Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2009 (25/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

405085

Aprueban caracteristicas y especificaciones del Sistema Informatico y de Comunicaciones que deberan tener los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3041-2009-MTC/15 MORDAZA, 23 de septiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nº 041-2008-MTC y 024-2009-MTC, tiene por objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº. 29237, Ley que Crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares; Que, la finalidad de las inspecciones tecnicas vehiculares es certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehiculos que circulan por las vias publicas terrestres a nivel nacional; asi como, verificar que estos cumplan con las condiciones y requisitos tecnicos establecidos en la normatividad nacional, con el proposito de garantizar la seguridad del transporte y el MORDAZA terrestre, y condiciones ambientales saludables; Que, el articulo 26º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, establece la obligacion que tienen los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular de poner a disposicion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y a las entidades Supervisoras, via medio informatico, el registro de los vehiculos objeto de revision, especificando los resultados de las inspecciones documentarias y/o tecnicas, las observaciones efectuadas y la gradualidad de estas. Asimismo, el articulo 33º del Reglamento MORDAZA citado, establece el Sistema Informatico y de Comunicaciones por medio del cual se MORDAZA cumplimiento a la obligacion de informar MORDAZA mencionada; Que, el numeral 33.2 del Reglamento MORDAZA citado, establece que las caracteristicas y especificaciones de los programas (software) y equipamientos (hardware) de computo del Sistema Informatico y de Comunicaciones seran establecidas en las normas complementarias que emita la Direccion General de Transporte Terrestre. Que, es necesario establecer las especificaciones tecnicas del Sistema Informatico y de Comunicaciones, a fin de que el mismo este interconectado en linea y en tiempo real con los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular, a efectos de permitir que el sistema de inspecciones tecnicas vehiculares funcione en forma automatizada y confiable, de manera tal que las inspecciones tecnicas vehiculares reflejen el estado de funcionamiento del vehiculo e impida la adulteracion de los resultados que se obtengan; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional Inspecciones Tecnicas Vehiculares; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las caracteristicas y especificaciones del Sistema Informatico y de Comunicaciones que deberan tener los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular, el mismo que estara compuesto por equipos de MORDAZA generacion interconectados a un servidor central que acopiara

toda la informacion obtenida durante el MORDAZA de la inspeccion tecnica vehicular. Los equipos MORDAZA citados deberan realizar el procesamiento de la informacion de manera eficaz, oportuna, y asegurar la continuidad del servicio permanentemente. Asimismo, tal equipamiento debera contar con un sistema fotografico digital capaz de capturar la secuencia de imagenes del vehiculo en cada punto de la inspeccion. El sistema informatico debera ser capaz de recepcionar y procesar la informacion obtenida de los equipos de la linea de inspeccion de manera automatica. Asimismo, los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular deberan asegurar que la informacion no sea manipulada, debiendo contar para ello con los respectivos controles de auditoria que permitan salvaguardar la seguridad de la informacion. Articulo 2º.- Los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular­CITV deberan implementar en un plazo MORDAZA de quince (15) dias utiles de publicada la presente Resolucion, un servicio web que permita obtener la informacion de su servidor central y su transferencia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a la estructura de datos establecida en el Anexo I, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion, con el objeto de dar cumplimiento a la obligacion establecida en el articulo 26º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y modificada por los Decretos Supremos Nº 041-2008-MTC y 024-2009-MTC. Articulo 3º.- El servicio web descrito en el articulo anterior, debera contar con un sistema de autentificacion (usuario y clave), el mismo que sera facilitado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones conjuntamente con el URL donde se encuentre publicado el servicio web del Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular. Para tal efecto, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones implementara un aplicativo informatico que permita el consumo y almacenamiento de la informacion de los Certificados e informes tecnicos generados por los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular. Articulo 4º.- En un plazo MORDAZA de treinta (30) dias utiles de publicada la presente Resolucion, los Centros de Inspeccion Tecnica Vehicular deberan poner a disposicion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la informacion de los vehiculos inspeccionados hasta MORDAZA de la implementacion del servicio web. Para dicho efecto, deberan emplear un medio magnetico como sistema de almacenamiento de la informacion requerida, la misma que debera ser presentada conforme a la estructura de datos establecida en el Anexo I de la presente Resolucion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 414052-1

Aprueban "Directiva que establece las caracteristicas del curso de capacitacion anual para conductores"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3070-2009-MTC/15 MORDAZA, 28 de septiembre de 2009