, de Contratacion para el Servicio de Ampliacion de ancho de Banda Internet a 10 MBPS para la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan de MORDAZA, debiendo disponerse la contratacion de la Empresa Telefonica del Peru S.A.A, por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolucion. 2. ENCOMENDAR a la Direccion General de Administracion ­ UNHEVAL, adopte las acciones complementarias para la contratacion de la mencionada Empresa, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el Articulo 135º del Reglamento de Contratacion del Estado. 3. DISPONER la publicacion de la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y el SEACE dentro de los 10 dias habiles de su emision, se realice a traves de la Direccion de Administracion. 4. DISPONER que Secretaria General remita a Contraloria General de la Republica la Resolucion de Exoneracion y los Informes que sustentan el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, con todos sus anexos, con MORDAZA a los Organos de Control Institucional de la UNHEVAL. 5. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo y demas organos internos adopten las acciones complementarias. 6. DAR A CONOCER esta Resolucion a los organos correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 487493-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Subregional Agraria de Andahuaylas
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2010-CR-APURIMAC EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha veinticinco de febrero del ano dos mil diez, llevada a cabo en la MORDAZA de Abancay. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre la Descentralizacion, prescribe que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa