Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2007 (01/06/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 33
El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2007
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
346307
CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de junio de 2006 se aprobo, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, que fuera publicada el 7 de junio de 2006; Que, la Ley Nº 28911 modifico la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Entre otros alcances dispuestos por esta se establece como unico recurso impugnativo en los procesos de seleccion el recurso de apelacion, prescribiendo adicionalmente que este recurso impugnativo sera conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en instancia unica; Que, con fecha 3 de marzo de 2007 se publico el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, que modifico el Capitulo V, De la Solucion de Controversias, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Este dispositivo regula la tramitacion y procedimiento del recurso de apelacion y es aplicable a los procesos de seleccion que se convoquen a partir del 4 de marzo de 2007, de conformidad con el Comunicado Nº 003-2007 (PRE) del CONSUCODE; Que, bajo las modificaciones normativas MORDAZA mencionadas actualmente las administraciones publicas no tienen competencia para conocer y resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores en los procesos de seleccion convocados por estas; Que, en este contexto, resulta conveniente derogar la Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Articulo VII inciso 1) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las autoridades superiores pueden dirigir u orientar con caracter general la actividad de los subordinados a ellas mediante circulares, instrucciones y otros analogos, los que sin embargo, no pueden crear obligaciones nuevas a los administrados; Que, en ese orden, el articulo 1º inciso 1.2) numeral 1.2.1) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que son regulados por cada Entidad los actos de administracion interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, los que deberan sujetarse a las disposiciones contenidas en el Titulo Preliminar del citado cuerpo normativo, y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan; De conformidad con lo establecido en el articulo 37° del Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el articulo 12º inciso d) del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DEROGAR la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, de fecha 2 de junio de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo
Que, de acuerdo a lo previsto en el literal c) el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, el Consejo Directivo Nacional de dicho Organismo, estara integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siendo un requisito imperativo, que dicho representante deba ser un funcionario cuya actividad este vinculada con la formacion profesional, con jerarquia de Director General o de Director; Que, en merito a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 336-2006-TR de fecha 25 de setiembre de 2006, se designo al funcionario que ocupa el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA Callao, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO; Que, por convenir al servicio, resulta conveniente emitir el acto administrativo por el cual se deje sin efecto la Resolucion Ministerial a que hace referencia el considerando precedente y designar al MORDAZA representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el referido Consejo Directivo Nacional; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en los articulos 11º y 13º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO; el literal b) del articulo 31º del Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Ministerial Nº 336-2006-TR de fecha 25 de setiembre de 2006. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, al funcionario que ocupa el cargo del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion SENCICO, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo
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Aprueban el Plan Operativo Informatico - POI 2007 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2007-TR
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio N° 046-2007-MTPE/4/10.320 de la Directora (e) de la Oficina de Informatica, que presenta el Plan Operativo Informatico POI 2007 para su aprobacion; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 107-2007-PCM, se aprobo la Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el ano 2007; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 131-2007PCM se amplia el plazo previsto en el articulo 2º de la
67610-1
Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo Nacional del SENCICO
RESOLUCION MINISTERIAL N° 154-2007-TR
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007