Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2007 (30/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de marzo de 2007

NORMAS LEGALES

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"s) Por no exhibir en lugar visible del ingreso del establecimiento los avisos que se establecen en el articulo 8° de la presente Ordenanza" Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo Economico, que a partir de la fecha de la promulgacion de la presente Ordenanza se consignen expresamente los Horarios permitidos para el funcionamiento de los locales comerciales, en las Autorizaciones Municipales de Funcionamiento de los mismos. POR TANTO. Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 42749-1

limita por el "... noreste con los distritos de MORDAZA MORDAZA y Pachacamac". Que, es completamente erroneo pensar que la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA, esencia de nuestro pasado historico y emblema que caracteriza a nuestro distrito de MORDAZA, a pesar de su inconfundible nombre, sea ubicado en los distritos de Lurin y MORDAZA El Salvador. Todo se debe a un error involuntario, pues no resiste mayor analisis logico, de que manera la "Zona Arqueologica de Pachacamac", no pertenezca al distrito del mismo nombre, sino a los distritos de Lurin y MORDAZA El Salvador. Que, la Ley Nº 23614 del 30/08/1983 declara Distrito Turistico a MORDAZA, en razon de contar con el SANTUARIO ARQUEOLOGICO DE MORDAZA, el cual le da el nombre e identidad al distrito, y que asimismo por razones de indole historico, cultural y de consideracion geografica al Santuario Arqueologico de MORDAZA no puede desligarse territorialmente del centro poblado del mismo nombre, vale decir del DISTRITO DE PACHACAMAC. Con el MORDAZA unanime del Concejo se aprobo el siguiente: ACUERDO Articulo Primero.- Rechazar la R.D.N. Nº 1416/INC de fecha 4 de setiembre de 2006 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de febrero del 2007 por atentar contra la integridad del territorio de la Municipalidad Distrital de Pachacamac. Articulo Segundo.- Autorizar al Procurador Publico Municipal a interponer las acciones judiciales y administrativas correspondientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 42935-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Expresan disconformidad y rechazo a la R.D.N. N° 1416/INC referida al Santuario Arqueologico de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO N° 030-2007 MORDAZA, 1 de marzo del 2007 VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo, el pedido realizado al pleno por el Regidor MORDAZA MORDAZA Huayllas, sobre la publicacion aparecida en el Diario Oficial El Peruano que es la Resolucion Directoral Nacional Nº 085/INC publicada el 15 de febrero del 2007, en el extremo que al rectificar el Articulo 1º de la R.D.N. Nº1416/INC de fecha 4 de setiembre de 2006, disponen que debe quedar redactado de la siguiente manera: "Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a la MORDAZA arqueologica monumental Pachacamac", como "ubicada en los distritos de Lurin y MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima", y. CONSIDERANDO: Que, dicha resolucion contiene un desproposito juridico porque incumple lo ordenado por el Tribunal Constitucional, no tiene presente que la MORDAZA arqueologica monumental de MORDAZA es por su propia denominacion, por la historia que sobre MORDAZA se cierne, que la referida "zona arqueologica monumental de Pachacamac" se encuentra ubicada dentro de la circunscripcion territorial del distrito de Pachacamac. Que, por Real Cedula Espanola del 16 de MORDAZA de 1746, expedida por la autoridad competente de esa fecha el Marques de MORDAZA ­ MORDAZA Amat, Virrey Gobernador General de Los Reinos y Provincias del Peru y MORDAZA, se establecieron los limites del Pueblo de MORDAZA, en los cuales esta comprendida la MORDAZA Arqueologica monumental de Pachacamac. Que, con posterioridad a la dacion de la Real Cedula en referencia, se han expedido leyes de creacion de distritos que han reconfigurado en MORDAZA modo los limites que dicha Real Cedula contempla; tambien es MORDAZA que desde 1746 hasta la actualidad, ha sido permanente y absolutamente invariable la pertenencia y ubicacion de la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA dentro del distrito de Pachacamac; no habiendo el Estado Peruano expedido ley alguna, que MORDAZA variado dicho estatus legal. Por el contrario la legislacion promulgada con posterioridad a 1746, no ha hecho otra cosa que ratificar la pertenencia de la MORDAZA Arqueologica de MORDAZA dentro del distrito del mismo nombre, asi por ejemplo se tiene que al expedirse la Ley Nº 23605 que crea el distrito de MORDAZA El MORDAZA, su articulo 2º senala que dicho distrito

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 00017-2007-MDSJM Mediante Oficio N° 086-2007-MDSJM-SG la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 0017-2007-MDSJM, publicada en la edicion del 20 de marzo de 2007. En el cuadro de la estructura organizacional DICE:

GERENCIA DE PLANEAMIENTO

DEBE DECIR:

GERENCIA DE PLANIFICACION

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