Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2007 (07/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA que mediante decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias y/o Reglamentarias, incluyendo la ampliacion de la vigencia del beneficio de la presente ordenanza, de ser necesaria la misma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion. Gerencia de Informatica y Estadistica, Secretaria General el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la precitada MORDAZA, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se emitio la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA Y AMPLIA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 393-MSB
Articulo Primero.- Ampliese la vigencia de la Ordenanza Nº 393-MSB por 90 dias calendarios, periodo dentro del cual se espera que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evalue y apruebe la propuesta de Indice de usos para actividades Urbanas en el Distrito. Articulo Segundo.- Modifiquese el articulo 1º de la Ordenanza Nº 393-MSB, el mismo que queda redactado acorde al siguiente texto: "Articulo 1º.- Suspendase la Tramitacion, emision y expedicion de la Licencia Municipal de Funcionamiento de vigencia indeterminada y la Licencia de Obra o Construccion, ampliacion, Remodelacion, Modificacion y/o Regularizacion, destinados a fines comerciales en las siguientes avenidas del Distrito: 1. Av. San MORDAZA Norte. 2. Av. San MORDAZA Sur. 3. Av. De Las Artes Norte. 4. Av. De Las Artes Sur. Se exceptua la suspension para los predios ubicados en la av. De Las Artes Norte, en el tramo comprendido entre la MORDAZA Ucello y la Av. Aviacion (ambos lados) por ser area netamente comercial". Articulo Tercero.- Modifiquese el articulo 2º de la Ordenanza Nº 393-MSB, el mismo que queda redactado acorde al siguiente texto: "Articulo 2º.- Suspendase la tramitacion, emision y Expedicion de la Licencia Municipal de Funcionamiento de vigencia indeterminada y la Licencia de Obra Construccion, Ampliacion, Remodelacion, Modificacion, y/o Regularizacion, destinados a fines comerciales en las siguientes avenidas del Distrito: 1. Av. Aviacion. 2. Av. San Luis. 3. Av. MORDAZA MORDAZA Este". Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente del dia de su publicacion, quedando encargada la Gerencia de Comercializacion y Gerencia de Desarrollo MORDAZA de su cumplimiento y difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican y amplian vigencia de la Ordenanza Nº 393-MSB
ORDENANZA Nº 404-MSB
San MORDAZA, 29 de octubre de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Visto; en la Vigesima Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 29 de octubre de 2007, el Dictamen Nº 005-2007MSB-CDU y Dictamen Nº 039-2007-MSB-CAL, sobre el Proyecto de Ordenanza que modifica y amplia la vigencia de la Ordenanza Nº 393-MSB. CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion. Que, el articulo IV de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 1063-MML, Ordenanza que aprueba el reajuste integral de la zonificacion de los usos del suelo del distrito de San MORDAZA, conformante del area de tratamiento normativo III de MORDAZA Metropolitana, dispone que dentro del plazo de 45 dias calendario, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en estricta sujecion con las calificaciones y rangos establecidos en el Plano de Zonificacion y Alturas, asi como en las Normas Generales de Zonificacion, remitira a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la propuesta del Indice de usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del distrito, para su aprobacion mediante Ordenanza Metropolitana. Que, mediante Ordenanza Nº 393-MSB, se suspendio por el periodo de 90 dias calendario la tramitacion, emision y expedicion de MORDAZA de Zonificacion de Usos, Cerificado de Compatibilidad de Usos, Licencia de Funcionamiento Provisional, Licencia de Funcionamiento Definitiva, Licencia Municipal de Funcionamiento, Licencia de Obra o Construccion, Ampliacion, Remodelacion, Modificacion y/o Regularizacion, destinados a fines comerciales, asi como para los giros de Banos Turcos, Banos MORDAZA y Salones de Masaje en determinadas zonas del distrito de San Borja. Que, es necesario modificar y prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 393-MSB, teniendo en consideracion lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1063-MML, sobre la aprobacion de Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del Distrito por parte de la Municipalidad Provincial y lo dispuesto en la Ley Nº 28976, Ley MORDAZA de Licencia de Funcionamiento, la misma que simplifica los procedimientos administrativos para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento.

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Prorrogan vigencia de lo establecido en el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 398MSB
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2007-MSB-A
San MORDAZA, 31 de octubre de 2007 Visto, el Memorando Nº 1010-2007-MSB-GM de fecha 25.10.2007 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1672007-MSB-GR de fecha 22.10.2007 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 207-2007-MSB-GR-JCR de fecha 22.10.2007 de la Jefatura de Control y Recaudacion. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia.