Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2007 (29/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2007

Los Comites de Vigilancia y Control, asi como los ciudadanos en general que los requieran, a traves de dichos Comites, tienen la facultad, en caso se encuentren indicios o pruebas que senale la comision de delito, de realizar la denuncia correspondiente ante instancias como la Contraloria General de la Republica, El Ministerio Publico, El Congreso de la Republica y la Defensoria del Pueblo. Articulo 40º.- COMITE DE VIGILANCIA DE OBRA Con el fin de apoyar la labor de vigilancia que viene desarrollando el Inspector o Supervisor de Obras, que de acuerdo al articulo 148º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, los beneficiarios de los proyectos pueden constituir Comites de Vigilancia de Obra. Articulo 41º.- RESPONSABILIDAD DEL MORDAZA PARTICIPATIVO 1.- Alcalde.- Es responsable de llevar adelante las distintas fases del MORDAZA Participativo, conforme a los mecanismos establecidos por la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento y, en concordancia a lo establecido al respecto por la Ley Organica de Municipalidades. 2.- Los Regidores de la Municipalidad, son responsables de fiscalizar el MORDAZA Participativo para cada ano fiscal y de aprobar el Presupuesto Participativo, conforme a los mecanismos que establece la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y en concordancia a la Ley Organica de Municipalidades al respecto. 3.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, como parte del Equipo Tecnico nombrado mediante Ordenanza, es responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar los resultados obtenidos en el MORDAZA Participativo para cada ano fiscal. 4.- En el MORDAZA de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, el Organo de Control Institucional de la Municipalidad, efectua el control gubernamental relativo al cumplimiento en la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. CAPITULO V RECURSOS PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Articulo 42º.- DE LOS RECURSOS DISPONIBLES PARA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. La determinacion de los recursos que se destinaran a las acciones resultantes del MORDAZA del Presupuesto Participativo, anualmente se realizara por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a propuesta del Consejo de Coordinacion Local Distrital (CCLD) y, conforme a lo dispuesto por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, en lo que concierne a la Transferencia de Fondos al respecto. Articulo 43º.- PROGRAMACION Y CRONOGRAMA DEL MORDAZA PARTICIPATIVO El MORDAZA de programacion del MORDAZA Participativo se desarrollara segun la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldia efectuara el Alcalde. Articulo 44º.- COSTOS DE REALIZACION DEL MORDAZA PARTICIPATIVO Los costos que irrogue la realizacion del MORDAZA Participativo, son atendidos con cargo al Presupuesto Institucional y a los aportes de los organismos e instituciones privadas promotoras del desarrollo y la cooperacion tecnica. CAPITULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los resultados del MORDAZA de programacion del presupuesto participativo del ano 2008, seran publicados en el medio o diario de mayor circulacion o difusion de la localidad, asi como en la pagina Web de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre. Segunda.- Autorizar al senor MORDAZA, a dictar

mediante Decreto de Alcaldia medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del MORDAZA del Presupuesto Participativo, si fuese necesario. Tercera.- Deroguese las Ordenanzas Nº 178-MPL y Nº 225-MPL a partir de la vigencia de la presente. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 90065-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 118 Mediante Oficio Nº 0332-2007-SG/MDSJL, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 118, publicada en nuestra edicion del dia 26 de MORDAZA de 2007. DICE: Articulo Sexto.- La exigencia de pago de la deuda tributaria de los arbitrios municipales producto de la aplicacion de la presente Ordenanza entrara en vigencia a los sesenta (90) dias siguientes... DEBE DECIR: Articulo Sexto.- La exigencia de pago de la deuda tributaria de los arbitrios municipales producto de la aplicacion de la presente Ordenanza entrara en vigencia a los sesenta (60) dias siguientes... 90062-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan amnistia administrativa tributaria y

DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2007-MDS Surquillo, 26 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO: El Informe Nº 084-2007-GR/MDS del 26 de MORDAZA de 2007 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prorroga de la fecha de vencimiento de la Amnistia Tributaria y Administrativa por Aniversario del distrito de Surquillo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 186-MDS se establecio una Amnistia Tributaria y Administrativa por Aniversario del distrito de Surquillo aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas existentes a la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciendose como fecha de termino de la misma el 27 de MORDAZA del ano 2007;