Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2009 (06/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de agosto de 2009

Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, ha estimado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente. Que, de conformidad con el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; y, reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- RATIFICAR, las Actas de Acuerdos de Limites Territoriales entre los Departamentos de MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali, suscritas en el MORDAZA del MORDAZA de Demarcacion y Organizacion Territorial, declarado de preferente interes nacional, segun Ley Nº 27795, la misma que permitira el saneamiento de limites de las jurisdicciones politicas administrativas correspondientes; para lo cual, se anexa documento tecnico, las Actas de Acuerdo de Limites en un numero de treinta y seis (36) folios, con su respectiva representacion cartografica en un numero de dos (02) mapas, los mismos que forman parte anexa de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 379628-1

Declaran a la Castana Amazonica del Peru como Producto Bandera de la Region MORDAZA de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2009-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria llevada a cabo el 19 de MORDAZA del ano 2009, aprobo la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del articulo 55 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que las funciones especificas del Gobierno Regional en materia de comercio es formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de comercio de la region, en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, en coordinacion con las entidades del sector publico competentes en la materia.

Que, de diferentes estudios y analisis de la cadena de valor de la Castana Amazonica del Peru, se concluye que la castana es una de las opciones para el desarrollo y la inclusion economica para los agricultores del departamento de MORDAZA de Dios. En esta perspectiva, la castana tiene un impacto positivo a nivel economico, social, ecologico y cultural como producto de alto valor estrategico para el desarrollo de la Region y la superacion de la pobreza. Que, la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el articulo 5 de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que la mision de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region. Que, mediante Oficio Nº 395-2009-AG-DGFFSATFFS-TAMB-MAN/AT, el Administrador Tecnico de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, Tambopata ­ MORDAZA, del Ministerio de Agricultura, remite una propuesta de Ordenanza Regional que Declara a la Castana Amazonica del Peru, como Producto Bandera de la Region MORDAZA de MORDAZA, por la importancia economica, social, ecologica y cultural, como un producto de valor estrategico para el desarrollo economico de la region. Que, mediante Opinion Legal Nº 10-2009GOREMAD/ORAJ/CBR, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, considera coherente el proyecto en mencion y opina favorablemente, para la emision de la presente ordenanza. Que, mediante Dictamen Nº 007-2009-CAMAYA, la Comision Agraria, Medio Ambiente y Amazonia del Consejo Regional, emite opinion favorable para su debate y correspondiente aprobacion del mencionado proyecto. Que, el Consejo Regional en pleno, en sesion ordinaria, luego del analisis y debate correspondiente, con el MORDAZA aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales ha considerado necesario aprobar el Dictamen referido en el considerando precedente. Que, de conformidad con el articulo 38° de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional; y, reglamentan materias de su competencia. El Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Peru; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- DECLARAR, a la Castana Amazonica del Peru como Producto Bandera de la Region MORDAZA de MORDAZA, por la importancia economica, social, ecologica y cultural, como un producto de valor estrategico para el desarrollo economico de la region y la generacion de riqueza. Articulo Segundo.- PRIORIZAR, con recursos del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA y de Cooperacion Internacional, la gestion y financiamiento de los Proyectos Productivos, referidos a la produccion y desarrollo de la cadena productiva de la castana en la Region. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y a las direcciones sectoriales pertinentes, la implementacion del articulo precedente, en coordinacion con el Mini-MAP de la Castana. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Secretaria del Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios.