Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

conducen durante la vigencia de la presente Ordenanza, gozaran de una reduccion del 50 % respecto del Pago de derecho de tramite establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Municipalidad, para la obtencion de la citada licencia de funcionamiento o autorizacion municipal de apertura de establecimiento. Excepcionalmente, para los administrados que conducen un establecimiento dedicado con un area no mayor a los 30 metros cuadrados y para los cuales no se requiera la autorizacion previa de alguna otra entidad o autoridad que no sea la municipal para desarrollar sus actividades y regularicen la situacion de informalidad del establecimiento, el costo por concepto de pago por derecho de tramite de la licencia de funcionamiento o autorizacion municipal de apertura de establecimiento sera equivalente a S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) Articulo 7º.- Beneficios de Condonacion de Multas Administrativas. La unidad organica competente de la Municipalidad, respecto de aquellas personas naturales o juridicas que cumplan con las disposiciones legales contenidas en la presente Ordenanza, procedera a: 7.1.Condonar en un 100% las multas administrativas impuestas, por la comision de las infracciones contenidas en los Items Nº 73, 74, 77, 78, 79, 83 y 121; del Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2008/MDV, asi como aquellas multas administrativas impuestas por la comision de infracciones contenidas en los Items Nº 01, 02, 05, 06, y 10 del Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2006/MDV, que se encuentran pendientes de cobranza; incluso aquellas multas administrativas que se encuentren en MORDAZA de ejecucion coactiva; incluidos costas y demas gastos. 7.2.- Dejar sin efecto las Notificaciones de Infraccion impuestas por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, respecto de los Items Nº 73, 74, 77, 78, 79, 83 y 121; del Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 013-2008/MDV, asi como aquellas notificaciones de infraccion impuestas por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, respecto de los Items Nº 01, 02, 05, 06, y 10 del Cuadro de Multas por Infracciones Administrativas del Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2006/MDV. Los beneficios establecidos en el presente articulo seran otorgados de manera automatica, por la unidad organica competente de esta Municipalidad, una vez expedida la Licencia de Funcionamiento, previo informe sustentatorio, el cual sera emitido por la Subgerencia de Comercializacion y Proteccion al Consumidor de la Municipalidad de Ventanilla. Articulo 8º.- Plazo para acogerse a los Beneficios Las personas naturales o juridicas pueden acogerse a los beneficios contemplados en la presente ordenanza hasta el ultimo dia de vigencia de la misma. Para tal efecto deberan presentar la correspondiente solicitud de Licencia de Funcionamiento o Autorizacion Municipal de Funcionamiento, ante la Mesa de Partes de la Subgerencia de Tramite Documentario de la Municipalidad. Articulo 9º.- Excepciones Las personas naturales o juridicas que tengan expedientes en tramite sobre recursos de impugnacion interpuestos contra la Municipalidad o demanda presentada ante el Poder Judicial, no podran acogerse a los beneficios contemplados en la presente ordenanza salvo que formulen el correspondiente desistimiento, de conformidad con las normas y disposiciones legales, establecidas dentro del procedimiento administrativo o MORDAZA judicial, segun corresponda.

Articulo 10º.- Organos competentes. El desarrollo y ejecucion de la actividad denominada: "Campana de Formalizacion de Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios", es de competencia de los siguientes organos municipales: a) Gerencia de Desarrollo Economico Local. b) Subgerencia de Comercializacion y Proteccion al Consumidor. Los funcionarios responsables de las areas MORDAZA descritas, adoptaran e implementaran las acciones en materia de planificacion, supervision y ejecucion segun su competencia, a efecto de verificar el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Articulo 11º.- Vigencia. La presente ordenanza tendra una vigencia de sesenta (60) dias calendario, plazo que sera computado desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dicho plazo sera materia de prorroga por unica vez mediante Decreto de Alcaldia, hasta por un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Todas las solicitudes que se encuentran en tramite de Licencia de Funcionamiento se adecuaran a lo establecido en la presente Ordenanza. Los beneficios establecidos no dan derecho a compensacion ni devolucion alguna por concepto de pagos efectuados anteriormente. Segunda.- La expedicion de la presente ordenanza, no faculta ni autoriza el funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales o de servicios sin previamente haber obtenido la licencia de autorizacion municipal correspondiente. Tercera.Aquellos administrados que hayan iniciado el tramite para la obtencion de la Licencia de Funcionamiento, solo podran iniciar sus actividades una vez obtenida esta, caso contrario, la Subgerencia de Fiscalizacion y Control debera de emitir la Notificacion de Infraccion correspondiente para la imposicion de la sancion administrativa respectiva. Cuarta.Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Quinta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico Local y a las Subgerencias que forman parte de esta unidad organica el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, no obstante, las demas dependencias de la Municipalidad de Ventanilla deberan coadyuvar y brindar facilidades necesarias para el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 391947-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA
Modifican Articulo Primero del Acuerdo de Concejo Nº 115-2009-MPC
ACUERDO DE CONCEJO Nº 130 -2009-MPC MORDAZA, 10 de agosto de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO: Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, la Carta Nº 1122009-SR/MPC de fecha 4 de agosto de 2009; y,