Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2005 (28/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Ongoy; y c) RED MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS, comprende las Micro Redes de Huancabamba, Pampachiri, Talavera, Chicmo y Huancaray. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, encargandose al Director de la Direccion Regional de Salud MORDAZA II-Andahuaylas, realizar la publicacion correspondiente. Articulo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a los Sistemas Administrativos para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidenta 09888

Convocan a MORDAZA Electoral para elegir Miembros de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA como representantes de la Sociedad Civil para el periodo 2005-2006
DECRETO DE ALCALDIA Nº 043 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; disponen un Regimen Especial para la provincia de MORDAZA, segun el cual, las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional, son transferidas a la MML; entendiendose toda mencion contenida en la legislacion nacional referida a los Gobiernos Regionales como tambien hecha a la MML, en lo que le resulte aplicable; Que, la Ley Nº 27902, Ley que modifica la Ley Nº 27867, establece la estructura organica basica de la MML; dentro de la cual se encuentra la Asamblea Metropolitana de MORDAZA - AML, a la que correspondera ejercer las competencias y funciones del Consejo de Coordinacion Regional, como organo consultivo y de coordinacion de la MML, y las que norme la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, para su MORDAZA especifico; Que, el Edicto de Alcaldia Nº 254, del 25/4/03, MORDAZA las equivalencias entre la MML y su regimen especial que la asimila a Gobierno Regional; y crea el PGRLM, organo desconcentrado de la MML a cargo de los asuntos regionales, el que actuara como Secretaria Tecnica de la AML, siendo responsable de su preparacion, comunicacion, invitacion, organizacion y funcionamiento, como establece el Art. 7º de la Ordenanza Nº 524, del 22/6/03, que aprueba el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento de la AML; Que, conforme al Art. 6º de dicha Ordenanza Nº 524; ha vencido el periodo de dos anos con arreglo al cual han venido ejerciendo el cargo de miembros de la AML, los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, en consecuencia, y de acuerdo con lo senalado por el Art. 14º de la Ordenanza Nº 524, deben celebrarse elecciones entre las Organizaciones inscritas en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, para designar a sus nuevos Representantes ante la AML, para el periodo 2005-2006, las que deben convocarse por Decreto de Alcaldia, de manera de dejar expedita la posibilidad de convocar a la AML, al poder contarse con la participacion de todos sus miembros, desde que sus otros integrantes, el MORDAZA Metropolitano y los Alcaldes Distritales de la Metropoli, son miembros plenos durante la vigencia de su mandato; Que, por tanto es necesario expedir el correspondiente Decreto de Alcaldia, que de inicio a dicho MORDAZA para elegir a los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil que ejerzan el cargo de miembros de la AML para el periodo 2005-2006; De conformidad con las atribuciones que nos confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y segun lo dispuesto por la precitada Ordenanza Nº 524, del 22/6/03; DECRETA: Articulo Primero.- Convocar al MORDAZA Electoral para elegir a los representantes de las Organizaciones inscritas en el Libro de Registro Metropolitano de Organizaciones de la Sociedad Civil, a fin de que ejerzan el cargo de Miembros de la AML como representantes de la Sociedad Civil, para el periodo 2005-2006; el cual sera de responsabilidad del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, que debera conducirlo conforme a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 524, del 22/6/03. Articulo Segundo.- El Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana debera publicar en el Diario

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 690
ORDENANZA Nº 781 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 19 de MORDAZA de 2005, el Dictamen Nº 0009-2005-MMLCMTU de la Comision Metropolitana de Transporte Urbano; De conformidad con el inciso 21 del articulo 157º y numeral 7 del articulo 161º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 690 PUBLICADA EL 16 DE SETIEMBRE DE 2004 Articulo Primero.- Incorporese la Decima Disposicion Transitoria y Final en la Ordenanza Nº 690 con el siguiente texto: "DECIMA DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL.Cualquier objeto o estructura instalado o que se instale sobre la via publica, impidiendo el libre MORDAZA en la provincia de MORDAZA, no estando contemplado como elemento de seguridad en la presente Ordenanza, y con el cual se pretende asumir la funcion de este, sera retirado de oficio por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a traves de la Direccion de Supervision de Obras Viales de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, sin perjuicio de las facultades sancionadoras que deban ejercer los Municipios Distritales." Articulo Segundo.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los diez y nueve dias del mes de MORDAZA de dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 09926