Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2009 (01/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, martes 1 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

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su avenida considerablemente, desbordando en los pontones, afectando tramos de la carretera YunguyoCopani-Zepita; y el Oficio Nº 348-2009-GR PUNO/GRI, remitido por la Gerencia Regional de Infraestructura; en la parte de conclusiones, opina, que es necesario tramitar para la ejecucion de la obra Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani-Zepita, ante el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA y Gobierno Nacional, para efectos de la aprobacion de exoneracion de los procesos de seleccion y declaratoria de situacion de emergencia; con el fin de evitar afectacion y perjuicio a la obra; Informe Nº 041-2009-GRP/GRI, de la Gerencia Regional de Infraestructura, Oficio Nº 1083-2009-GR-PUNO-GGR/ ORSyLP; el Consejo Regional, aprobo la declaratoria en situacion de emergencia de la carretera Yunguyo-CopaniZepita, con los fundamentos que se indica en los informes precitados. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales su modificatoria Ley Nº 27902. ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la declaratoria en situacion de emergencia de la carretera Yunguyo-CopaniZepita, de la Region de MORDAZA, con los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo Regional. Articulo Segundo.- INSTAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, el reinicio inmediato de la ejecucion de la obra Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-CopaniZepita. Articulo Tercero.- DISPENSAR, el presente Acuerdo Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ZELIO PONCE. Consejero Delegado del Consejo Regional MORDAZA 429572-2

Exoneran de procesos de seleccion la adquisicion de bienes y contratacion de servicios para concluir la obra "Mejoramiento de la Carretera Yunguyo - Copani - Zepita"
ACUERDO REGIONAL Nº 081-2009-CR MORDAZA MORDAZA, 26 de noviembre de 2009 VISTO: El Acta de Sesion Extraordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, de fecha 19 de noviembre del 2009, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad de los asistentes el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral de pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 13º de la Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; articulo 15º literal a) de la MORDAZA senalada, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; articulo 37º literal a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional.

Que, el articulo 20º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, establece que esta exonerada de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen, "ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional". Que, el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, con respecto a las formalidades de las contrataciones exoneradas establece "que las contrataciones derivadas de exoneracion de procesos de seleccion se realizaran de manera directa, previa aprobacion mediante Resolucion del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal, segun corresponda, en funcion a los informes tecnicos y legal previos que obligatoriamente deberan emitirse. MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y publicarse en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los diez (10) dias habiles de su aprobacion, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad", concordante con el articulo 135º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Que, el articulo 23º de la Ley Nº 1017, establece que "se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional; en este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales del Decreto Legislativo precitado. El reglamento establecera los mecanismos y plazos para la regularizacion del procedimiento correspondiente. Que, el articulo 133º del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que la resolucion o acuerdo que aprueba la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno (1) o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion. Que, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, con Oficio Nº 988-2009-GR-PUNO/ GGR, solicita al Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, la Declaratoria de Emergencia y Exoneracion de Procesos Selectivos, para la ejecucion de la obra Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani-Zepita, para evitar afectaciones y perjuicios a la obra indicada; y con Oficio Nº 995-2009-GR-PUNO/GGR, tambien solicita la Evaluacion para la Aprobacion de Procesos de Exoneracion, remitiendo al Consejo Regional el Oficio Nº 348-2009/GRI, el Informe Nº 07-2009-GR.PUNO-CRD/ STDS, sobre MORDAZA de Exoneracion en la adquisicion de bienes y servicios para la Ejecucion Presupuestaria Directa de la Obra: Mejoramiento de la Carretera YunguyoCopani-Zepita. Que, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA, emite el Informe Legal Nº 660-2009-GR PUNO/ORAJ, teniendo a la vista el Informe Nº 07-2009-GR PUNO-CRDC/STDC, emitido por la Sub Gerencia de Defensa Nacional y Civil del Gobierno Regional de MORDAZA, quien da a conocer que segun el Informe de SENAMHI, la temporada de lluvias se inicia con fuertes precipitaciones los primeros dias de diciembre, culminando los primeros dias del mes de MORDAZA del ano siguiente (2010); en esta temporada los MORDAZA que nacen de las microcuencas existentes en la MORDAZA incrementan su avenida considerablemente, desbordando en los pontones, afectando tramos de la carretera Yunguyo-Copani-Zepita, danando hectareas de cultivo, viviendas; hacen que esta MORDAZA se encuentre en peligro inminente, poniendo en alto riesgo toda la infraestructura vial proyectada; recomendando que se obvie los procesos de seleccion y otros que entorpezcan la inmediata ejecucion de la obra Mejoramiento de la Carretera Yunguyo-Copani-Zepita (asfalto bicapa), teniendo en cuenta el peligro inminente de inundaciones a consecuencia de la caida de fuertes precipitaciones pluviales en los meses de diciembre de 2009, enero, febrero, marzo de 2010. Que, la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de MORDAZA, en el Oficio Nº 348-2009-GR PUNO/GRI expresa que la realizacion de los procesos