Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2006 (16/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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EP

UB

LICA DEL P E

RU

326348
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 16 de agosto de 2006

Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del senor General de Division (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa, agradeciendole por los valiosos e importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 01114-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan constitucion de Fideicomiso
DECRETO SUPREMO Nº 137-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 008-2005, se dictaron normas para facilitar el financiamiento de las concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, autorizandose a las entidades y organismos del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, a constituir fideicomisos con los recursos que aporten los concesionarios o que se originen de las concesiones ya otorgadas, que se destinen a la adquisicion de bienes, contratacion de servicios, constitucion de garantias o a otros permitidos por Ley, y que resulten necesarios para el financiamiento, desarrollo y ejecucion, de los distintos proyectos de concesion; Que, el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 0082005 establece que, tratandose de concesiones de competencia del Gobierno Nacional, la constitucion de los fideicomisos debera ser aprobada previamente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro del sector bajo cuyo ambito se desarrolla la concesion; Que, segun lo senala el citado articulo 2º, lo dispuesto es de aplicacion a los procesos de promocion de la inversion privada en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos a que se refiere el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96PCM y sus normas reglamentarias y complementarias, que lleva adelante el Estado a traves de las entidades competentes de sus tres niveles de gobierno, asi como para aquellas concesiones otorgadas al MORDAZA de las normas legales MORDAZA indicadas; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante el Contrato de Concesion para la Construccion, Mejora, Conservacion y Explotacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" otorgo en concesion el citado aeropuerto a favor del concesionario MORDAZA Airport Partners S.R.L. (LAP), al MORDAZA de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus normas reglamentarias y complementarias; Que, en virtud de dicho Contrato, el concesionario se encuentra obligado a pagar al Estado una retribucion por concepto de concesion, cuyos recursos deben ser destinados, entre otros fines, a (i) la adquisicion y/o expropiacion de los terrenos adyacentes que permitan la ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", y (ii) la inversion, mantenimiento y operacion de los demas aeropuertos del pais; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su uso de la facultad establecida en el Articulo 10° del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, en su sesion de fecha 12 de agosto de 2004, acordo instruir al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que constituya un fideicomiso con parte de los ingresos que obtiene el Estado por la concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", a fin de que MORDAZA destinados al cofinanciamiento por parte del Estado en la concesion de los aeropuertos de provincia;

Que, adicionalmente el Consejo Directivo de PROINVERSION, en su sesion de fecha 4 de MORDAZA de 2006, acordo instruir al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar en la cuenta del fideicomiso correspondiente al cofinanciamiento del primer grupo de los aeropuertos de provincia de la Republica del Peru, un aporte inicial de US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 dolares americanos), asi como aportes anuales equivalentes a US$ 8 500 000,00 (Ocho millones quinientos mil y 00/100 dolares americanos) que seran desembolsados trimestralmente a partir del siguiente dia habil de transcurrido sesenta (60) dias naturales posteriores a la firma del Contrato de Concesion del Primer Grupo de tales aeropuertos; Que, en consecuencia, a efectos de lograr un manejo eficiente de los recursos provenientes de la retribucion, que permita al concedente cumplir con sus obligaciones contractuales, como es el caso de la expropiacion y/o adquisicion de los terrenos adyacentes que permitan la ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" y aquellas que se requieran para el cofinanciamiento por parte del Estado en la concesion de los aeropuertos de provincia, resulta necesario aprobar la constitucion de un fideicomiso con parte de los recursos provenientes de la retribucion de la concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 008-2005; DECRETA: Articulo 1º.- Constitucion del fideicomiso Autorizar la constitucion de un fideicomiso por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en calidad de fideicomitente y la entidad fiduciaria a ser seleccionada, el cual se conformara con parte de los recursos provenientes de la retribucion aportada por el concesionario del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", con el objeto de administrar los fondos destinados a la adquisicion y/o expropiacion de los terrenos necesarios para la ampliacion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" y al cofinanciamiento por parte del Estado en la concesion de los aeropuertos de provincia. Articulo 2º.- Autorizacion para suscripcion del contrato Autorizar al Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a suscribir el contrato de fideicomiso, cuya constitucion se autoriza en el articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 01113-1

EDUCACION
Aprueban Reglamento General de la Escuela Nacional Superior Autonoma de Bellas Artes del Peru - ENSABAP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0452-2006-ED
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 062-2001-ED, se faculto al Ministerio de Educacion a conformar una Comision encargada de analizar y/o proponer las