Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2007 (21/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2007

- Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo Nº 28056 y sus modificatorias - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica Nº 27293 y sus modificatorias - Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2008, aprobado por R. D. Nº 08-2007-EF/76.01 Articulo 2º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a traves de los cuales las organizaciones de la sociedad civil, participan en el MORDAZA del Presupuesto Participativo 2008. Articulo 3º.- Finalidad La presente ordenanza tiene por finalidad establecer el MORDAZA normativo, los mecanismos y procedimientos mediante los cuales los agentes participantes, intervienen en el MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo Distrital, precisando ademas los criterios para la identificacion, acreditacion, registro y capacitacion de los agentes participantes, el cronograma para el desarrollo de las actividades; la conformacion y responsabilidades del Equipo Tecnico y del Comite de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo, asi como, garantizar la incorporacion en el presupuesto institucional de las actividades y proyectos priorizados, entre otros. CAPITULO II DEFINICIONES BASICAS Articulo 4º.- Definiciones Para efectos de la presente Ordenanza se considerara las definiciones contenidas en el Articulo 1º del Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado por D.S. Nº 171-2003-EF y las definiciones contenidas del Glosario de Terminos Anexo 08 - del Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01. TITULO II FASES DEL MORDAZA PARTICIPATIVO CAPITULO I CONVOCATORIA Articulo 5º.- De la convocatoria El MORDAZA, en coordinacion con el Consejo de Coordinacion Local Distrital, convoca a la sociedad civil al MORDAZA para formular el Presupuesto Participativo, dando inicio al MORDAZA y desarrollo de las actividades inherentes. Articulo 6º.- De los medios para la convocatoria La convocatoria se publicara a traves del MORDAZA electronico o pagina web municipal, www.munimolina.gob. pe, vitrinas de publicacion visibles en la Municipalidad. Asimismo, debera colocarse carteles en los modulos de Serenazgo o en la via publica y podra utilizarse la radio, periodicos, revistas u otros medios de difusion disponibles. CAPITULO II IDENTIFICACION Y REGISTRO DE AGENTES PARTICIPANTES Articulo 7º.- Del registro de agentes participantes Realizada la convocatoria la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal sera la encargada de abrir una base de datos para el registro de los agentes participantes que representaran a la sociedad civil, esto es, a las organizaciones sociales debidamente inscritas en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, con directiva vigente inscrita, universidades, entidades publicas, organizaciones empresariales, comunidades, asociaciones de personas

con discapacidad y otros en situacion de riesgo y vulnerabilidad (sea por razones de pobreza, etnia, violencia o genero), entre otros representantes de las entidades representativas del distrito, representantes del Gobierno Nacional designados, profesionales interesados en participar en el MORDAZA Participativo, y en general todas aquellas instituciones y/o entidades representativas del distrito. Articulo 8º .- Del procedimiento del registro Para efectos del registro, los representantes de las organizaciones de la sociedad civil deberan presentar ante la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal, una solicitud de acuerdo al formato que apruebe la municipalidad. Recibida la solicitud, la citada Gerencia remitira la misma al Equipo Tecnico quien evaluara si la organizacion social o institucion ha cumplido con lo dispuesto en la presente ordenanza, de ser asi, se procedera al registro del agente participante acreditado, caso contrario, observara la solicitud. Vencido el plazo otorgado sin que la organizacion peticionante cumpla con subsanar la observacion se denegara el registro. Si la organizacion peticionante levanta la observacion, se procedera al registro. La formulacion de observaciones, el levantamiento de las mismas y el resultado de la calificacion, disponiendo el registro o su denegatoria, seran publicadas en el local del Palacio Municipal y otros locales municipales. No procede recurso impugnativo contra el registro o la denegatoria del registro que formule el Equipo Tecnico. Articulo 9º.- De los representantes de personas de derecho privado y/o publico. Los representantes de las entidades publicas y/o privadas que desarrollan acciones en el distrito, para poder registrarse deberan presentar la acreditacion respectiva, mediante la designacion correspondiente. Articulo 10º.- De los representantes de las organizaciones sociales Solo podran registrarse agentes participantes acreditados por las organizaciones sociales que cuenten con resolucion de reconocimiento y directiva inscrita vigente en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad Distrital de La Molina. Para tal efecto deberan presentar la acreditacion respectiva, mediante la designacion correspondiente. Articulo 11º.- De los agentes participantes titulares y alternos Las organizaciones de la sociedad civil podran acreditar 02 agentes participantes, uno en calidad de titular y otro en calidad de alterno, para que participen en el desarrollo del MORDAZA de Programacion del Presupuesto Participativo 2008. Ambos podran participar indistintamente, uno en reemplazo del otro. Articulo 12º.- De los agentes participantes acreditados Realizada la acreditacion y registro de los agentes participantes en los plazos establecidos en el cronograma del MORDAZA Participativo; la Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal remitira la relacion de los Agentes Participantes acreditados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, cuyo Gerente preside el Equipo Tecnico del MORDAZA del Presupuesto Participativo. Articulo 13º.- De los agentes participantes Son Agentes Participantes con voz y voto: - El Consejo de Coordinacion Local - El MORDAZA - El Concejo Municipal - La sociedad organizada debidamente acreditada - Los organismos del Estado debidamente acreditados Son Agentes Participantes con voz y sin voto: - Los miembros del Equipo Tecnico.