Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2009 (01/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de diciembre de 2009

Articulo Quinto.- Facultar a la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de MORDAZA, para que adopte las medidas pertinentes para la distribucion de la carga procesal de dicha Fiscalia Provincial, asimismo prestar el apoyo necesario en los requerimientos que presente dicho Despacho Fiscal. Articulo Sexto.- Disponer a la Gerencia General efectue las acciones pertinentes para el debido cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Setimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos judiciales a nivel nacional, Gerencia General y Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 429779-2

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Disponen la inscripcion definitiva de la AFOCAT Trans Region MORDAZA
RESOLUCION SBS N° 15153-2009 MORDAZA, 23 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud de inscripcion en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA (en adelante, el "Registro"), presentada mediante Carta N° 018-2009/AFOCAT-TRANS REGION MORDAZA del 23 de octubre de 2009, por la Asociacion del Fondo Contra Accidentes de MORDAZA - AFOCAT TRANS REGION MORDAZA (en adelante, la "AFOCAT"), al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 030-2009-MTC; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2009-MTC se aprobo el Procedimiento Especial de Incorporacion al Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA, estableciendose los requisitos y condiciones para acogerse a dicho procedimiento; Que, segun dispone el articulo 2° del citado Decreto Supremo N° 030-2009-MTC, las asociaciones cuyas inscripciones hayan sido declaradas caducas, deberan acreditar el cumplimiento del deposito del Fondo Minimo por el integro establecido en el articulo 28° del Reglamento de Supervision de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modificatorias (en adelante el "Reglamento") en la entidad fiduciaria correspondiente y debidamente actualizado. Por su parte, el articulo 3° del mismo Decreto Supremo precisa que como condicion para inscribirse en el "Registro", las asociaciones con resoluciones de cancelacion o caducidad de inscripcion en el "Registro" deben: a) Haber agotado la via administrativa, o b) Habiendo recurrido a la via contencioso administrativa, adjuntar MORDAZA del escrito de desistimiento ingresado ante el Poder Judicial; Que, a traves de la Resolucion Directoral N° 88152008-MTC/15, de fecha 11 de MORDAZA de 2008, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el "MTC")

dispuso la Caducidad de la inscripcion definitiva de la "AFOCAT" en el "Registro", en virtud de haber verificado que la citada asociacion incumplio con llegar al 100% del importe del Fondo Minimo hasta su fecha limite, dia 30 de junio de 2008; posteriormente, el mismo "MTC", mediante Resolucion Directoral N° 10198-2008-MTC/15 de fecha 22 de setiembre de 2008, declaro Improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la "AFOCAT" contra la Resolucion Directoral N° 8815-2008-MTC/15; Que, finalmente, a traves de la Resolucion SBS N° 118232008 del 02 de diciembre de 2008, esta Superintendencia declaro infundado el recurso de apelacion presentado por la "AFOCAT" contra la Resolucion Directoral N° 101982008-MTC/15; confirmandose asi la declaracion de caducidad establecida por el MTC a traves de la MORDAZA citada Resolucion Directoral N° 8815-2008-MTC/15, agotandose de esta manera la via administrativa; Que, mediante comunicacion ingresada a esta Superintendencia el dia 23 de octubre de 2009, la "AFOCAT" presento una solicitud acogiendose al Procedimiento Especial de Incorporacion al "Registro" aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2009-MTC, acompanando para ese efecto la documentacion de sustento necesaria; dicho pedido fue complementado mediante Carta N° 019-2009/ AFOCAT-TRANS REGION MORDAZA presentada el 24 de octubre de 2009; Que, en efecto, la "AFOCAT" presento a esta Superintendencia los siguientes documentos: a. El certificado de vigencia de poder del Presidente del Consejo Directivo de la "AFOCAT", emitido el 12 de octubre de 2009 por la MORDAZA Registral N° I ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos. b. Una MORDAZA de la boleta del deposito efectuado el 21 de octubre de 2009 a la Cuenta Recaudadora N° 1931622594-0-37 del Banco de Credito, perteneciente a la "AFOCAT", por el importe de S/. 18,879.00, con el que la asociacion manifiesta haber cumplido con completar el Fondo Minimo. De igual modo, MORDAZA del reporte denominado "Saldo de las Cuentas y Fondo al 22 de Octubre del 2009", emitido por la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. ­ COFIDE. En dicho reporte se consigna que el Fondo Minimo es de S/. 461,414.16; monto superior a los S/. 461,109.00 establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del "Reglamento". c. MORDAZA de la Resolucion Numero Catorce (14), expedida por la MORDAZA Sala Especializada Civil de MORDAZA, que resolvio declarar el desistimiento del MORDAZA contencioso administrativo seguido por la "AFOCAT" en contra de esta Superintendencia. Que, efectuada la revision de la documentacion adjunta a la solicitud de la "AFOCAT", se ha evidenciado que esta cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Supremo N° 030-2009-MTC, por lo que procede su incorporacion al "Registro"; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1051 que modifico la Ley N° 27181 ­ Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de MORDAZA ­ AFOCAT pasaron a ser reguladas, supervisadas, fiscalizadas y controladas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; habiendose determinado las nuevas competencias de esta Superintendencia mediante el Decreto Supremo N° 039-2008MTC, adquiriendo este organismo supervisor las facultades para resolver las acciones administrativas planteadas por dichas asociaciones; De conformidad con lo expresado en el Informe N° 0232009-DSAF y con el visto MORDAZA del Departamento Legal; y, en funcion de las facultades establecidas en la Resolucion SBS N° 141-2009 de fecha 07 de enero de 2009, mediante la cual se delega en el Superintendente Adjunto de Seguros la facultad de autorizar la inscripcion en el Registro de Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Transito; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la Inscripcion Definitiva de la Asociacion del Fondo contra Accidentes de MORDAZA - AFOCAT TRANS REGION MORDAZA, constituida mediante escritura publica de fecha 14 de noviembre de 2006, otorgada ante el Notario Publico Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y registrada bajo la Partida Electronica N° 11064876 del Registro