Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2010 (27/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

417981

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de plantulas in vitro de zarzamora (Rubus fruticosus L.) de origen y procedencia Brasil de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaracion adicional: "Las plantulas in vitro se encuentran libres de : Xylella fastidiosa, Apple mosaic virus, Prunus necrotic ringspot virus y Tobacco streak virus, de acuerdo con el resultado de analisis de laboratorio oficial. 3. Los envases seran nuevos, transparentes, hermeticamente cerrados y que contengan un medio de cultivo esteril. 4. Debera contar con Registro de Importadores, lugares de produccion y responsables tecnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 5. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 6. El Inspector del SENASA tomara una muestra del envio para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fin de descartar la presencia de las plagas enunciadas en la declaracion adicional del producto. El costo del diagnostico sera asumido por el importador. 7. El MORDAZA de cuarentena posentrada tendra una duracion de diez y seis (16) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de produccion sera sometido por parte del SENASA a dos (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspeccion obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondra el destino final del producto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direcion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

Que, por razones del servicio el mencionado Tecnico Supervisor, viajo el dia 4 de MORDAZA del 2003 para prestar servicios en la referida Agregaduria Naval; Que, habiendo concluido con fecha 30 de junio de 2005 la Mision Diplomatica del referido Tecnico Supervisor y no habiendose nombrado el relevo correspondiente hasta el 1 de MORDAZA de 2005, por razones del servicio se dispuso su permanencia en el cargo hasta el 22 de agosto de 2005, periodo en el cual fue nombrado el relevo respectivo, efectuando la entrega de cargo y retornando al MORDAZA en esa fecha; razon por la cual se le adeuda la cantidad de OCHO MIL DOSCIENTOS SEIS CON 45/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 8,206.45), equivalente a CINCUENTA Y TRES (53) dias; Que, las circunstancias que ocasionaron el mayor tiempo de permanencia del Tecnico Supervisor en mencion, obedecieron a situaciones de fuerza mayor, las que se encuentran acreditadas mediante las comunicaciones oficiales cursadas entre la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA y concurrente en Uruguay y la Direccion General del Personal de la Marina; Que, el Jefe del Estado Mayor General de la MORDAZA, ha informado que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para asumir la mencionada deuda; Que, para ejecutarse el pago de reintegro por Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, es necesario que se amplie el periodo de permanencia del mencionado Tecnico Supervisor en la referida Mision Diplomatica, del 1 de MORDAZA al 22 de agosto de 2005; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa y Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 517-2004 DE/MGP de fecha 30 de noviembre de 2004, ampliando el periodo de la Mision Diplomatica del Tecnico Supervisor 2º Sad. (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03794696 y DNI. 44445173, como Auxiliar en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA y concurrente en Uruguay, del 1 de MORDAZA al 22 de agosto de 2005. Articulo 2º.- Autorizar el pago de la deuda OCHO MIL DOSCIENTOS SEIS CON 45/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 8,206.45), al referido Tecnico Supervisor por el concepto de Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero, al haber permanecido por el periodo adicional de CINCUENTA Y TRES (53) dias por razones del s-ervicio, como Auxiliar en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA y concurrente en Uruguay, del 1 de MORDAZA al 22 de agosto de 2005. Registrese, comuniquese y publiquese.

486017-1

DEFENSA
Autorizan el pago de deudas a tecnicos supervisores y oficiales de la MORDAZA de MORDAZA por concepto de compensacion extraordinaria por servicio en el extranjero
RESOLUCION SUPREMA Nº 156-2010-DE/MGP
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 842 DE/MGP de fecha 27 de MORDAZA de 2003 y Resolucion Suprema Nº 517-2004 DE/MGP de fecha 30 de noviembre de 2004, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Tecnico 1º Sad. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actualmente Tecnico Supervisor 2º Sad. en Situacion Militar de Retiro, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en MORDAZA y concurrente en Uruguay, del 1 de MORDAZA de 2003 al 30 de junio de 2005;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

486297-11 RESOLUCION SUPREMA Nº 157-2010-DE/MGP
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 663 DE/ MGP y Nº 456-2004 DE/MGP de fechas 15 de MORDAZA de 2003 y 15 de MORDAZA de 2004, respectivamente, se nombro en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Tecnico 1º Sad. MORDAZA MORDAZA CERDENA Maceta, actualmente Tecnico Supervisor 2º Sad. en Situacion Militar de Retiro, para que preste servicios en la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en Italia, del 1 de MORDAZA de 2003 al 30 de MORDAZA de 2005; Que, por razones del servicio el mencionado Tecnico Supervisor, viajo el dia 27 de MORDAZA de 2003, para que preste servicios en la mencionada Agregaduria Naval;