Norma Legal Oficial del día 30 de agosto del año 2008 (30/08/2008)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

378892

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de agosto de 2008

AMBIENTE
Modifican articulo 6º del D.S. Nº 024-93AG en lo que se refiere a la composicion del Consejo Directivo del PROFONANPE
DECRETO SUPREMO Nº 004-2008-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26154, se creo el Fondo Nacional para Areas Naturales Protegidas por el Estado - FONANPE, como fondo fiduciario intangible destinado a la conservacion, proteccion y manejo de las Areas Naturales Protegidas por el Estado, y PROFONANPE, como institucion de derecho privado sin fines de lucro y de interes publico y social con personeria juridica propia, encargada de su administracion y de otros recursos que le transfieran; Que, la Primera Disposicion Complementaria modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1013, modificado por Decreto Legislativo Nº 1039, dispone la modificacion del MORDAZA parrafo del articulo 2º del Decreto Ley Nº 26154, referida a la composicion del Consejo Directivo del PROFONANPE; estableciendo que dicho Consejo es presidido por el Ministro del Ambiente o su representante; Que, en atencion al MORDAZA legal senalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modificar el Reglamento del Decreto Ley Nº 26154, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-93-AG, en lo que se refiere a la composicion del Consejo Directivo de PROFONANPE; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 1013 y su modificatoria, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 024-93-AG, y normas modificatorias, en los terminos siguientes: "Articulo 6º El Consejo Directivo de PROFONANPE esta integrado por ocho (08) miembros, compuesto de la manera siguiente: a) Cuatro representantes del Estado: - El Ministro del Ambiente o el representante que este designe mediante Resolucion Ministerial, quien lo presidira; - El Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado; - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; - Un representante de los gobiernos regionales, el cual sera designado por la Asamblea Nacional de Presidentes de Gobiernos Regionales y cuya designacion debera ser comunicada al Ministro del Ambiente. b) Dos representantes de las organizaciones no gubernamentales peruanas especializadas en la tematica ambiental, elegidas por la Asociacion Nacional de Centros, conforme a los procedimientos establecidos por la citada asociacion entre las organizaciones no gubernamentales de reconocida trayectoria en materia de areas naturales protegidas. c) Un representante de la Confederacion de Instituciones Empresariales Peruanas - CONFIEP, elegido conforme a los procedimientos establecidos por la citada confederacion, entre las instituciones empresariales de reconocida trayectoria en MORDAZA de capitales y/o administracion de patrimonios. d) Un representante de una organizacion internacional de asistencia tecnica y financiera, invitada a participar por el Ministerio del Ambiente. Con excepcion de los representantes del Estado, el periodo de mandato de los demas representantes del

Consejo Directivo de PROFONANPE sera de dos anos, pudiendo ser reelegidos por un periodo consecutivo. Los miembros del Consejo Directivo de PROFONANPE, con excepcion del Ministro del Ambiente o su representante y del Jefe del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado, son designados mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro del Ambiente." Articulo 2º.- Precisese que los miembros del Consejo Directivo de PROFONANPE designados para conformar el Consejo Directivo mediante Resolucion Suprema, continuan en el ejercicio de sus funciones en tanto no se establezca su reemplazo mediante nueva Resolucion Suprema. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro del Ambiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de agosto del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente 245547-2

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERU a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 130-2008-MINCETUR MORDAZA, 29 de agosto de 2008 Visto el Oficio Nº 404-2008-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU. CONSIDERANDO: Que, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, es un organismo publico adscrito al sector Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promocion de bienes y servicios exportables, asi como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Peru en materia turistica y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERU tiene previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "Adventure Sport Fair", a realizarse del 4 al 7 de setiembre del presente ano, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, con el objetivo de promover el segmento de aventura y de manera especifica el trekking en el Peru; Que, por tal razon, la Secretaria General de PROMPERU ha solicitado que se autorice el viaje de MORDAZA Milagritos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien presta servicios en la Sub Direccion de Promocion del Turismo Receptivo, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Brasil, para que en representacion de la entidad, desarrolle diversas actividades vinculadas a la promocion turistica del Peru en la feria de turismo MORDAZA mencionada; Que, la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectuan para acciones de promocion de importancia para el Peru; De conformidad con la referida Ley Nº 29142, Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, y sus modificatorias,