Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2009 (19/06/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de junio de 2009

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar al Distrito Judicial de MORDAZA, los distritos de Nanchoc y MORDAZA, Provincia de San MORDAZA, Departamento de MORDAZA, que actualmente forma parte del Distrito Judicial de Cajamarca. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Gerencia General y Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion

y por ende, se ha incurrido en uno de los supuestos del articulo 57º del mismo ordenamiento legal, que establece la declaracion de Nulidad para el caso de contravenir una MORDAZA legal; Que la Oficina General de Asesoria Legal mediante Oficios Nºs 0390 y 0579-R-OGAL-2009, emite opinion favorable porque se declare la Nulidad solicitada; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA y sus modificatorias; SE RESUELVE: 1º.- Declarar la Nulidad de la Resolucion Rectoral Nº 03215-R-08 del 25 de MORDAZA del 2008, solo en el extremo concerniente a la contratacion via exoneracion con la empresa CORPORACION DE COMUNICACIONES S.R.L., por no encontrarse con el Registro Nacional de Proveedores vigente a la emision de la citada resolucion que aprobo la exoneracion para la contratacion del "Servicio de Publicidad para el MORDAZA de Admision 2009-I de la Oficina Central de Admision de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos", quedando vigente todo lo demas que MORDAZA contiene. 2º.- Encargar a la Secretaria General de la Universidad la publicacion de la presente Resolucion Rectoral en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de Ley. 3º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento, a la Secretaria General y a la Oficina Central de Admision, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector

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UNIVERSIDADES
Declaran nulidad de la Res. Nº 03215R-08 que aprobo exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratacion de servicio de publicidad para MORDAZA de admision en la UNMSM
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MORDAZA RECTORADO RESOLUCION RECTORAL Nº 02492-R-09
MORDAZA, 4 de junio del 2009 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 02574-DGA-09, sobre solicitud de nulidad de la Resolucion Rectoral Nº 03215-R-08. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Rectoral Nº 03215-R-08 del 25 de MORDAZA del 2008, se aprobo la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion ­ Concurso Publico concerniente a la contratacion del "Servicio de Publicidad para el MORDAZA de Admision 2009-I de la Oficina Central de Admision de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos", con un valor referencial de S/. 268,782.36 (Doscientos sesenta y ocho mil setecientos ochenta y dos con 36/100 nuevos soles), incluido los impuestos de Ley, por el periodo comprendido del 2 de agosto al 7 de setiembre de 2008, teniendose como fuente de financiamiento los Recursos Directamente Recaudados por la Universidad; Que con Oficio Nº 00791-OGE-OA-2009, la Oficina de Abastecimiento solicita se inicie el tramite documentario para modificar la Resolucion Rectoral Nº 03215-R-08 que aprueba la contratacion con la empresa Corporacion de Comunicaciones S.R.L. por un monto equivalente a S/. 1,081.82 (Un mil ochenta y uno con 82/100 nuevos soles) por Exoneracion del MORDAZA de Seleccion ­ Concurso Publico concerniente a la contratacion del "Servicio de Publicidad para el MORDAZA de Admision 2009-I de la Oficina Central de Admision de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos" y en la exoneracion acotada no se realizo dicha contratacion; Que del Reporte de la pagina Web del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado ­ OSCE, se observa que el Registro Nacional de Proveedores de la citada empresa: CORPORACION DE COMUNICACIONES S.R.L., tuvo fin de vigencia el 17 de enero del 2008; por lo tanto al 25 de MORDAZA del 2008, fecha de emision de la Resolucion Rectoral Nº 03215-R-08, ya estaba vencido su Registro Nacional de Proveedores; Que el articulo 8º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado indica que "para ser postor se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) y no estar sancionado e impedido para contratar con el Estado", en concordancia con el articulo 7.10 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que por lo indicado se ha contravenido el articulo 8º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Regional Nº 018-2008-GRL-CR y establecen disposiciones para el uso de Formulario para la Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) de la Actividad de Rehabilitacion de Mamiferos Acuaticos Amazonicos en Cautiverio - Centros de Rescate
ORDENANZA REGIONAL N° 009-2009-GRL-CR
MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en Sesion Ordinaria de fecha 15 de MORDAZA de 2009, aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en concordancia con los articulos 189º y 197º de la Constitucion Politica del Estado, el articulo la Ley Nº 27783Ley de Bases de la Descentralizacion, en sus articulos 8º y 9º precisa que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia; autonomia sujeta a la Constitucion respectiva. Que, el articulo 52º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" senala como funciones especificas de los Gobiernos Regionales en materia pesquera, a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia pesquera y produccion acuicola