Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2007 (01/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

346307

CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de junio de 2006 se aprobo, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, que fuera publicada el 7 de junio de 2006; Que, la Ley Nº 28911 modifico la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Entre otros alcances dispuestos por esta se establece como unico recurso impugnativo en los procesos de seleccion el recurso de apelacion, prescribiendo adicionalmente que este recurso impugnativo sera conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en instancia unica; Que, con fecha 3 de marzo de 2007 se publico el Decreto Supremo Nº 028-2007-EF, que modifico el Capitulo V, De la Solucion de Controversias, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Este dispositivo regula la tramitacion y procedimiento del recurso de apelacion y es aplicable a los procesos de seleccion que se convoquen a partir del 4 de marzo de 2007, de conformidad con el Comunicado Nº 003-2007 (PRE) del CONSUCODE; Que, bajo las modificaciones normativas MORDAZA mencionadas actualmente las administraciones publicas no tienen competencia para conocer y resolver los recursos de apelacion que interpongan los postores en los procesos de seleccion convocados por estas; Que, en este contexto, resulta conveniente derogar la Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, el Articulo VII inciso 1) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las autoridades superiores pueden dirigir u orientar con caracter general la actividad de los subordinados a ellas mediante circulares, instrucciones y otros analogos, los que sin embargo, no pueden crear obligaciones nuevas a los administrados; Que, en ese orden, el articulo 1º inciso 1.2) numeral 1.2.1) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que son regulados por cada Entidad los actos de administracion interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, los que deberan sujetarse a las disposiciones contenidas en el Titulo Preliminar del citado cuerpo normativo, y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan; De conformidad con lo establecido en el articulo 37° del Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el articulo 12º inciso d) del Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DEROGAR la Directiva que regula el procedimiento o tramitacion interna de los recursos de apelacion que presenten los postores en los procesos de seleccion convocados por la sede central del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobada con Resolucion Ministerial Nº 212-2006-TR, de fecha 2 de junio de 2006. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

Que, de acuerdo a lo previsto en el literal c) el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, el Consejo Directivo Nacional de dicho Organismo, estara integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siendo un requisito imperativo, que dicho representante deba ser un funcionario cuya actividad este vinculada con la formacion profesional, con jerarquia de Director General o de Director; Que, en merito a lo expuesto, mediante Resolucion Ministerial Nº 336-2006-TR de fecha 25 de setiembre de 2006, se designo al funcionario que ocupa el cargo de Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo de MORDAZA ­ Callao, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO; Que, por convenir al servicio, resulta conveniente emitir el acto administrativo por el cual se deje sin efecto la Resolucion Ministerial a que hace referencia el considerando precedente y designar al MORDAZA representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ante el referido Consejo Directivo Nacional; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en los articulos 11º y 13º del Decreto Legislativo Nº 147, Ley de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO; el literal b) del articulo 31º del Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, que aprueba el Estatuto del SENCICO; y el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolucion Ministerial Nº 336-2006-TR de fecha 25 de setiembre de 2006. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, al funcionario que ocupa el cargo del Director Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, como representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitacion para la Industria de la Construccion ­ SENCICO, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo

67610-2

Aprueban el Plan Operativo Informatico - POI 2007 del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2007-TR
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio N° 046-2007-MTPE/4/10.320 de la Directora (e) de la Oficina de Informatica, que presenta el Plan Operativo Informatico ­POI 2007 para su aprobacion; CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 107-2007-PCM, se aprobo la Formulacion y Evaluacion del Plan Operativo Informatico de las entidades de la Administracion Publica para el ano 2007; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 131-2007PCM se amplia el plazo previsto en el articulo 2º de la

67610-1

Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo Nacional del SENCICO
RESOLUCION MINISTERIAL N° 154-2007-TR
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2007