Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2007 (29/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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22 23 24 25 26 27 672207640001 672207640002 672233500001 672257270001 673683380001 742223580003

NORMAS LEGALES
BOMBA DE VACIO O DE ALTA PRESION - ICAR BOMBA DE VACIO O DE ALTA PRESION DESTILADOR ELECTRICO DE AGUA - HEIDOLPH ESTUFA ELECTRICA PARA LABORATORIO - MEMMERT MORDAZA NEUTRALIZADORA EQUIPO MULTIFUNCIONAL COPIADORA FAX IMPRESORA SCANNER - LEXMARK SUBTOTAL CTA 33201

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2007

1,629.38 543.27 2,819.43 8,064.86 16,942.56 555.61 149,881.26

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

28 29 30 31

740841000162 740877000546 740895000628 740899500642

IMPRESORA LASER - HEWLETT PACKARD MORDAZA A COLOR - SAMSUNG TECLADO - KEYBOARD - MILLENIUM UNIDAD CENTRAL DE MORDAZA - CPU - COMPATIBLE SUBTOTAL CTA 332011 TOTAL DE LA CUENTA 332

1,260.41 59.54 6.60 264.27 1,590.82 151,472.08

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

32 33

462252150120 746473050040

ESTABILIZADOR - SOLIDO PIZARRA ACRILICA TOTAL DE LA CUENTA 07

105.07 126.24 231.31

MORDAZA MORDAZA

TOTAL CUENTAS GENERALES

151,703.39

89851-1

Prorrogan delegacion de facultad de expedir Certificados de Origen a exportadores de la Region MORDAZA, conferida a la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 158-2007-MINCETUR/DM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2007 Visto, el Expediente Nº 360005, presentado por la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, solicitando la renovacion del Convenio de delegacion de facultades para la expedicion de Certificados de Origen, que tiene suscrito con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR es el organismo competente para expedir los Certificados de Origen en el MORDAZA de los acuerdos suscritos por el Peru y/o regimenes preferenciales otorgados; Que, por Resolucion Ministerial Nº 217-2004MINCETUR/DM, el MINCETUR delego a la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, la facultad de expedir Certificados de Origen a las empresas exportadoras domiciliadas en la Region MORDAZA, por el periodo de tres anos, delegacion que fue ejercida de acuerdo a los terminos del Convenio entre el MINCETUR y la Camara, suscrito con fecha 30 de MORDAZA de 2004; Que, en cumplimiento del Convenio suscrito, la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana ha presentado el Informe Final sobre el ejercicio de la

funcion delegada, habiendo solicitado la renovacion de la delegacion en forma oportuna; Que, la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior ha emitido el Informe Nº 11-2007-MINCETUR/ VMCE/DNINCI-SACO y el Memorandum Nº 103-2007-MINCETUR/VMCE/DNINCI, opinando favorablemente respecto al cumplimiento del convenio y a la procedencia de la renovacion; asimismo, el Viceministro de Comercio Exterior, mediante el Memorandum Nº 233-2007-MINCETUR/VMCE, de fecha 2 de MORDAZA de 2007, ha propuesto la expedicion de la Resolucion renovando la delegacion otorgada a la Camara de Comercio y Produccion de Piura; Que, subsisten las razones de orden tecnico y territorial que justifican la delegacion de facultades otorgadas a la entidad solicitante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Con la visacion de la Directora General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Comercio Exterior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de MORDAZA de 2009, la delegacion de la facultad de expedir Certificados de Origen a los exportadores de la Region MORDAZA, conferida a la Camara de Comercio, Produccion y Turismo de Sullana, mediante la Resolucion Ministerial Nº 217-2004MINCETUR/DM. Esta prorroga se otorga con eficacia anticipada al 30 de junio de 2007. Articulo 2º.- La delegacion se ejercera de acuerdo a los terminos del Addendum que sera suscrito por el