Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2007 (12/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

la Oferta Productiva y Facilitar el Comercio Exterior dentro del Convenio de Prestamo BIRF Nº 7177 PE con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aereos (US$ 594,74 x 2 personas) Pasajes Terrestres (US$ 100,00 x 2 personas) Viaticos (US$ 200,00 x 6 dias x 2 personas) Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto (US$ 30,25 x 2 personas) Total US$ US$ US$ US$ US$ 1 189,48 200,00 2 400,00 60,50 3 849,98

Articulo 3º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberan presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 83397-6

AGRICULTURA
Dan por concluida la transferencia de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas efectuada por el Ministerio a favor de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes
DECRETO SUPREMO Nº 022-2007-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM, se incorporo en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006" aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2006-PCM, la transferencia de 1667 equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Programa Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP), del Ministerio de Agricultura a favor de 23 Gobiernos Regionales para la ejecucion de obras de encauzamiento de MORDAZA, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones, cuyo numero fue modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-PCM a 1662 equipos con un monto estimado de S/. 171´883,293.00 (Ciento Setenta y Un Millones Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Tres y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 100CND-P-2006, se aprobaron las normas especificas para la transferencia de bienes del Programa de Maquinaria MORDAZA, Agroindustrial y Pesada (PMAAP) del Ministerio de Agricultura a los Gobiernos Regionales, previo cumplimento de los procedimientos, plazos y mecanismos de verificacion fijados por la mencionada MORDAZA, estableciendo que el MORDAZA de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo por parte del Ministerio de Agricultura;

Que, en merito a la MORDAZA legal glosada en el considerando precedente, mediante Resolucion Ministerial Nº 01513-2006-AG, el Ministerio de Agricultura conformo la Comision de Transferencia de Entrega de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del PMAAP a los Gobiernos Regionales; Que, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros ha expedido las Resoluciones Secretariales Nºs. 001 y 002-2007-PCM, declarando que los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, MORDAZA, entre otros, han cumplido con todos los mecanismos de verificacion requeridos, declarandolos aptos para acceder a la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas incluidas en el Plan Anual de Transferencia del ano 2006, debiendo el Ministerio de Agricultura continuar el procedimiento establecido en la Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006; Que, mediante la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion de fechas 18 de MORDAZA, 18 de MORDAZA, 7 de junio y 6 de MORDAZA del 2007, el Ministerio de Agricultura ha transferido a los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes, 140, 150, 72, 90 y 44 equipos de maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas con un valor estimado de S/. 21`600,469, S/. 21`624,939, S/. 3`608,988, S/. 16`222,441 y S/. 6`818,735 Nuevos Soles, respectivamente, para la ejecucion de obras de encauzamiento, defensas riberenas y prestacion de servicios de mecanizacion MORDAZA dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, conforme al numeral 4.10 de las normas especificas para la transferencia de equipos de maquinarias, aprobada por Resolucion Presidencial Nº 100-CND-P-2006, corresponde dictar el correspondiente Decreto Supremo que da por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas del Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; y, DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia de Maquinaria MORDAZA y Pesada, Implementos y Equipos Agricolas a los Gobiernos Regionales Dar por concluida la transferencia de la maquinaria MORDAZA y pesada, implementos y equipos agricolas efectuada por el Ministerio de Agricultura a favor de los Gobiernos Regionales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Tumbes, cuyas caracteristicas y valores se detallan en el anexo adjunto que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Procedimientos administrativos para la transferencia de los equipos a los Gobiernos Regionales Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura a efectuar las acciones administrativas necesarias para formalizar la transferencia a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, conforme a los valores que figuran en el anexo adjunto. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura